Este tema que estáis debatiendo, sin llegar a planteármelo seriamente, reconozco que fantasee alguna vez que pasaría si aceptaba una adaptación o reubicación. Como funcionario todo eran dudas, la administración pública es la casa de tocame Roque, nadie sabe nada, la abogada de Campmany poco me aclaraba, por no saber, no sabía algo de lo que me he enterado aquí, y es que a los funcionarios no se les aplica la nueva ley en lo referente a la obligación de ofrecer otro puesto o adaptación.
En cualquier caso a mi me cuesta creer que el INSS hubiese admitido que me adaptasen el puesto, que implica mantener el mismo sueldo y además recibir una pensión. Desde luego hubiese sido el funcionario mejor pagado de mi Consejería jejeje. Por eso esa opción la veo peligrosa ya que no tengo claro que pasaria con el reconocimiento de la IP, es decir, ¿queda sin efecto?
Una reubicacion en un puesto diferente ya implicaría distinto sueldo normalmente y tal vez sea un escenario parecido a un despido y buscar otro trabajo compatible con la IP , y por lo que se comenta en este caso el INSS va a estar pendiente de revisar , pero mantienes tu IP (mientras el INSS no te la quite) y por eso veo casi mejor esta opción.
Desde luego el tema no está nada claro porque aunque a Claudia o a Alex su empresa lo resuelva de una manera no significa que otra empresa hará lo mismo con un caso similar.