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IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

11 respuestas
IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital
IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital
#1

IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Aunque ya abrí un hilo sobre este tema hace unas semanas, no me queda nada claro cómo afecta o podría afectar la venta de artículos de segunda mano a los perceptores del IMV de cara a la Declaración de la Renta ni si debo declararlo o no. Suponiendo que alguien, para sacarse unas perillas, venda artículos de segunda mano de su propiedad, de manera no profesional (es decir, sin estar dado de alto como autónomo ni poseer ninguna empresa), haya hecho más de 30 ventas en un año y haya ganado 1500 euros (por poner un ejemplo), ¿está obligado a declararlo o no hace falta? ¿Y si supera los 2000 euros? 

Según tengo entendido, no es obligatorio ni necesario declarar las ventas de segunda mano, ni siquiera si superan los 2000 € al año, al no tratarse de una actividad profesional. Pero como la información no está del todo clara, no sé si es conveniente declararlos o no. Mi duda es si, declarándolos, luego la Seguridad Social descontará del IMV las ganancias por ventas de segunda mano al considerarlas "ingresos", con lo cual se daría una situación bastante curiosa: uno se quedaría sin el objeto vendido y sin el dinero, con lo cual sólo obtendría pérdidas por las ventas. Y si no se declarán, no está claro si tendrán una repercusión sobre el IMV, porque quién sabe lo que consideran "ingresos" o no.

¿Declarar o no declarar? Ésa es la cuestión. Porque si lo declaras, igual resulta que no era necesario hacerlo y luego te restan del IMV lo que hayas ganado. Y si no lo declaras, igual resulta que tenías que declararlo y te multan, te quitan el IMV o vaya usted a saber.

Mis únicos ingresos provienen del IMV y aparte de eso he ganado unos cuantos cientos de euros al año vendiendo cosas mías de segunda mano, y ahora temo que me vayan a descontar eso del IMV el próximo año. Tal como están las cosas, creo que voy a dejar de vender nada. 
#2

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

He hablado con la Agencia Tributaria y ellos mismos me han dicho que no es necesario declarar las ventas de segunda mano en plataformas, ni aunque se superen las 30 ventas al año, ni siquiera aunque hayas comprado un jersey por 20 y lo hayas vendido por 30 (otra cosa es que hayas comprado 900 jerseys, pero por uno no pasa nada, porque se considera que es algo sin entidad). Lo único que buscan con esta nueva normativa, me han dicho, es que no se evadan impuestos por grandes ventas, como por ejemplo coches de alta gama o propiedades inmobiliarias. Pero por vender cosas personales de poca entidad no hay que declarar, ni aunque superes 30 ventas o te hayas sacado varios cientos de euros en un año. Así que podemos seguir vendiendo cosillas tranquilamente por Wallapop, siempre y cuando no sean coches de lujo y chalets en Ibiza :)

Y supongo que la Seguridad Social tampoco nos descontará nada de lo que ganemos.
#4

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Pero si ya se comentó que solo habría que declarar las ganancias de lo vendido,y es muy difícil que cosas que como dices  produzcan grandes beneficios,a no ser que sean cosas como las que dices casas,artículos de lujo etc que si podrían  generar ganancias que estén bajo la lupa de hacienda y por consiguiente afectasen a descuentos en el imv.
Si por ejemplo vendes un pc de segunda mano por 70 euros y te costó 450 ( ejemplos) no tendrías ninguna ganancia y además hacienda no tendría ni  tiempo ni personal para comprobar lo que costó cada artículo ni si su precio de venta genera ganancias.
Otra cosa es que compres una moto por 1000 euros la repares,la tunees etc y la vendas por 5000 ( son solo ejemplos).
#5

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Una pregunta sabes si después de cobrar la ayuda a la infancia y teniendo aprobado el imv , me lo ingresan ya este mes , en la seguridad social me dijeron que sobre octubre o noviembre y ahora gmhe recibido la ayuda a la infancia es posible que me ingresen ya los atrasos y mensualida del imv ?? 
#6

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Ya te pagarían el complemento a la infancia junto al imv en un solo pago 
Si te dijeron eso,pues ya deberían haberte pagado el imv de noviembre,aunque todo lo que dicen en la s.s es aproximado y quizás te paguen en diciembre tu imv,a veces pagan la mensualidad y otras la mensualidad y el retroactivo en el primer pago.
#7

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Incluso me han dicho que por vender algo por un poco más de lo que costó no hace falta declararlo. Es decir, si has vendido 30 cosas que tienes por casa y alguna de ella la has vendido por 10 € más de lo que te costó no pasa nada, porque no es una ganancia significativa. Sólo se fijan en grandes ganancias, aunque no veo en ningún lado a partir de cuánto se considera una gran ganancia. Pero vamos, si compras un cuadro por 50 y lo vendes por 5000, está claro que es una gran ganancia; si lo compras por 50 y lo vendes por 60, Hacienda va a pasar de ti porque esa ganancia no tiene entidad, a no ser que hagas lo mismo 800 veces al año y te saques una buena pasta. Así lo he entendido yo.

Mi temor era que la Seguridad Social considere como ingresos las cuatro perras que uno saque vendiendo sus cosas por Wallapop y luego te lo descuenten del IMV, pero va a ser que no, porque ni siquiera es necesario declararlo.
#8

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Claro,para que el imv te descontase esas ganancias,hacienda debería presentarles esos datos y por cantidades tan pequeñas ni se van a preocupar.
Es lo que dijimos antes,tú compras algo sin mucho valor lo restauras y lo vendes por una gran cantidad y wallapoop informaría a hacienda y hacienda pediría que lo declarases y el INSS tendría acceso a esos datos al revisar tu declaración de la renta.
Pero por cantidades pequeñas no haré ni caso.
#9

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Hola, yo he vendido un objeto personal en una tienda y me han dado 3251,66 mediante transferencia, actualmente estoy cobrando 480€ por mayor de 52 y 178€ del imv, he comunicado el ingreso extra en el sepe mediante su plataforma vía Internet y les he aportado la factura de venta y la nota informativa de la transferencia, es la primera vez que he vendido algo y no lo he vendido en ninguna plataforma ha sido en una tienda de compra y venta de oro ¿  tambien tengo que hacer la  declaración de hacienda y pagar irpf, esto me afectará en los ingresos percibimos por parte de subsidio por mayor de 52 años y en la parte del imv, porqué de ser así una venta puntual por necesidad y que ellos te descuenten ese ingreso extra, de lo que percibes, sería a mi parecer absurdo e injusto, porqué entre el irpf, y lo que te descuenten de los subsidio de mayor de 52 y el imv el resultado final, sería que la ganancia de lo vendido, es para ellos?
Si alguien sabe la respuesta por favor responderme, gracias. 
#10

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

A nivel fiscal, en el IRPF 2025 que harás el año que viene a partir de mayo, pues tendrás que declarar la posible ganancia patrimonial existente (si existe, claro) ... dicha ganancia patrimonial es la diferencia entre lo que te pagaron (los 3251,66€ que citas) y lo que te costó el objeto originalmente, aunque por desgracia si el objeto es algo personal antiguo tal como joyas heredadas o compradas hace años, y no tienes factura de compra de las mismas, Hacienda asumirá que el coste de adquisición es cero por lo que todo el importe recibido se considera ganancia patrimonial, aunque evidentemente si puedes demostrar el valor original (con recibos, fotos o tasaciones antiguas), podrás declarar menos ingresos por dicha venta en el IRPF, pero que te quede claro que Hacienda sabe perfectamente lo que has cobrado en dicha transacción... y evidentemente, la Seguridad Social de cara al IMV que percibes, dicha ganancia patrimonial que declares en IRPF 2025 será considerada para reducirte el IMV.

Sobre el subsidio 52 años, pues me imagino que también puede afectarte, dado que una vez comunicado al SEPE y por exceder el umbral actual de ingresos mensuales permitidos (888€/mes creo recordar así de cabeza ahora mismo) puede que te suspendan dicho subsidio un mes, pero eso ya no lo tengo tan claro, mejor preguntarlo en una oficina del SEPE.

Y sobre si es  "absurdo e injusto" que te descuenten esos ingresos que has tenido por la venta de esos bienes de tu propiedad, pues ¿qué quieres que te diga? las condiciones por las que se conceden estas ayudas son las que son y hay que acatarlas... quizás si hubieras acudido a otros entornos o familiares que te hubieran cambiado el tema por efectivo todo hubiera sido menos complicado y burocrático, no sé si me entiendes... yo al menos quizás es como lo hubiera planteado, tirando de mercadillos o del rastro ¿comprendes?




#11

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Hola gracias por tu respuesta, acceder a una cita presencial en el sepe es imposible, pero me han dicho en este foro que si la cantidad multiplicada por 12 meses no  supera o llega a 888€ el 75% del salario mínimo, me dicen que no tendré ninguna sanción, ¿en lo del irpf y el imv quieres decir que la cantidad resultante después de pagar el irpf es lo que tienen en cuenta para pagar el imv, o   es de el total?  porqué es una venta única y puntual que no altera mi situación, 3251,66€ percibidos un mes no altera mi situación, ¿ ellos multiplicaran esta cantidad por 12 y el resultado es que si es mayor a lo que me dan, ya no  percibire el imv, ¿como calculan esto?  ¡porque en Internet no hay nada claro! además sumando el subsidio de mayor de 52 480€ y los 178 como complemento que percibo del imv son 656€  no llega al 75% de salario mínimo 888€ ? Yo lo he hecho de forma honrada y correcta, lo he comunicado y voy ha declarar el irpf del total, porque no tengo factura¡ y ahora parece que me estoy perjudicando, no me extraña que haya economía sumergida y que las personas obten por el fraude! 
Si sabes la respuesta te ruego me contestes o si alguien del foro puede aclarar mis dudas lo agradecería, GRACIAS 
#12

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Estás mezclando conceptos y enredándote... te lo dije todo muy claro en mi respuesta anterior, te ruego que la vuelvas a leer detenidamente de nuevo, sobre todo el primer párrafo, que es lo que preguntas sobre IRPF e IMV, ya que ahí estaba explicado.

No obstante, te hago un resumen mejor, basado en dos escenarios (elige el que corresponda según tu caso)

Opción 1 - no tienes justificación alguna del precio de adquisición de lo que has vendido
... pues en ese caso, cuando hagas IRPF 2025 deberás declarar el total del dinero recibido por la venta como ganancia patrimonial (que en el fondo son INGRESOS de cara al IMV, ergo te ajustarán tu IMV)

Opción 2 - tienes justificantes de compra o tasaciones de lo que has vendido ... pues entonces solo declararás en IRPF 2025 el beneficio obtenido como ganancia patrimonial, y si da la casualidad que la tasación o compra de lo que has vendido por poco más de tres mil euros era superior a dicha cantidad obtenida, pues no tendrás ganancia patrimonial alguna ni repercusión en tu IMV.

Más simple de explicar no se puede.

#13

Re: IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital

Muchas Gracias por tu aclaración.