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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#871

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 Que escenario tienes más papeletas de que interpreten fraude de Ley? 
Creo que ambas son correctas, pero por curarse en salud, pregunto vuestra opinión

Escenario A, pide ayuda mayo 2024

contribuyente trabajando por cuenta ajena, sin derecho a paro, por no tener mas de un año
RENTA 2023 no rentas alquiler
enero 2024 donación 2 pisos a hijo, mujer (separación bienes)
pisos se alquilan en enero 2024
mayo 2024 se queda en el paro, solicita la ayuda

Escenario B, pide ayuda mayo 2025

contribuyente trabajando por cuenta ajena, con derecho a paro
RENTA 2024 no rentas de alquiler, ya que han sido donados en enero 2024 (y alquilados en enero 2024)
mayo 2025 solicita ayuda tras agotar el paro


gracias de antemano  
#872

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Cuanto mas tiempo pase entre la fecha de donación y la fecha de la solicitud de prestaciones,   más difícil será demostrar el fraude de Ley. 
Evidentemente,    la B "canta" menos.


#873

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Evidentemente, un fraude de ley es un término tan abstracto, que cada uno puede interpretarlo de una manera. Pero, el sólo hecho de hacerse este tipo de cábalas ya puede dar indicios de querer realizar algún tipo de "componenda". No sé si me explico. Como señaló Frangjir, "ese tipo de movimientos suponen ponerse a posta en estado de necesidad?". Obviamente, para quienes sufrimos la lacra del desempleo y padecemos por razón de edad la no inclusión en procesos selectivos de reclutamiento, no nos queda otra opción que realizar algún tipo de operación, para que a corto plazo y vía ser beneficiarios de este subsidio, podamos tener como mínimo unos ingresos "vitales" para poder llevar el día a día con cierta dignidad. Lo que está claro es que un supuesto fraude de ley debe demostrarse, pero en última instancia, lo que para un juez pueda ser fraude, otra autoridad judicial puede validar este tipo de operaciones en consonancia a la realidad actual de un desempleado senior. Lo que está claro es que, como señala Angelneu, cuanto más lejos queden ciertas operaciones, más posibilidades habrá de no estar inmerso en una hipotética situación de fraude.
Saludos cordiales.
#874

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Estimado wedlheard, aqui no hay "compomeda" ni cábalas

Se puede hablar de muchos hipotesis, escenarios...se trata de conocer
Porque todo es susceptible de ser fraude de ley

Un nacimiento, también se puede interpretar como fraude de ley, ya que ha nacido para pedir ayudas, cuando las pida, le pillaremos

Creo que me has entendido

Gracias!






#875

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Cómo dije en otro mensaje, usted también puede denunciar por prevaricación: "que un empleado público incumpla la Ley sabiendo que lo está haciendo" (no sé si en la definición tiene que haber un perjuicio hacia alguien o no).
Entonces el SEPE, ni ningún otro organismo puede decidir unilateralmente que todo es fraude de Ley, porque se acabaría volviendo en su contra. Tiene que ser algo que se vea muy claro, para estar seguros de que no incurren en prevaricación 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#876

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

gracias franjgr

algun comentario respecto a los escenarios planteados?

u otros que considere
#877

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No tengo nada que añadir a lo ya comentado por otras personas, no existe una receta que sea segura salvo el no tener ingresos superiores al 75% del SMI en ningún momento. No estoy en el cerebro de la persona que vaya a tramitar el subsidio, ni en el de la persona que lo vaya a revisar. Cuando menos cercano sea a la petición del subsidio menos sospechoso será y más posibilidades de que no se investigue.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#878

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

gracias franjgr, valoro tus comentarios 
#879

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

He hecho el reembolso de dos fondos de inversión y ahora me surge una duda.

El 28  de noviembre realicé un reembolso de un fondo de inversión con una plusvalía de 2.400,00 euros, por lo que me imputé como pago único una renta de 2.500 /12 = 200 euros, no sobrepasando junto con el resto de rentas el límite de renta en ese momento. 

El 19 de enero he realizado el reembolso de otro fondo de inversión con una minusvalía de -30,00 euros. 

Al haber realizado dos reembolsos tan próximos en el tiempo, ¿podría considerarse que ya no es un pago único y no debería dividir la plusvalía entre 12?. 

Si fuera así, y hubiera que considerar los  reembolsos  como pagos mensuales, si sobrepasaría el límite de renta en el mes de noviembre.

O si se acumularán las plusvalías en enero, entonces lo sobrepasaría en enero. 
#880

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No hay ningún criterio sobre a partir de cuantos "pagos únicos" se pasa a considerar que es una "renta mensual", sólo un apunte en las instrucciones del SEPE en el que se dice que si hay varios "pagos únicos" repetidos a lo largo del tiempo se pueden tratar como "renta mensual".
No creo que ningún gestor en su sano juicio considere que dos "pagos únicos" y más cuando uno de ellos es con pérdidas suponen varios repetidos a lo largo del tiempo.
Sólo recurrirán a esto cuando vean que, en caso de ir a juicio, es factible ganarlo y no creo que sea el caso.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#881

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola. A ver si podrían aclararme esta duda, por favor. Cómo computan las rentas obtenidas de los intereses de depósitos? Si, por ejemplo, este año 2024 preveo obtener unos intereses totales (obtenidos de distintos depósitos y con vencimiento en distintos meses pero todos anuales) de 10700 euros brutos, debo dividir el total entre 12? Me daría 890 euros con lo que me paso del límite, es así?
Me suspenderían el subsidio? Cuánto tiempo? 
Gracias 
#882

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Los depósitos se dividen entre el número de meses que lo componen. Si es de 6 meses se divide entre 6, si es de 12 pues entre 12.
Si al hacer esa operación superas rentas hay que suspender el subsidio y reanudar después, pero si durante 12 meses seguidos superas rentas, te van a extinguir el subsidio y tendrás que generar una nueva vía de acceso (trabajo 3 meses) para  solicitarlo de nuevo.
En tu caso yo ese capital lo meteria en depósitos con menos interés y hacer cálculos para que una vez dividido entre 12 y junto a otros posibles ingresos, no superar rentas.
Es lo que estoy haciendo yo, cuestión de hacer números.
A ver los expertos del foro que te dicen.
#883

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola a todos,en primer lugar gracias por la ayuda,quería preguntar lo siguiente,estoy casado en cataluña en régimen de separación de bienes,estoy cobrando el subsidio +52 años,tenemos fondos de inversión a nombre de los dos,y cada mes dan un poquito y hay meses que rescato 100,otros 200,otros,300,pero nada de cantidades importantes,ya tengo muy en cuenta no pasarme,ahora bien,eso que voy rescatando se me imputa solamente a mi o a los dos??un saludo y muchas gracias.
#884

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Al propietario de fondo de inversión, si está a nombre de los dos pues por mitades a cada uno, si está a nombre de uno de los dos pues a esa persona en exclusiva.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#885

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Es lo más logico,pero los del sepe me descolocan un poco,bueno,bastante,muchas gracias,un saludo.