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Si me deniegan el subsidio de mayores 52 años, ¿puedo volver a solicitarlo tras disminuir mi capital efectivo?
¡Buenas tardes! Quiero hacer una pregunta sobre los requisitos del subsidio de mayores de 52 años. Veo que al dinero en efectivo que se tiene en la cuenta, le aplican un interés presunto del 3,25% (aunque realmente no me dan nada), pero no les importa si ese dinero es realmente nuestro o es del Banco (no tienen en cuenta los préstamos). Supongamos que me deniegan el subsidio. Entonces, acto seguido, yo hago una amortización parcial de mi hipoteca, y con el efectivo que me queda en cuenta, por el 3,25%, ya sí cumplo los requisitos. Lo vuelvo a solicitar.
¿Me lo pueden denegar esta vez por advertir ese sustancial (para mí) y repentino bajón en mi cuenta corriente, alegando que ha habido "truco"?
En caso de que esa gestión no fuera óbice.... ¿tendría que dejar pasar un mes desde la denegación para volver a solicitarlo? ¿O bien desde que se hace la amortización?