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Ante empleo temporal de unos meses, ¿dar de baja el IMV o no? - Ingreso mínimo vital
Buenas, me surgen varias dudas ya que voy a empezar a trabajar temporalmente:
La primera duda: cuentan el sueldo bruto o el sueldo neto?
Voy a trabajar unos 8 meses de manera temporal, este año 2025 yo calculo que ganaré por el trabajo unos 6.000 euros netos, con lo cual si cuentan el neto no superaré los 7.500 que es mi IMV anual y no me lo quitarían. Si cuentan el bruto si podría superarlo.
Luego el próximo año 2026 seguiré con el contrato y trabajaré unos 3 meses y luego cobraré paro porque con estos 8 meses que voy a trabajar acumularé mas de un año trabajado y tendré derecho a paro. Es verdad que el paro puedes no solicitarlo y seguir acumulando para mas adelante, ¿pero cobrando el IMV se puede no solicitar el paro acumulado?... Creo que había oído que el IMV se solicita cuando ya no tienes derecho a ninguna otra prestación, así que en teoría a lo mejor ese paro lo tienes que solicitar sí o sí. Sería solo cobrar 4 meses de paro pero se sumaría a lo ganado en los 3 primeros meses de 2026, también estaría bordeando el superar el IMV para una persona.
Ante esta situación qué será mejor que haga?... ¿Doy de baja el IMV ya o dejo que me lo sigan pagando y luego hagan cuentas?.... Es que si por algún casual me lo retiran por superar ingresos casi prefiero darlo de baja pero si no superara esos ingresos aunque fuera por los pelos, lo bueno de mantenerlo sin dar de baja es que no tendría que volver a solicitarlo y esperar a que tardaran en concedérmelo otra vez.
Yo pienso que si no cuentan mis salarios en bruto y solo en neto, no superaré la renta garantizada de IMV para una persona y no me lo retirarían, simplemente irían haciendo cálculos de la deuda que tendría con ellos pero como estaré muy al límite, tengo dudas sobre qué hacer...