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Epígrafe I.A.E

4 respuestas
Epígrafe I.A.E
Epígrafe I.A.E
#1

Epígrafe I.A.E

Hola otra vez rankianos, estoy cubriendo los modelos 036 y 037 correspondientes al alta censal en hacienda y mi duda en esta ocasión es el epígrafe del I.A.E que debo elegir para la actividad que voy a realizar, que es "Servicio de limpieza ecológica de vehículos a domicilio", el que más se asemeja es el 7515 (Engrase y limpieza de vehículos), en este caso como no coinciden exactamente, me valdría este? Además me confunde un poco el régimen a elegir, régimen general o régimen especial simplificado? Gracias de antemano a todo el foro, cualquier ayuda será valiosa.

#2

Re: Epígrafe I.A.E

Sobre si corresponde o no, hay que pensar que los epígrafes IAE son una especie de container, donde van metidas las cosas más o menos similares que corresponda agrupar.

Respecto de lo tuyo, lee la consulta vinculante siguiente:
http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=16948&Consulta=.EN+NUM-CONSULTA+%28V1072-10%29&Pos=0&UD=1

El 751.5 es un epígrade que tiene módulo y de IVA simplificado.
Eso quiere decir que sin necesidad de llevar una contabilidad justificativa, hacienca estima unos rendimientos, tanto respecto del IRPF como del IVA.

Si la cosa va bien o muy bien, perfecto. Gestión simplificada, y puedes obtener legalmente unos beneficios por los que no tributas.
Pero si la cosa va flojilla, pagarás impuestos por un beneficio inexistente.
Se puede renunciar a la estimación objetiva.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Epígrafe I.A.E

Gracias otra vez.

He leído la consulta y bueno ese es el epígrafe que mas se ajusta a mi actividad, la estimación objetiva no me interesa para nada, prefiero pagar por los beneficios que realmente obtenga, esta actividad la realizaré como actividad secundaria ya que tengo un contrato a tiempo parcial, por lo que beneficios no habrá muchos de momento.

Ahora bien, el modelo que voy a cubrir es el 037 pues al ser simplificado es mas fácil y cumplo los requisitos que piden.

El 037 lo pienso cubrir así en cuanto al IRPF y al IVA:

IRPF: Estimación Directa Simplificada (Inclusión casilla 609 y fecha casilla 650)

Aclárame si tengo la obligación de marcar la renuncia a la estimación objetiva (casilla 605) o como se trata de un alta se da por entendido al marcar la inclusión en Estimación Directa Simplificada.

IVA: Régimen General. (Alta casilla 510 y fecha casilla 512)

Perdóname por tanto desconocimiento pero tengo un profundo interés en aprender y dominar este tema por su importancia.

Un Saludo.

#4

Re: Epígrafe I.A.E

Se podría dar a entender que al presentar inclusión en régimen general, ya estás tácitamente renunciando a la estimación objetiva IRPF y al régimen simplificado en el IVA.
Pero a veces mejor pasarse que no quedarse corto con los datos. Siempre y cuando sean pertinentes

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Epígrafe I.A.E

Hola.

Gracias por la rapidez jeje.

Estoy de acuerdo contigo, lo estoy haciendo por internet y he marcado la casilla de renuncia en el Régimen Especial Simplificado para dejarlo bien claro, también he leído en un documento que descargué, que por cierto tiene casi 400 paginas y para alguien como yo poco entendido en estos temas me lía muchísimo pero merece la pena leerlo todo, y pone textualmente esto:

"A su vez, la renuncia en IVA al régimen simplificado, o al régimen especial de agricultura ganadería y pesca supone la exclusión de la estimación objetiva en IRPF. Y la renuncia al régimen de estimación objetiva del IRPF supone renunciar también en el IVA al régimen simplificado y al régimen de la agricultura, ganadería y pesca."

Gracias una vez más.