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Si estas en RETA no cobras el paro que te correspondiere pero ¿si solo estas en IAE?

4 respuestas
Si estas en RETA no cobras el paro que te correspondiere pero ¿si solo estas en IAE?
Si estas en RETA no cobras el paro que te correspondiere pero ¿si solo estas en IAE?
#1

Si estas en RETA no cobras el paro que te correspondiere pero ¿si solo estas en IAE?

Hola, si estás como autónomo dado de alta en su correspondiente IAE y pagando el RETA y a la vez trabajando por cuenta ajena con un final contrato ya establecido y que sabes será sin renovación, creo que te puedes dar de baja del RETA y del IAE como 15 días antes de que se te acabe el contrato por cuenta ajena Y ENTONCES COBRARÍA EL DESEMPLEO QUE TE CORRESPONDIERA.

Mis dudas son ¿Con 15 días de antelación a la fecha prevista del fin de contrato daría tiempo a darse de baja del RETA y del IAE para que sin problemas poder cobrar el paro?

Y otra duda ... ¿Es necesario darse de baja del IAE también o con sólo darse de baja del RETA es suficiente?

Un saludo y gracias

#2

Re: Si estas en RETA no cobras el paro que te correspondiere pero ¿si solo estas en IAE?

Darse de baja de actividades económicas. El RETA es un derivado de realizar actividades económicas de manera habitual.
La prestación de desempleo es totalmente incompatible con el ejercicio de actividades por cuenta propia, impliquen o no la obligación del RETA.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Si estas en RETA no cobras el paro que te correspondiere pero ¿si solo estas en IAE?

Muchas gracias por su respuesta.

Sólo me queda la duda de si es rápido darse de baja del IAE y del RETA. He leído en los foros que al alta del IAE es anual o por anualidades. ¿Habrá problema para darme de baja y que efectivamente pueda cobrar el paro?
Un saludo

#4

Re: Si estas en RETA no cobras el paro que te correspondiere pero ¿si solo estas en IAE?

Las altas o bajas censales van día a día.
El IAE ahora como tal impuesto ya no se paga en la mayoría de casos, como el tuyo.
Sigue vigente el epígrafe a efectos de encuadramiento y matriculación de la actividad, solamente.

Las cuotas del RETA, aunque sean por un solo día de actividad dentro del mes, se devengan por mensualidades enteras.

La fecha de efecto oficial para acreditar estar de alta o baja es la reflejada en la declaración censal.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Si estas en RETA no cobras el paro que te correspondiere pero ¿si solo estas en IAE?

Muchas gracias por la ayuda y rapidez

Un saludo