Si, es obligatorio declararlo, aunque hayas tenido pérdidas. En España, la venta de una vivienda heredada debe declararse en el IRPF como ganancia o pérdida patrimonial, aunque el resultado sea negativo.
Puedes simplemente declarar el valor de adquisición (el que figura en la escritura de herencia) y el valor de transmisión (el que figura en la escritura de venta), pero si no incluyes los gastos de notaría, registro, impuestos (sucesiones, plusvalía municipal, etc.) no es obligatorio añadirlos, aunque no estarías aplicando todos los gastos deducibles.
En principio, Hacienda no te sancionará por declarar menos pérdidas, porque no estás obteniendo ventaja fiscal indebida, pero estas pérdidas podría afectarte para compensar otras ganancias patrimoniales de tu declaración de la renta.