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Convertir CB en SL. Pagamos.

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Convertir CB en SL. Pagamos.
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Convertir CB en SL. Pagamos.
#1

Convertir CB en SL. Pagamos.

Hola,

Tengo una comunidad de bienes con un amigo. A lo largo de los años la comunidad de bienes ha comprado material audiovisual, que se facturó como gasto y así no contó cómo beneficio, y de ese modo no tuvimos que pagar IRPF por esas cantidades.

La situación ahora es que queremos montar una SL, y el asesor nos dice de disolver la CB, repartir el material a los comuneros y después montar la SL. El problema de esto es que me da que al repartir ese material entre los comuneros, vamos a tener que pagar IRPF ya que no lo pagamos en su día, pero el asesor no me sabe decir nada al respecto.

¿Qué procedimiento sería para montar una SL en base a los bienes materiales que tiene una CB para que no pase por las manos de los comuneros cara a Hacienda?

Me han dicho que según el artículo 76 de la LIS, por reestructuración no hay que pagar IRPF, pero estoy perdidísimo. Si algún asesor sabe del tema y nos quiere ayudar a montar la SL, estamos dispuestos a pagar por sus servicios, ya que el asesor actual está centrado en "montar la SL con los 3000€ y ya veremos después".

Un saludo.
#2

Re: Convertir CB en SL. Pagamos.

Una CB no se puede transformar en una SL.
Se puede fundar una SL nueva mediante la aportación no dineraria de bienes integrantes del acervo patrimonial de la CB.
Pero eso, en el caso, deja rastro fiscal ante hacienda.

Una CB no es una entidad, es una situación de copropiedad o patrimonio conjunto.
Como tal patrimonio, sirve para muchas cosas, incluido una aportación no dineraria al capital social de una entidad mercantil.

Por tanto el paso directo de una mera situación de copropiedad a una entidad en sí misma, de forma directa no existe.
Pero de forma indirecta, sí.
El asunto es el impacto fiscal, que quizás no exista.

Si la CB se disuelve, debe adjudicar a cada comunero su determinado %. Eso tiene una valoración, según la valoración fiscal de lo adjudicado. SI la CB (o sea, vosotros), tenéis un bien totalmente amortizado (valor fiscal 0), y os lo adjudicáis, su valor de adjudicación es 0.
Por mucho que sea algo que tenga aun su vida útil y su valor en el mercado de segunda mano.

Por lo tanto, si el acervo patrimonial de la CB tiene un valor fiscal 0, al disolver la CB, todo lo que os adjudiquéis tiene un valor 0.
Aquí no hay impacto fiscal.

El asunto viene cuando pretendéis pasar esos bienes de vuestro acervo particular al acervo de la nueva sociedad limitada (que es una persona jurídica diferente de vosotros).
Si aportáis cosas cuyo valor fiscal es 0, eso corresponde a un capital social de 0.

Y si decís que en verdad esos bienes tienen un valor de x.xxx €, entonces el valor de liquidación de la CB no era 0, sino esa cantidad de x.xxx €.

Por eso supongo que el gestor os orienta hacia montar una SL nueva con 3.000 € de dinero nuevo real, y ya luego poned a favor de la SL los activos de la CB de valor fiscal 0.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Convertir CB en SL. Pagamos.

Muchas gracias por responder.

Lo del bien totalmente amortizado me confunde.

Si facturamos 10.000€ con la CB y no compramos nada, pagamos IRPF de 10.000€. Si compramos una vehículo que vale 10.000€, entonces pagamos 0 IRPF.

¿Entonces puedo decir que ese vehículo tiene un valor 0 en este caso? ¿Y después al pasar el bien a mi propiedad particular al disolver la CB me he acabado ahorrando el IRPF al 100%?

Me parece raro poder ahorrarme IRPF sin que sea ilegal. Algo no entiendo :-(
#4

Re: Convertir CB en SL. Pagamos.

" Si facturamos 10.000€ con la CB y no compramos nada, pagamos IRPF de 10.000€. Si compramos una vehículo que vale 10.000€, entonces pagamos 0 IRPF. "

Eso es incorrecto.
Si habéis hecho eso, podéis tener un problema gordo con hacienda en el futuro.
(Nota, con las entidades en atribución de rentas es sumamente fácil hacer trampas. Pero si hacienda lo detecta, actúa "sin piedad" en estos casos)

Facturáis 10.000.
Compráis un vehículo de 10.000.
Eso es un bien de inversión, NO UN GASTO.
Hacienda os deja deducir por amortización, digamos el 20 %.
Por tanto, el gasto fiscal son solo 2.000, y el valor fiscal residual del vehículo son 8.000
Al año siguiente, otra vez -2.000 y 6.000
-2.000 y 4.000
etc etc.

A los 5 años, 10.000 de gasto, y 0 de valor fiscal del vehículo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Convertir CB en SL. Pagamos.

Vale, por eso no me cuadraba lo que pagaba de IRPF con lo que compraba, y el gestor nunca me lo ha explicado tan fácil aunque se lo he preguntado varias veces que por qué pagaba esas cantidades. Muchas gracias ☺️

Igualmente al final de esos años, habrá contado como gasto el 100% entonces me habré ahorrado un IRPF de ese camión (incluso desde el primer año ya me ahorro un %), y si después de ese tiempo sigue vivo y coleando entonces es un ahorro de IRPF si se llega a disolver la CB y me lo llevo por mi cuenta personal ¿no?

Eso ya es como duda personal sobre cómo funciona esto. El resumen de lo otro es que si primero montamos una SL aportando los 3000€ y ya veremos qué hacemos después, no estamos perdiendo nada entonces. Me preocupa dar ese paso y después decir "tendríamos que haberlo hecho de otra forma".