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Subsidio mayores de 52 años

4 respuestas
Subsidio mayores de 52 años
Subsidio mayores de 52 años
#1

Subsidio mayores de 52 años

Buenos días: ante todo daros las gracias por la labor tan importante que hacéis en darnos la información y explicación, puesto que en el SEPE no saben no quieren o no se molestan en aclararnos.
Mi pregunta es la siguiente: Mi mujer esta cobrando el subsidio y en fecha 15/03/2023 ha renovado el Dar anual, recibe un email pidiendo Contrato de arrendamiento actualizado y recibos de cobros / trasferencias de los inmuebles de su propiedad y de su conyugue arrendados a terceros.
Al fallecer su madre hacen repartición de herencia la cual queda en Usufructo hacia su padre, que en un futuro seria a repartir entre tres hermanos.
En los bienes heredados hay una vivienda que esta arrendada y tanto el contrato como los ingresos de alquiler esta todo a nombre de su padre como Usufructuario que es,  ella no recibe nada de los ingresos por alquiler,  pero si declara su parte proporcional heredada de la vivienda en el IRPF.
Los ingresos por el arrendamiento que recibe su padre al ser el titular y estar en posesión y disfrute en Usufructo, cuentan como ingresos de rendimientos hacia mi mujer y si fuese así en que porcentaje seria.

También tiene unas Acciones en herencia que de la misma manera están en uso y disfrute en usufructo a favor de de su padre como titular, le contarían a ella como rendimientos presuntos del total del valor de las acciones. 
Los dividendos y en el caso de venta teniendo plusvalía, le cuentan a ellas como rendimientos. 
Ella actualmente no recibe nada de dividendos ni ingreso alguno de las Acciones.

Un saludo
#2

Re: Subsidio mayores de 52 años

Su mujer no debería declarar nada de esa vivienda en el IRPF, es el usufructuario quien debe hacerlo, quizás venga de ahí el problema.
Lleve la documentación que le piden, pero además la adjudicación de herencia en la que dice que el usufructo lo tiene el padre de su mujer y con eso debería quedar solucionado.
Su mujer no tiene, a día de hoy, ingresos por ese piso, los tiene el usufructuario.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Subsidio mayores de 52 años

Buenos días, estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años, tengo ingresos mensuales a veces de unos plazos fijos que me pagan trimestralmente , cuando los cobro paso de 810, pero si lo divido entre 3 meses no llego. Debo comunicarlo al SEPE, gracias.
#4

Re: Subsidio mayores de 52 años

No.
Solo hay que declarar las situaciones determinantes de suspensión o extinción.
Si los ingresos corresponden a 3 meses se dividen entre 3.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Subsidio mayores de 52 años

Gracias