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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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#51421

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

En ese caso no creo que tengas problemas, está todo más claro y parece que el proceso irá más fluido.
#51422

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Con eso cuento, tengo claro que esta gente lo que quiere es no pagar pensiones y por eso han sacado esa nueva ley, por suerte con mi sueldo podría vivir, con lo que no podría vivir es solo con la pensión.
#51423

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muy buena charla tanto Alex, Claudia y Ldl..

De cada uno de vuestros comentarios destacaria lo siguiente:
De Alex, lo que has dicho al final, que para evitar problemas lo mejor sería buscar una buena indemnización en la empresa y como se dice aquí en Cataluña “Bon vent i barca nova..” pero entonces esta nueva ley no tiene ningun sentido🙄
De Claudia, de lo que has mencionado destacaria los sindicatos, tenemos que acudir a ellos y que nos refuercen para pelearlo, digo yo que para algo están…..
De Ldl, muy buen dato lo de que es super importante que en caso de reubicación, que les quede claro a la empresa que si te cambian de puesto tambien deben legalmente cambiarte de categoria y de grupo de cotización, y así los cuadriculados del INSS no podrán alegar que el nuevo puesto es una adaptación…

Gracias por los aportes y experiencias👏
#51424

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Este tema que estáis debatiendo, sin llegar a planteármelo seriamente, reconozco que fantasee alguna vez que pasaría si aceptaba una adaptación o reubicación. Como funcionario todo eran dudas,  la administración pública es la casa de tocame Roque, nadie sabe nada, la abogada de Campmany poco me aclaraba, por no saber, no sabía algo de lo que me he enterado aquí,  y es que a los funcionarios no se les aplica la nueva ley en lo referente a la obligación de ofrecer otro puesto o adaptación.
 En cualquier caso a mi me cuesta creer que el INSS hubiese admitido que me adaptasen el puesto, que implica mantener el mismo sueldo y además recibir una pensión. Desde luego hubiese sido el funcionario mejor pagado de mi Consejería jejeje. Por eso esa opción la veo peligrosa ya que no tengo claro que pasaria con el reconocimiento de la IP, es decir, ¿queda sin efecto?
 Una reubicacion en un puesto diferente ya implicaría distinto sueldo normalmente y tal vez sea un escenario parecido a un despido y buscar otro trabajo compatible con la IP , y por lo que se comenta en este caso el INSS va a estar pendiente de revisar , pero mantienes tu IP (mientras el INSS no te la quite) y por eso veo casi mejor esta opción. 

Desde luego el tema no está nada claro porque aunque a Claudia o a Alex su empresa lo resuelva de una manera no significa que otra empresa hará lo mismo con un caso similar.