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Novedades en ley de emprendedores?

5 respuestas
Novedades en ley de emprendedores?
Novedades en ley de emprendedores?
#1

Novedades en ley de emprendedores?

Hola a todos.

Pues eso, quería preguntaros si sabéis si han habido novedades en esta ley; se hablaba de que posiblemente la famosa tarifa plana de 50€ para nuevos autónomos menores de 30 años podía ampliarse a autónomos de más edad; es así? habéis oído algo?

Gracias y un saludo.

#2

Re: Novedades en ley de emprendedores?

Buenas tardes Llira,

En principio uno de los requisitos es ser menor de 30 años, en el siguiente post encontrarás toda la información relativa a las medidas de emprendedores:
Tarifa Plana en la cotización a la Seguridad Social

Si se produjeran modificaciones en el blog de Asesor Fiscal se publican continuamente las novedades relativas al empleo.

Saludos.

#3

Re: Novedades en ley de emprendedores?

Cuando empieza a funcionar,o esta ya funcionando?

#4

Re: Novedades en ley de emprendedores?

Gracias por contestar; habrá que estar atentos al consejo de ministros de este viernes por si hay novedades.

#5

Re: Novedades en ley de emprendedores?

"La Xunta suprime las licencias municipales para abrir un negocio "
"Pretenden así eliminar las trabas administrativas. La nueva ley permitirá constituir una empresa en 24 horas"
http://www.farodevigo.es/galicia/2013/05/23/xunta-suprime-licencias-municipales-abrir-negocio/815631.html

Iba a abrir un nuevo hilo pero me pareció mejor incluir aquí esta noticia. Parece una buena noticia, pero me pregunto quién va a abrir un negocio en Galicia mientras no se apruebe esa ley. De momento es un proyecto de ley, y sabiendo que estos son más lentos que el caballo del malo, la creación de empresas puede estar totalmente paralizada una buena temporada en Galicia.

Además no se qué tal se llevará eso de que los locales no tengan licencia. Y que algunos hayan pagado un dineral y se hayan vuelto locos en conseguir una, para que ahora los nuevos se libren de pagarla.... cómo lo veis?

#6

Re: Novedades en ley de emprendedores?

Los riesgos de responsabilidad de una actividad pueden hacerse de dos maneras:

O mediante rigurosos controles previos, que es la manera de desarrollar una política de la prevención del daño, y que una vez autorizada una actividad blinda al empresario, aunque tiene el riesgo de los laberintos burocráticos y las absurdidades kafkianas (certificado emitido por técnico comptente que acredite la no necesidad de certificado, o cosas así).

O mediante una severa asunción de indemnizaciones en caso de daños y perjuicios, que es la manera de desarrollar una politica de la corrección del daño, y que mediante solo las correspondientes declaraciones responsables y confiando al interés particular del empresario, agiliza la puesta en marcha de los negocios, pero que si comete errores, se puede dar por arruinado y quebrado.

Hay actividades que están mucho mejor reguladas bajo el primer criterio, y en otras, lo segundo es muchísimo mejor. Toda actividad que pueda causar daños, que no sean "perfectamente corregible con la tecnología y medios actuales", mejor que sigan bajo rigurosos controles previos. Para todo lo demás, menos burocracia y obstáculos, y un régimen de responsabilidad severo si hay perjuicios.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!