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Declarar modelo 130 IRPF con subvención recibida este año (pero gastada el año pasado)

3 respuestas
Declarar modelo 130 IRPF con subvención recibida este año (pero gastada el año pasado)
Declarar modelo 130 IRPF con subvención recibida este año (pero gastada el año pasado)
#1

Declarar modelo 130 IRPF con subvención recibida este año (pero gastada el año pasado)

Hola,
estoy rellenado el modelo 130 de hacienda y me dicen que una subvención, si la he recibido este año, tengo que declararla completa como ingreso ¿es así?... (a pesar de que la pedí el año pasado y ya la gasté entera en compra de equipos y material)

Si en las condiciones de la subvención pone que hay que estar al menos un año de alta como autónomo...¿puedo declararla de forma fraccionada durante los 4 trimestres de este año, o tengo que declararla íntegra en este primer trimestre?

Gracias
#2

Re: Declarar modelo 130 IRPF con subvención recibida este año (pero gastada el año pasado)

Lo primero es determinar si se trata de una subvención corriente, o una de capital.
Si es de capital, debes declararla en varios ejercicios. Si es corriente, debes declararla en un solo ejercicio.
El ejercicio concreto al que debes imputar dicha subvención es el de la fecha de concesión, no el de la fecha de pago.
Si te corresponde declararla este ejercicio 2021, podrías plantearte hacer una periodificación, aunque esa operativa contable está pensada para repartir ingresos o gastos en varios ejercicios diferentes.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Declarar modelo 130 IRPF con subvención recibida este año (pero gastada el año pasado)

Gracias!
Me han dicho en Hacienda que puedo repartirla entre los 4 trimestres de este año (porque esa subvención me obliga a estar al menos 1 año de alta en mi actividad)

Como son 2500 €, en cada trimestre declaro un ingreso de 625 € 
#4

Re: Declarar modelo 130 IRPF con subvención recibida este año (pero gastada el año pasado)

Perfecto. La periodificación es una operación contable legal y habitual, pero acostumbra a usarse para devengos de más de un ejercicio.
Un trimestre, salvo en el IVA, no es un periodo o ejercicio de devengo. Y la normativa del IRPF exige que esas subvenciones se declaren "dentro" del ejercicio (año natural, por tanto). Y claro, hay el problema de como declararlo en los trimestres. Prorratearlo me parece óptimo y razonable, y además, si hacienda coincide....

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