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Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

17 respuestas
Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital
Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital
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#16

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Es más sencillo que todo eso:  ¿Tu hija ha dejado de estar empadronada con vosotros?

>> Si la respuesta es SI puedes debes obtener un certificado de empadronamiento de ella en su nueva dirección y uno colectivo vuestro de vuestra dirección, acceder a https://prestaciones.seg-social.es/servicio/comunicar-datos-ingreso-minimo-vital-complemento-ayuda-infancia.html y comunicarlo adjuntando dichos documentos, con lo que llegado el momento cuando la Seguridad Social evalúe el asunto hará los ajustes que tenga que haceros.

>> Si la respuesta es NO porque sigue empadronada con vosotros, pues entonces no hay nada que comunicar a la Seguridad Social.

Evidentemente, los ingresos de tu hija este año 2025 se tendrán en cuenta para reduciros el IMV en 2026 si continúa empadronada con vosotros, y quitarla de vuestra unidad de convivencia también reducirá vuestro IMV al ser un adulto menos.
#17

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

Esta semana va a empadronarse en otra vivienda,
Entiendo k cuando ya no esté en casa bajará la cuantía. Y seguramente ya no me corresponda o muy poco. Ahora me surge una duda… la cuantía al quitarse del padrón y ser un adulto y dos menores vuelve a ser monoparental ??
En el caso k nos corresponde a este año me quitaron la monoparental xk mi mayor tiene 18, pero al ser víctima de violencia no me correspondería igualmente aunque sea adulta y aun queden dos menores ??
Y una pregunta k quedo sin responder si renuncio a la vital este fin de año en 2026 debo hacer declaraciones de la renta ?

Mil gracias soy un mar de dudas
#18

Re: Duda con generación de cobros indebidos en caso de renuncia - Ingreso mínimo vital

La comunicación de que tu hija mayor, ya adulta, abandona vuestra unidad de convivencia, aunque la comuniques hoy ya mismo tardará un tiempo en ser evaluada y aplicarse, igual incluso un año o más tiempo (aunque claro, luego la aplicarán con efecto retroactivo, obviamente)... si tienes claro que renunciarás al IMV ahora en diciembre 2025, pues igual no te interesa hacer nada de eso y simplemente formalizar la renuncia al IMV sin más en diciembre.

Si vuelves a un adulto más dos menores en tu IMV y cumples de nuevo requisitos para ser monoparental, deberán volver a aplicártelo así. No te olvides de avisar de dicha situación en tu variación de datos si comunicas que tu hija mayor se ha empadronado en otro sitio.

Percibir una RAI por VG no debe reducirte el IMV que percibas, siempre que no hayas cometido el error de declarar dicha RAI o el IMV como ingresos en tu IRPF. Aunque existe la obligación fiscal de declarar como ingresos todo aquello que supere los 12600€ de rentas exentas (como son el IMV y la RAI por VG), nada más que hagas IRPF individual (una declaración de la renta cada uno) eludes dicha obligación, ya que tú te asignarías la RAI por VG más 1/3 del IMV y cada uno de los otros dos menores en su IRPF otro 1/3 del IMV, y según mis cuentas en ningún momento superaria nadie los 12600€ de ingresos por rentas exentas y, por tanto, no tendríais que declarar ningún ingreso. Cualquier asesor fiscal al que acudas y le comentes el asunto te dirá que es así.

La declaración de la renta siempre es conveniente hacerla, se perciba o no IMV, aunque si percibes IMV es un requisito que te piden desde la Seguridad Social.  Si solicitas la renuncia del IMV ahora en diciembre de 2025 y no decides hacer IRPF 2025 es tu decisión bajo tu responsabilidad... yo siempre haría el IRPF año tras año, pero vamos, que cada uno es libre de hacer lo que estime oportuno.