Es correcto.
La Agencia Tributaria ofrece a las AAPP datos "reales" de un contribuyente el uno de julio de cada año (referenciados siempre al ejercicio fiscal anterior, claro), ya que la campaña de la renta acaba el 30 de junio y al día siguiente ya dispone de datos consolidados, por lo que en la práctica cuando un funcionario se ponga con tu expediente lanzado el uno de julio ya será como muy pronto octubre y tendrán acceso a los datos del IRPF último presentado.
Incluso me atrevo a suponer que si lanzas la solicitud el uno de mayo ocurriría lo mismo, ya que por muy pronto que se pusieran con tu expediente sería septiembre... más atrás en el tiempo tengo mis dudas de que revisen con el último IRPF presentado.
No obstante lo ideal SIEMPRE es presentar la renta de los primeros días disponibles que se abra el plazo, de forma que se pueda adjuntar si fuese necesario al expediente de solicitud del IMV.