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Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario

5 respuestas
Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario
Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario
#1

Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario

Hola, quería saber desde que semana puedo solicitar la baja por riesgo laboral, se que si pasas más de 30min de pie puedes solicitarla a partir de la semana 30. Yo soy agente inmobiliario autónomo, estoy de 32 semanas y me paso el día andando buscando y enseñando pisos, no se si esto serviría. ¿Alguien ha estado en mi caso o sabe si la mutua me lo condcedería?. Gracias y un saludo

#2

Re: Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario

El Riesgo para el Embarazo supone que la trabajadora en estado de gestación por el hecho de realizar su trabajo habitual puede poner en peligro la salud del bebe que espera o la de la propia madre.Por ejemplo una trabajadora que trabaje dispensando gasolina pondría en riesgo la salud de su bebe por la inhalación de vapores en la gasolinera. Es por ello que quedaría eximida de trabajar, esto es su contrato quedaría en suspenso,en situación de Riesgo durante el Embarazo, hasta el nacimiento del hij@ que espera, siendo el responsable del abono de la prestación durante este periodo (y antes de pasar a Maternidad a cargo del INSS) la Mutua que tenga. Es por tanto responsable del recocimiento del derecho la Mutua, con la documentación que aporten trabajadora y empresa, y para ello ambas tendrían que acreditar que existe riesgo para la trabajadora o el bebe que espera, que este riesgo es inevitable y que no es posible una reubicación de la trabajadora. Esto es así también para las trabajadoras autónomas como es tu caso.Es decir deberías acreditar que riesgos existen en el desarrollo de tu trabajo, que no se pueden evitar y que no existe posibilidad de realizar otras tareas durante la gestación. Respecto al riesgo de estar de pie = Bipedespacion y también para el resto de riesgos es habitual, a falta de reglamentación específica, seguir las recomendaciones de la SEGO = Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia http://www.sego.es/Content/doc/riesgolaboral.doce que señala la semana 30 en caso de mas de 30 min/hora de pie y la semana 37 en caso de menos de 30 min/hora de pie. También recomienda la semana 37 para secretarías o tareas administrativas con actividad física ligera. Parece difícil pero no imposible que te lo concedan antes de la semana 37 salvo que puedas acreditar que es imprescindible en el desarrollo de tu trabajo estar de pie en los intervalos indicados sin posibilidad de sentarse (para evitar el riesgo). Un saludo.

#3

Re: Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario

Hola Maia, gracias por tu contestación. Yo no me puedo sentar, dónde?trabajo en la calle, llego a un piso y hago de una a tres visitas con los clientes, de ahi me voy a otro y si que es verdad que a veces paro a tomar un cafe pero otras no tengo tiempo ni para eso. Los ratos que no tengo visitas busco más inmuebles, cogiendo carteles, hablando con porteros.... Y también tendo trabajo con el ordenador, tengo que publicar anuncios y mirar mis correos, eso lo suelo hacer a primera hora de la mañana y por la noche, en casa, porque no tengo oficina. No se si esto servirá, no se que más podría acreditar. Además tengo que ir andando(corriendo) de una punta a otra de la ciudad para hacer las visitas ya que tengo una barriga considerable y ya no me atrevo a coger la moto. Crees que será suficiente? Muchisimas gracias y un saludo

#4

Re: Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario

Lo veo difícil antes de la semana 37.

En cualquier caso presenta tu solicitud y te dirán desde que semana te corresponde y podrás salir de dudas.

No olvides que siempre tendrás la posibilidad de estar de baja por tu médico de cabecera, si así lo estima, y cobrar la prestación correspondiente, que es más baja (3 primeros días 0, del 4 al 20 el 60% de tu Base de Cotización diaria, y del 21 día hasta el alta médica =nacimiento el 75% de esa misma Base)
, que la del Riesgo Durante el Embarazo (100% de la Base de Cotización diaria) por lo que la diferencia vendría dada por las fechas en que se inicie cada prestación.Seria cuestión de hablarlo con tu médico de cabecera y sacar números.

Un saludo.

#5

Re: Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario

Muchas gracias

#6

Re: Baja por riesgo laboral embarazo- agente inmobiliario

Hola muy buenas !! Ya han psadonunos años , pero me gustaría saber cómo fue tu caso como autónoma en el sector inmobiliario ya que estoy en esa misma situación que te encuentras tú , pero de 14 semanas y ya no puedo más con el tema del COVID !! Gracias