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Nuevas retenciones autónomos IRPF

4 respuestas
Nuevas retenciones autónomos IRPF
Nuevas retenciones autónomos IRPF
#1

Nuevas retenciones autónomos IRPF

Buenos días:

Me gustaría plantearos mi situación. Pertenezco a una cooperativa de trabajo asociado dedicada a la enseñanza de la cual soy socia trabajadora y cotizo a través de RETA. Tras las últimas reformas fiscales, me veo obligada a practicar retención a las facturas que presente a la sociedad, pero no estoy segura cual retención he de aplicar. Tengo conocimiento que existen varios tipos de retenciones (para profesionales autónomos en sus primeros años del 9%, para ingresos inferiores a 15000 del 15%, de tipo general del 19%). La empresa se constituyó a finales de 2013. ¿Alguien podría ayudarme?

Gracias de antemano

Un saludo

#2

Re: Nuevas retenciones autónomos IRPF

Hola, bienvenido a Rankia.

Existen efectivamente diferentes % de rentenciones que deben de aplicar los autónomos, lo cual difiere de acuerdo a determinadas circunstancias. Creo que esto solventará tus dudas.

Actividades profesionales: 21%. No obstante, las retenciones de los autónomos para el año 2015 bajarán al 19%  y al 18% en 2016.
 
Nuevos autónomos en actividades profesionales: 9% el año del inicio de la actividad y los dos siguientes años.
 
Autónomos con rendimientos íntegros inferiortes a 15.000 euros anuales: 15%. Este nuevo tipo se ha incluido con la Reforma Fiscal 2014 y se aplica desde el 4 de julio de 2014. 
 
Saludos!
#3

Re: Nuevas retenciones autónomos IRPF

Muchas gracias por tu respuesta, me ha aclarado mas la situación. Si me permites hacerte una pregunta más. Al tratarse de una cooperativa de trabajo cuya actividad consiste en la formación reglada, ¿nuestra actividad es considerada actividad empresarial o profesional? Puesto que el tipo de retención que debo aplicar dependerá de si mi actividad es profesional o empresarial. Corrígeme si no estoy en lo cierto.

Gracias de nuevo
Un saludo

#4

Re: Nuevas retenciones autónomos IRPF

Hola,
Así es, la clasificación como actividad empresarial o profesional tiene consecuencias fiscales.
La distinción básica de una actividad profesional frente a una empresarial radica en que el profesional no tiene organización de empresa, es decir, realiza el trabajo con sus propios medios y sus conocimientos.

Como te dije las actividades profesionales están sujetas a una retención del 21%, mientras que las actividades empresariales, emitirán facturas no sujetas a retención y deberán liquidar el modelo 130 de manera obligatoria.

De todos modos es posible también ejercer los dos tipos de actividades en un mismo tiempo. En ese caso, sería conveniente diferenciar las series de facturas de una y de otra y atenerse a las obligaciones que nos generen según lo establecido en la legislación.

Espero haberle sido de ayuda en este caso! Saludos!

#5

Re: Nuevas retenciones autónomos IRPF

Buenos días.

Os planteo una duda respecto del tipo reducido en retenciones para autónomos con bajos ingresos.
Antes del 12 de julio se aplicaba en lugar del 19% un 15%, pero ahora esa excepción se ha suprimido.

Yo entiendo que se tiene que aplicar de forma general el 15% de retención independientemente del nivel de ingresos, ya que la del 19% que se aplicaba en general ha quedado reducida al 15%.

Sin embargo, un compañero de profesión opina que si tienes bajos ingresos, puedes aplicar una retención del CERO%. O sea, QUE NO APLICAS RETENCIÓN.

Desde mi punto de vista es erróneo. Entiendo que TODOS (excepto en inicio de actividad) deben aplicar el 15%.

Por favor, ¿alguien pude resolverme la duda?

Muchas gracias y un saludo.