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Que pensáis de sancionar los escraches

6 respuestas
Que pensáis de sancionar los escraches
Que pensáis de sancionar los escraches
#1

Que pensáis de sancionar los escraches

Y como pensáis que se puede multar con efectos retroactivos como pretende la delegada del Gobierno en Madrid

#3

Re: Que pensáis de sancionar los escraches

Pues bien. ¿Qué les parecería si se lo hiciesen a ellos? Yo creo que lo que hace falta es un poco de sentido común a todo el mundo.

De seguir esto así, mañana tenemos haciendo escraches al jefe porque no le cae simpático, al presidente de la comunidad porque no estamos de acuerdo con su gestión, o al vecino porque no me gusta la cara de su perro....

#4

Re: Que pensáis de sancionar los escraches

Creo que la delegada no sabe demasiado de derecho,la irretroactividad penal es un principio inviolable.

joder menuda panda tenemos en el poder....

#5

Re: Que pensáis de sancionar los escraches

No te preocupes, que ahora va y lo cambia por decreto, porque ellos:"si que pueden".

Que lastima, con la cantidad de desempleados que hay con mayor capacitación,

SL2

#6

Re: Que pensáis de sancionar los escraches

Exacto. Esto de los acosos (me niego a llamarlos de otra forma, y menos aún con un neologismo que proviene de vaya ud. a saber dónde) es como si un odontólogo no te deja satisfecho con su trabajo y en vez de reclamar o, si la cosa es más grave, denunciarle, te didicas a seguirle a su casa con algunos de tus amigos para molestar y acosar al odontólogo y a su familia.

La Justicia está (o debería estar) para algo. Si los ciudadanos nos la saltamos e intentamos tomárnosla por nuestra mano, luego a ver con qué legitimidad vamos a poder decir que si la Justicia esto o la Justicia aquello, que si es lenta o parcial, etc.

#7

Re: Que pensáis de sancionar los escraches

No sólo la irretroactividad. Tampoco puede existir delito o pena sin ley "nullum crimen, nulla poena sine praevia lege" (principio de legalidad)
La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.