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Cambio de razón social y cuenta bancaria

4 respuestas
Cambio de razón social y cuenta bancaria
Cambio de razón social y cuenta bancaria
#1

Cambio de razón social y cuenta bancaria

Buenas tardes,

Soy autonómo bajo mi propio nombre, quisiera saber (i) si eso se puede cambiar por una razón social más comercial (una marca) y en caso tal, como se hace este cambio ? También quiero saber si haciendo eso me da obligación a abrir una cuenta bancaria bajo el mismo nombre o si puedo seguir con mi cuenta personal ?

Gracias.

#2

Re: Cambio de razón social y cuenta bancaria

Puedes crear una sociedad civil, por la que triburarás igual como persona física, aunque tendrás una obligación fiscal más, una vez al año, el modelo 184 de imputación de rentas a los socios. 

Podrás poner una marca como nombre y seria por ejemplo Dangarcia, S.C., tendrás un NIF distinto .... peeeeeero, tienes que poner un socio, no puedes ser socio único, pero si le pones una participación de 99 a 1 también vale ...... 

#3

Re: Cambio de razón social y cuenta bancaria

Hola,
Quisiera utilizar una razón social o sea una marca ("DG Consultoría" por ejemplo) en lugar de mi propio nombre.
Entiendo que eso no es posible siendo autónomo eso es ?
Hago la pregunta porque en el formulario de alta como autónomo dice "nombre o razón social".
Gracias

#4

Re: Cambio de razón social y cuenta bancaria

La razón social sólo existe para sociedades mercantiles. Las personas físicas tienen nombre, no razón social.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Cambio de razón social y cuenta bancaria

tienes dos opciones, una es registar tu marca en la OEPM, si lo ahces tu mismo, te costará unos 150 €, ... si te lo hace una gestoria especializada mucho más, porque se ocuparán de renovar a los 10 años, avisarte si alguien intenta marca parecida y puedas oponerte, etc.  Pero la cuenta bancaria seguirá a tu nombre particular.

 

Si creas una sociedad civil DG Consultoria S.C., tendrás un CIF distinto, una cuenta de la empresa y esto vale 4 duros, pero necesitas un socio, aunque esta "SC" tenga por ejemplo, fondo social 1.000 €, tu tienes el 99% y el socio o socia un 1% .... y a efectos fiscales, una vez al año haras el modelo 184 para "repartir a la renta de cada uno" los resultados, que si habéis ganado 10.000, pues 9.900 para ti, y 100 para el socio ..... seguirás siendo autónomo y pagarás impuestos a través de tu renta particular.