Ah, que te referías a la próxima actualización. Pues de momento no se sabe cuándo será. Puede ser en julio, en septiembre o en diciembre. Y si tus ingresos de 2021 superan tu renta máxima garantizada, pierdes el IMV y tienes que devolver cantidades indebidas equivalentes a cada mes de 2022 que hayas cobrado IMV sin tener derecho a ello.
Porque independientemente de los meses que tarden en hacer la actualización, ésta es con efectos a 1 de enero de 2022.
Vamos, el mismo procedimiento que hemos visto en Diciembre de 2021:
- A los que se les ha quedado igual, no les ocurre nada.
-A los que les subieron, tienen derecho a atrasos.
- A los que les bajaron algo, tienen que pagar cobros indebidos, pero siguen teniendo IMV.
-A los que se les extinguió el IMV, tienen que devolver todo lo cobrado en 2021.