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Re: IVA alquiler piso subsidio 52 - Aplicación interés presunto en Cartera de Valores
En mi modesta opinión, no veo ningún impedimento que le impida solicitarlo nuevamente.
Sería otro acto administrativo distinto al que está en suspenso.
Sería otro acto administrativo distinto al que está en suspenso.
Se encuentra ante una posible revocación -que no una extinción- motivada por no cumplir (según el SEPE) la carencia de rentas en el momento de la solicitud (subsidio indebidamente reconocido), requisito que SI puede cumplir con posterioridad a dicha fecha.
Como bien le dice franjgr mas arriba, los derechos al subsidio se pierden por incumplir el requisito de rentas durante 12 meses, y aunque los cumpla también se extinguen por no solicitar el subsidio en dicho plazo; ¿y si finalmente no le dan razón en ninguna de las instancias ? Pueden pasar incluso años para este desenlace, y mientras sin subsidio.
Lo veo así.
Saludos.