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Conviene no poner a un segundo titular?

24 respuestas
Conviene no poner a un segundo titular?
Conviene no poner a un segundo titular?
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#9

Re: Conviene no poner a un segundo titular?

Exactamente!.

Teóricamente es así. Siempre he tenido la duda de, hasta qué cantidad es o no una donación. Llevo la cosa a los extremos:

Mi mujer me hace una trasferencia de 100 euros a mi cuenta ¿es una donación?. Menuda pregunta absurda, todo el mundo diría que no. Y si son 200; que tontería!, y 2000 uy?, 10.000 (hombre claro, es una cantidad importante). Esto es completamente subjetivo, sería interesante saber donde pone, negro sobre blanco, el límite legal a esto.

Respecto tus dudas de que las CCAA puedan "pescarte", te doy la razón, yo diria que es casi imposible (salvo que hagas burradas de traspasar medio kilo en un año). Al estado supongo que poco le importa esa historia ya que son las CCAA, las CCAA están mal gestionadas y habrá que ver como tratan la información que les envia hacienda sobre esto, y los bancos?. Además, tu incremento de patrimonio podría ser por rendimientos del trabajo, cosa que la CCAA posiblemente no sepa, tendría que investigarlo antes de enviarte una liquidación. Dicho de otra forma cualquiera que ahorre 10.000 euros (por ejemplo) hacienda CCAA podría mirarlo, pero haria falta millones de funcionarios y un sistema de información perfecto entre bancos-hacienda estado-hacienda ccaa;

De acuerdo también, plenamente, con tu último párrafo.

Un saludo.

Método, disciplina y tiempo

#10

Re: Conviene no poner a un segundo titular?

gracias a todos por sus opinioones, me ha quedado bastanet claro el tema de sucesion, lo mejor seria ponerlo como autorizado entiendo.
gracias!

#11

Re: Conviene no poner a un segundo titular?

Opciones tienes muchas. lo importente es tener claro el estatus de una forma u otra, y las posibles ventajas y/o problemas (que no tiene que haber ninguno).

un saludo.

Método, disciplina y tiempo

#12

Re: Conviene no poner a un segundo titular?

Si tu fallecieses y él tiene tus claves, sea o no sea titular, siempre podria esperar al vencimiento y entonces traspasar todo a otra cuenta en la que si sea titular.
Los del banco no se van a enterar que te has muerto si anguien no se lo dice. El banco tiene que bloquear la cuenta si se entera, pero no tiene la obligación de estar enterado.

#13

Re: Conviene no poner a un segundo titular?

Si, pero te olvidas de algo.

Si tu tienes las claves y sacas el dinero, y yo soy heredero legítimo y se lo que has hecho, te planto una denuncia por alzamiento de bienes de tomo y lomo. (ya que estás decidiendo sobre un dinero que no es tuyo, legalmente es de los herederos). Lo que si puedes es, presentarte ANTES del fallecimiento (tipicos padres muy mal....) en el banco y retirar dinero en efectivo como autorizado. Entonces si puedes hacerlo con todas las de la ley ya que tu estás autorizado por el propietario (vivo).

Evidentemente si el banco no se entera no puede bloquera nada. He conocido el caso de familias que, en el momento del fallecimiento, y cuando digo momento digo a las 2 horas se han personado en el banco a informar con el parte de defunción y ordenar el bloqueo de toda cuenta hasta adjudicación de herencia. El banco le da a una tecla y bloquea todo.

Estos temas son interesantes y a la vez delicados. Normalmente no tiene que pasarn nada, lo que tu dices de hacer es muy lógico y típico y lo hace "todo el mundo", pero hablo desde la óptica de tener alguna movida rara familiar....

Un Saludo!

Método, disciplina y tiempo

#14

Re: Conviene no poner a un segundo titular?

Te comento mi opinión:
Si tienes separación de bienes y quieres realmente llevar las economías diferenciadas está claro que debes poner a cada uno de titular de su patrimonio y presumiblemente poner al otro conyuge de autorizado.
Si tienes régimen de gananciales (o separación de bienes pero llevais todo mezclado, algo muy habitual) os aconsejo que hagais depósitos al 50% a nombre de un solo titular y con autorizado al conyuge, es mucho más cómodo para toda la operativa.
De todas forma no hay que confundir la cuestión, una es como me preparo para operar y otra es a qué conyuge "designo" como titular de cada bien; esto último tiene una trascencencia económica, fiscal y en herencias mucho mayor que la meramente operativa.

#15

Re: Conviene no poner a un segundo titular?

Me desvio un poco del tema central pero paso una consulta ya que veo buenos conocimientos por vuestra parte.
Yo que soy de ciudadania norteamericana tengo una cuenta de euros en un banco español. He puesto de persona autorizada a mi hermano que es español.No tengo ningun problema.
Pero al abrir una segunda cuenta tambien como extranjero en otro banco español estos me dicen que no puede poner
como persona autorizada en la cuenta a un español.
No se si seran normas internas de cada banco ? Gracias Juan Ma

#16

Re: Conviene no poner a un segundo titular?

Lo normal en estos casos y para estar tranquilo es tener hecho testamento entre conyuges, con lo que en caso de fallecimiento de uno siempre es para el otro que queda. Para poner otra variante al tema, yo pregunto: En vez de hacer por ejemplo, un depósito de 20.000 euros a nombre de los dos, no es mejor hacer dos depósitos de 10.000 euros a nombre de cada uno y poniendo como autorizado al otro? Con ello se evitarian estos problemas y además tendriamos la ventaja de poder disponer de una parte del dinero en caso de necesidad (se pueden hacer también 4 depósitos de 5.000 euros, por ejemplo, pero siempre repartiendolos entre los dos iguales). No sé si me he explicado bien!
Saludos.

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