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Epigrafe y tributación de IVA para cursos online

4 respuestas
Epigrafe y tributación de IVA para cursos online
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Epigrafe y tributación de IVA para cursos online
#1

Epigrafe y tributación de IVA para cursos online

Epigrafe y tributación de IVA para cursos online

Hola
Actualmente tengo une empresa de formación de cursos online a través de plataforma e-learning.
Informándome un poco, me di de alta en el epígrafe 934. Pero me surgen dudas de si este es el epígrafe correcto.

Es una empresa totalmente online que solo trabaja para particulares. No tengo centro físico. Solo domicilio fiscal.

Actualmente no facturo el IVA por que me informaron (no se si bien) de que en este epígrafe estaba exento. No lo declaro en ingresos y tampoco descuento el IVA que me cobran a mi en los gastos.

Mi temor es que no se si realmente estoy exento de pagar IVA. Actualmente son cursos de lenguaje de signos que creo que se engloban en idiomas para la tributación y están exentos. Pero al querer ofertar otros cursos de otras materias no regladas no se si estoy ya en el epígrafe correcto.

Y lo que me preocupa más, no se si deberia tributar el IVA. De tributarlo ¿tendría que tributar solo el de los cursos que lo soporten o debería tributarlo de los ingresos totales de la empresa?

Actualmente declaro el IRPF al 21% del total de ingresos menos gastos.

Espero vuestra ayuda

Mil gracias

Saludos

#2

Re: Epigrafe y tributación de IVA para cursos online

Si la plataforma e-learning NO es tuya, si no que tú solo les facilitas contenidos, es correcto el epígrafe.

Si el canal on-line fuese tuyo, entonces deberías adscribirte a un epígrafe según el contenido concreto de tu docencia, con independencia del canal.

Las actividades docentes que versen sobre materias que dispongan de plan de estudios oficiales están exentas de IVA.

El lenguaje de signos queda comprendido dentro de la formación oficial de técnico superior en interpretación de la lengua de signos, dentro de la familia profesional de servicios socioculturales y a la comunidad.

Si desarrollases otra docencia no exenta del IVA, perfeccionamiento de Paddle, por ejemplo, tendrías dos opciones:
O contabilidades separadas para cada actividad
O regla de prorrata en el IVA

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Epigrafe y tributación de IVA para cursos online

Gracias por la respuesta

Disculpa si no entiendo bien si puedo considerar la plataforma e-learning mia como para seguir en ese epigrafe 934.

Me explico.

La plataforma es una plataforma e-learning que no he diseñado yo, sino una de tantas que hay en la red por la que pago por ella para inscribir alumnos y alojar los contenidos de los cursos online.

¿Seria mia porque todos los cursos son de mi empresa? ¿O no es mia porque la plataforma en si donde se aloja todo no es de mi propiedad sino que pago por usarla?

Dime en mi caso si sigo en el epígrafe correcto con el 934 o tendría que cambiar por otro por favor.

En el caso del IVA según me dices, tendría que tributar IVA por los cursos no reglados y estaría exento el de lenguaje de signos ¿verdad?

Te importaría decirme si conviene más tener contabilidades separadas según los cursos o hacer la prorrata?. Es que no se si se diferencia en algo que me pueda venir mejor a la hora de tributar el IVA.

Gracias por tu inestimable ayuda.

Un saludo

#4

Re: Epigrafe y tributación de IVA para cursos online

El 934 es formación fuera de establecimiento permanente.

Hacienda no considera que el mundo on-line sea fuera de establecimiento permamente. Es un canal, virtual, como cualquier otro canal.

Si fueras una escuela de conducción, debes ir al mismo epígrafe tanto si tienes un local físico, como si decides organizar la docencia y la gestión/reserva de coche via local/secretaría, como via web.

El concepto fiscal de sin establecimiento permanente se aplicaría o a clases a título particular impartidas o en tu domicilio, sin afectar parte específica alguna, o en el domicilio de alumno. O también si eres el docente que factura a una academía (tangible, o virtual).

Si te has organizado una academia propia, aunque sea virtual, debes matricularte por el epígrafe de la formación que impartes en tanto que empresa. Los que correspondan del 931, 932 y/o 933.

Como la lengua de signos forma parte del curriculum de formación profesional, sería un 931.3. Y es una enseñanza exenta de IVA.

Si impartes docencia no exenta de IVA, lo mejor es llevar lo más detallado posible las dos contabilidades, y llegado el momento de hacer la declaración anual (y la ultima trimestral), ver cual es la fórmula que te sale más a cuenta. Es optativo para el declarante, optar por la regla de prorrata general, o prorrata especial.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Epigrafe y tributación de IVA para cursos online

Gracias de nuevo

Ahora lo tengo clarisimo y efectivamente cambiaré de epigrafe y además añadiré otro para no pillarme los dedos y no hacer las cosas mal con los otros cursos de materias no oficiales y llevaré contabilidades separadas.

La última duda que tengo sobre esto es que como desde agosto que me di de alta he estado en el 934 ¿lo debería ya dejar así para esta última declaración trimestral o debería informar a hacienda del error de epígrafe y que lo tengan en cuenta?

¿Crees que me multaran por estar en el epigrafe equivocado estos primeros meses?

Gracias por todo

Saludos