A ver como te lo explico más o menos fácilmente...
Cuando hacemos una gestión
por la Sede Electrónica de una Administración, el hecho de habernos
autenticado por cl@ve, dni digital o certificado digital, nos permite contar con una zona privada en la que hacer gestiones y a veces ver el estado de las mismas, ya que toda la comunicación entre nosotros, nuestros dispositivos, y los sistemas informáticos
está cifrada basándose en dicho mecanismo.
Pero ¿qué ocurre cuando una Administración ofrece un servicio por vía telemática sin autenticación y encima le puedes enviar X archivos digitales en dicha gestión (como es el caso de la solicitud del IMV desde su web)? pues para empezar y a "grosso modo" que
todo lo que le enviemos deberá ser compactado formando un único paquete de datos, y dicho paquete además deberá ser
serializado de alguna forma para contar con un identificador único y sobre todo
con vistas a evitar cualquier modificación o alteración en cualquier punto de dicha información, de igual forma que si le mandas un paquete a alguien se lo enviarás precintado y si lo recibe abierto es que se lo han chorizado, o si quieres saber si alguien ha abierto una puerta de una habitación en tu ausencia le pones un pelo arriba entre el marco y la hoja de la puerta y si cuando vuelves sigue ahí es que no te han entrado en dicha habitación (eso o que te han pillado el truco jajajaja).
Al grano. Ese código alfanumérico que nos facilitan por email cuando hacemos la solicitud de IMV fuera de la Sede Electrónica
no es ni más ni menos que un CSV de tipo HASH https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1136459 que luego nos va a permitir hacer el seguimiento de nuestra solicitud ... por eso piden siempre el DNI del peticionario y dicho código CSV (para verificar que quien inició la gestión y ahora solicita saber el estado de la misma son la misma persona),
pero ya te digo que una vez tienes el IMV aprobado ese código CSV deja de tener sentido, pues la variación de datos o suministro de nueva información que afecte a nuestro IMV (siempre me refiero fuera de la Sede Electrónica) se hará por otra vía, como es
https://tramites.seg-social.es/acceso/comunicacion-variaciones-imv.html que nos dará otro código diferente de seguimiento en todo caso.
Que a mí me parece perfecto que lo quieras conservar (supuestamente todos lo tendremos en algún email por ahí perdido)... como si quieres hacerle una foto y enmarcarlo, pero
ya te digo que si tienes el IMV concedido ni te lo van a pedir ni lo vas a necesitar.
Y sobre lo otro que citabas,
pues no, no formo parte de ninguna "agencia de 4 letras española" (entiéndase INSS, TGSS, SEPE, AEAT, CSIC, etc.) por mucho que pienses que estoy a sueldo de ellas...
y que te lo creas o no, ya no es asunto mío.