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Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

10 respuestas
Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52
Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52
#1

Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

Buenos días, podrían informarme, por favor sobre varias cuestiones entorno a este subsidio.
1. Solicité en el SEPE el subsidio y me lo concedieron, la persona que me atendía comento que estaba solicitando tres informes, uno de ellos era a INSS los otros no se, podrían indicarme si alguno de ellos era a Hacienda, ya que me lo autorizaron en el momento y no me comentó nada sobre si percibo rentas mayores a los 810 en ese momento. 
2.  Me habló del hacer el DAR un año después. Pero no se parte de ninguna información anterior? Entonces si mi situación no ha cambiado sigo sin dar información de rentas inmobiliarias y mobiliarias? 
Debería aportar una declaración inicial?
3. Si es así tengo dos comunidades de bienes, estas personas jurídicas se consideran empresas a efectos de hacer la DAR y calcular las rentas descontando los gastos?
4. Hay que comunicar ingresos extraordinarios, se consideraría ingreso extraordinario la rentabilidad de unas acciones, ya que más que extraordinario lo considero ordinario variable?
Gracias y espero no haberle aburrido.

#2

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

La declaración de rentas va en la propia solicitud.
Por supuesto que el SEPE pide un informe a Hacienda y el informe es la declaración de renta de la persona.
No sé si alguien le dijo o leyó lo de ingresos extraordinarios, por supuesto que hay que declararlos, pero los ordinarios también. Tiene obligación de declarar todo ingreso que sea causa de suspensión o extinción, tenga la naturaleza que tenga.
Y eso me lleva a las comunidades de bienes ¿A que se dedican? ¿Le dan rendimientos? Cualquier prestación del SEPE es incompatible con realizar una actividad económica por cuenta ajena y se entiende como tal tener el control de una empresa.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

Las comunidades de bienes gestionan inmuebles, son las que alquilan los inmuebles de los comuneros. Los rendimientos bien reflejados en la declaración de la renta, sin estos los que hay que poner, o los alquileres.
Por otro lado y ahondando un poco más, cuando hice la solicitud, uno de los informes que pidieron fue a Hacienda?. Cuando la señorita que me hizo la solicitud no relleno ninguna información de rentas es porque la suma de todas suponía menos de 810€, es esto así?.
Gracias por la syuda
#4

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

No, lo que quiere decir es que usted declaró ingresos 0. El dato estará mal o estará bien y, por supuesto, antes o después será comprobado por el SEPE con la declaración de renta.
¿Tiene el control de esas comunidades de bienes? ¿Tiene más del 50% de las participaciones? Si es así el criterio del SEPE es que tiene una actividad económica totalmente incompatible con cualquier prestación del organismo ¿cobró Prestación Contributiva antes? Si es así podrían reclamársela también junto al subsidio.
Si no tiene el control de las comunidades de bienes ni llega al 50% de las participaciones entonces, únicamente influyen los ingresos que le hagan las comunidades de bienes y no podrán llegar, junto a otros ingresos que pueda tener, a 810 euros al mes. En este caso la Prestación Contributiva que pudiera haber cobrado, no corre peligro.
No sirve de nada argumentar que no le rellenaron nada en la solicitud, que no le preguntaron o que no lo comprobaron junto a la solicitud. La responsabilidad de la declaración es siempre del trabajador.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

Muchas gracias por tu pronta respuesta.

Por otro lado tengo un convenio especial con la SS y quiere reducir la base de cotización, hasta ahora la pagaba mi empresa, pero he intentado hacerlo a través de la sede electrónica y me dice que solo se puede hacer de enero a septiembre, sabes si se puede cursar en ventanilla y que modelo hay que aportar.

Gracias
#6

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

Ese es un tema que va más allá de mis conocimientos. No puedo ayudarle.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

Creo que para modificar la base de cotización de un CE con la SS sólo son hábiles los meses de Enero a Marzo.
No obstante, puede dirigir consulta desde la web de SS. Obtendrá respuesta. Lo que parece que es muy complicado es poder consultar presencialmente o hacer cualquier trámite in situ en una oficina de la SS de este país.


#8

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

Gracias.
Yo me voy a presentar mañana allí. Es imposible hacer determinadas gestiones. Tienen una pag. Poco amigable
#9

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

 si cobro unos dividendos de unas acciones de telefonica de 1200 e en mayo y de otros 1200 e en diciembre ...en total 2400 e en el mismo año...

¿ puedo notificarlo al sepe en la declaracion anual de rentas que me hacen hacer en octubre ??

o ¿ tengo que pedir una cita previa en mayo y otra cita previa en diciembre , para notificarlo al sepe ?

¿ puedo perder el subsidio por un mes ?

o ¿ al dividirlo por 12 , como no supero los 810 e del 75%  del SMI , no lo pierdo ni por un mes ?

en la ultima declaracion anual de rentas , la chica del sepe me dijo que si me tocan mas de 810 e en la loteria , debo comunicarlo enseguida al sepe y que me quitaran el subsidio por un mes ,,, ¿ es eso cierto ? 
#10

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

 si cobro unos dividendos de unas acciones de telefonica de 1200 e en mayo y de otros 1200 e en diciembre ...en total 2400 e en el mismo año...

¿ puedo notificarlo al sepe en la declaracion anual de rentas que me hacen hacer en octubre ??

o ¿ tengo que pedir una cita previa en mayo y otra cita previa en diciembre , para notificarlo al sepe ? 

¿ puedo perder el subsidio por un mes ?

o ¿ al dividirlo por 12 , como no supero los 810 e del 75%  del SMI , no lo pierdo ni por un mes ?

en la ultima declaracion anual de rentas , la chica del sepe me dijo que si me tocan mas de 810 e en la loteria , debo comunicarlo enseguida al sepe y que me quitaran el subsidio por un mes ,,, ¿ es eso cierto ? 
#11

Re: Deber de informar sobre las rentas en el momento de solicitar el subsidio mayores de 52

Puede declararlo cuando le pagan los dividendos y puede declararlo cuando haga la DAR y puede no declararlo, porque esos dividendos (el primero habrá que dividirlo entre cinco y el segundo entre siete) no le van a hacer superar rentas.
Excepto si tiene otros ingresos que, sumados, le hagan superar rentas.
Efectivamente, si le tocara la lotería y eso le hace superar rentas, es causa de suspensión del subsidio. Pero en caso de pagos únicos como la lotería siempre se divide entre 12 y se imputa sólo al mes en que se percibe, así que con 810 euros no superaría rentas. Debería ganar un importe que dividido entre 12 y sumado a los dividendos que tiene cada mes (y otras rentas si existen) le haga superar los 810 euros.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos