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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#1382

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Coincido al 100% con @franjgr .
En cualquier momento sale una nueva reforma y de nada servirá lo hablado.
Pero voy más allá; 
  el 99% de lo que se publica a diario en los ¿medios? de ¿información? son BULOS, patrañas y desinformación.  Solo hay que visitar al Doctor Google para comprobarlo. 

El BOE es el único documento válido para la discusión en estas lides.
Importante que se tenga en cuenta.

#1383

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Bulos, patrañas y polarización de los ciudadanos, lo tenemos todos los dias. No hay quien se libre, derecha e izquierdas. Con especial profusion “el equipo de opinión sincronizada de su sanchidad”
#1384

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 
Tengo unas cuestiones porque estoy cobrando este subsidio. Por si se pasa del 75% del SMI y se produce la extinción o hay sanciones.

1º. ¿La cantidad del propio subsidio se cuenta como renta para la permanencia de dicho subsidio? Igual se ha contestado ya esta pregunta, pero es que no he leído las 92 páginas de respuestas. En caso de que sí se cuente: 

2º En julio  de 2023 es decir del año pasado compré letras del tesoro a 6 meses con lo que tenía ahorrado, por lo que vencían en febrero de este año, pero el ingreso de lo que generaron me lo hicieron a los pocos días en un pago único. Consulté y me dijeron que es como si lo cobrase en enero de este año y lo tendría que declarar en el IRPF del año que viene y para el subsidio, que lo dividiese entre 12 y sumase la cantidad al subsidio percibido. Luego en agosto tuve que hacer electrónicamente la declaración de rentas para mantener el subsidio. 

¿Esa cantidad que recibí  en un pago único  hice bien en dividirla entre 12 y sumarla a lo que se percibe cada mes este año 2024, porque tengo que declararlo en el IRPF del próximo año, o lo tendría que haber declarado el año pasado para la permanencia del subsidio, ya no tengo que declararlo para la permanencia del subsidio, o qué debería hacer? 

3º Cuando este año me retornaron el dinero de la compra de las letras, abrí una cuenta remunerada que produce 166,66 € los meses de 30 días y 172,22 los meses de 31 días. Entiendo que esas cantidades hay que contarlas mensualmente. Tengo otra cuenta remunerada pero las cantidades que produce son considerablemente inferiores aunque entiendo que también habría que sumarlas. 

4º. Al hacer el IRPF me abonan 1.200 € por una ley que se aprobó hace unos años, de lo que me avisaron al hacer una declaración, por tener a mi cargo en mi domicilio un familiar con discapacidad superior al 65%. ¿Esa cantidad también habría que dividirla por 12 y sumarla a cada mes? 

Pido disculpas por el ladrillo y gracias por anticipado. Igual me surgen más dudas. 
#1385

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Le voy a hacer una apreciación, no trate lo que es para el subsidio con normas de hacienda ni lo que trate con hacienda con normas del subsidio. Normas diferentes tratamientos diferentes.
En la declaración de hacienda se declara todo lo del año natural anterior (por ejemplo ahora 2023).
En la declaración anual de rentas que se hace en el SEPE se declaran los ingresos de fecha a fecha (por ejemplo si la tiene que hacer el 1 de agosto, debería declarar los ingresos desde el 1 de agosto de 2023 al 31 de julio de 2024).

1.- El importe del subsidio no se suma nunca al resto de ingresos para llegar al tope de 850,50 euros al mes.
2.- El importe obtenido por las letras se divide entre 12 ya que el SEPE lo considera un pago único (no estoy muy de acuerdo pero quien manda son ellos) y el cociente de esa división se imputa al día de finalización del plazo de las letras y únicamente, a ningún otro mes.
3.- Correcto, las rentas mensuales hay que sumarlas para saber las rentas mensuales. Obviamente.
4.- Si se trata de una devolución de impuestos (y me imagino que sí), no es una nueva renta. Fue una renta en su momento pero no ahora, por lo tanto no contaría.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos