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Código IMV - Ingreso mínimo vital

12 respuestas
Código IMV - Ingreso mínimo vital
Código IMV - Ingreso mínimo vital
#1

Código IMV - Ingreso mínimo vital

Hola buenas, alguien que cuando presentará el IMV y no recibiera el codigo para poder llevar el seguimiento. Como se puede conseguir, yo ya lo he empezado a cobrar pero no tengo manera de mirar por si me hacen algún cambio y poder llevar un seguimiento. Gracias
#2

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Cuando haces la solicitud el código de seguimiento de la misma sale en pantalla y además también te lo envían por email. No obstante, si no lo tienes y ya han pasado al menos 3 meses desde que lo solicitaste, puedes acercarte a una oficina de la Seguridad Social e indicarles el problema y que te informen del estado de la solicitud (solo te pedirán tu DNI, pero siempre que haya pasado tiempo suficiente a que les aparezca en sus sistemas, por eso te digo que tienes que esperar al menos 3 meses después de haber echado la solicitud)
#3

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Gracias ritekg5, si , ya hace más e tres meses, pero a mí nunca me lo enviaron y quiero conseguirlo. Voy a mirar de todas maneras la solicitud porque la tengo en el pen metida haber si veo algo.
#4

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Mira en el email que pusiste en la solicitud también mira en spam a ver si lo tienes alli
#5

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Ya he mirado y nada de nada, ademas ya hace unos meses que lo eche y nunca lo recibí. Gracias.
#6

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Gracias ritekg5, si , ya hace más e tres meses, pero a mí nunca me lo enviaron y quiero conseguirlo. Yo lo tengo ya aprobado en el papel que te descargar donde te dicen la cantidad que cobras y todo ahi no viene??
#7

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

ummmm... pero una cosa... si dices que ya lo tienes aprobado ¿para qué quieres saber ese código de seguimiento que ya no necesitas ni tiene sentido alguno?
#8

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Porque tengo entendido que ese código es bueno tenerlo para cuando hay algun cambio y para poder llevar el seguimiento no se.
#9

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Si ya tienes el IMV concedido olvídate de dicho código de solicitud porque ya no vale para nada, ni para ti ni para ellos.
#10

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Entiendo que el código hay que conservarlo porque siempre hay que vigilar todo, y más en esta prestación.

No hay que ser caciquil sir riteg5 a la vez que vos que vos desconoces el.origen de mi nick

No serás un empleado del INSS me huelo la tostada de que si desde hace tiempo.

Te sigo atentamente y seguiré haciendo mis comentarios.
#11

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

A ver como te lo explico más o menos fácilmente...

Cuando hacemos una gestión por la Sede Electrónica de una Administración, el hecho de habernos autenticado por cl@ve, dni digital o certificado digital, nos permite contar con una zona privada en la que hacer gestiones y a veces ver el estado de las mismas, ya que toda la comunicación entre nosotros, nuestros dispositivos, y los sistemas informáticos está cifrada basándose en dicho mecanismo.

Pero ¿qué ocurre cuando una Administración ofrece un servicio por vía telemática sin autenticación y encima le puedes enviar X archivos digitales en dicha gestión (como es el caso de la solicitud del IMV desde su web)? pues para empezar y a "grosso modo" que todo lo que le enviemos deberá ser compactado formando un único paquete de datos, y dicho paquete además deberá ser serializado de alguna forma para contar con un identificador único y sobre todo con vistas a evitar cualquier modificación o alteración en cualquier punto de dicha información, de igual forma que si le mandas un paquete a alguien se lo enviarás precintado y si lo recibe abierto es que se lo han chorizado, o si quieres saber si alguien ha abierto una puerta de una habitación en tu ausencia le pones un pelo arriba entre el marco y la hoja de la puerta y si cuando vuelves sigue ahí es que no te han entrado en dicha habitación (eso o que te han pillado el truco jajajaja).

Al grano.  Ese código alfanumérico que nos facilitan por email cuando hacemos la solicitud de IMV fuera de la Sede Electrónica no es ni más ni menos que un CSV de tipo HASH https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1136459 que luego nos va a permitir hacer el seguimiento de nuestra solicitud ... por eso piden siempre el DNI del peticionario y dicho código CSV (para verificar que quien inició la gestión y ahora solicita saber el estado de la misma son la misma persona), pero ya te digo que una vez tienes el IMV aprobado ese código CSV deja de tener sentido, pues la variación de datos o suministro de nueva información que afecte a nuestro IMV (siempre me refiero fuera de la Sede Electrónica) se hará por otra vía, como es https://tramites.seg-social.es/acceso/comunicacion-variaciones-imv.html que nos dará otro código diferente de seguimiento en todo caso.

Que a mí me parece perfecto que lo quieras conservar (supuestamente todos lo tendremos en algún email por ahí perdido)... como si quieres hacerle una foto y enmarcarlo, pero ya te digo que si tienes el IMV concedido ni te lo van a pedir ni lo vas a necesitar.

Y sobre lo otro que citabas, pues no, no formo parte de ninguna "agencia de 4 letras española" (entiéndase INSS, TGSS, SEPE, AEAT, CSIC, etc.) por mucho que pienses que estoy a sueldo de ellas... y que te lo creas o no, ya no es asunto mío.

#12

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Que es broma lo que decía  no leo el discurso porque iba por ahí.

Lo he querido borrar pero ya no he podido porque me he dado cuenta que sea iba a malinterpretar.

Algo de informática se acabo de terminar un curso con certificado de profesionalidad de redes departamentales contemplado en el r.d. 153/2011 por ejemplo para que no digan que nos tocamos la barriga algunos.

Vales mucho.

Eres buena persona.
#13

Re: Código IMV - Ingreso mínimo vital

Que es broma no leo el discurso porque iba por ahí.

A día de hoy tengo tengo el bachillerato terminado hace más de 20 de veinte años.

lo de la clave y tal lo llevamos utilizando muchas personas  hace muchos años para eso se hizo  las 2 leyes de 2015 que sustiuian a la de 1992 de administraciones públicas. 

Tratas con personas de todos los tipos no faltes a las personas que no llegan a un nivel basico-medio, o básico total

Sino te dirán que les vendes mercancía caducada o inservible con tanto tecnicismo.