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Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

15 respuestas
Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio
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Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio
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#1

Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Me gustaría saber si hay subida para las ayudas de mayores de 52 años
#2

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Dependen del iprem...y de momento solo han subido el SMI no el IPREM
#3

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

No de momento, pero la minista de trabajo ha dicho que la habra. Veremos
#4

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

El RD de subida del SMI hace mención en varios lugares al "IPREM que se fije para 2020", da la apariencia de que el gobierno tiene intención de subirlo.
Pero, de momeno, nada de nada.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#5

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Buenos días! Este mes he comenzado a cobrar el subsidio y como inversor tengo una duda. En la oficina del sepe me dijeron que cada vez que vendiese acciones debía comunicarlo, pero me parece absurdo siempre y cuando no pasen mis plusvalías mensuales del tope establecido. Lo que no tengo claro es si se contabilizan tanto plusvalías como minusvalías. Por ejemplo si en este mes vendo acciones con 1200€ de beneficios y otras con 600€ de pérdidas, entiendo que no debería comunicar nada porque el resultado son 600€ de beneficios, dentro del límite.
Alguién podría decirme si es así? Gracias!
#6

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Las ganancias patrimoniales se consideran pagos únicos (no periódicos) y en los pagos únicos, se dividen los beneficios entre 12 y si ese cociente no supera el 75% del SMI (712,50) puedes mantener el subsidio, por lo tanto puedes rescatar acciones hasta unos beneficios de 8550 al mes sin tener que suspender el subsidio. Pero ojo con hacerlo de forma continuada, porque podrían considerar que es algo periódico y entonces la cantidad pasa a ser de 712,50 al mes.
Como bien dices las perdidas patrimoniales se descuentan de las ganancias patrimoniales, pero ojo, dentro del mismo mes, si son en diferentes meses no se restan.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#7

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Gracias por responder. Supongo que dónde dices "8550 al mes" te refieres a anualmente. O sea que no pasando de 712,5 brutos mensualmente sumando plusvalías y dividendos no hay problema, no?
#8

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

No, no se trata de un error.
Si tienes un ingreso puntual el límite es de 8550 €/mes (712,50 x 12), cuando se trata de ingresos periódicos es cuando no se puede superar 712,50 €/mes. Pero el límite entre ingresos puntuales y periódicos es muy difuso, cuidado con hacerlo varias veces al año.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#9

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Gracias por la aclaración. Mi intención, ahora que tengo los ingresos regulares del subsidio es ir reduciendo exposición en bolsa. Por eso quería estar seguro de no pasarme. Iré repartiendo mis ventas  teniendo en cuenta ese límite mensual de 712,5€.
Saludos y gracias nuevamente.
#10

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Aunque el rendimiento sea negativo para curarme en salud lo presentaría, no te cuesta nada , reúnes documentos y registras en el SEPE
#11

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Te comunican el SePE si los ingresos son regulares o puntuales ?
#13

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Esa cantidad era para el SMI anterior, como lo han subido a 950€ el 75% son 712,5€/mes
#14

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

En ningún sitio dice que es un ingreso puntual y que es un ingreso periódico, más allá de la propia lógica. Por defecto una ganancia patrimonial es un ingreso puntual, pero un gestor puede interpretar que si es repetido en el tiempo se convierte en un ingreso periódico. Siempre tienes la opción de reclamar a instancias superiores o ir a juicio para que sea considerado un ingreso puntual.
Pero ojo, porque se consideran ingresos el 3% (valor actual del dinero) de todo tu patrimonio que no de ganancias efectivas, también puedes encontrarte que de tanto rescatar dinero alguien se ponga a echar cuentas del dinero que puedes tener en el banco o en acciones.
Por si acaso, si vas a rescatar acciones de forma repetida, es mejor no superar el límite de 712,50€ / mes para evitar problemas, o sino repartirlo en dos momentos a lo largo del año muy separados en el tiempo que ahí nadie va a poder considerar que es algo periódico.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#15

Re: Ayudas de mayores de 52 años subida 2020 - Subsidio

Gracias, no lo sabía