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Conservación piso alquiler

10 respuestas
Conservación piso alquiler
Conservación piso alquiler
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#1

Conservación piso alquiler

Hola a todos. Me gustaría asesoramiento sobre un asunto de conservación en una casa de alquiler en la que resido como arrendatario desde hace un mes y veinte dias. En el apartado de Conservación de la Vivienda Arrendada del contrato de arrendamiento se establece que “las reparaciones necesarias por el uso ordinario, después de los dos primeros meses de la fecha de inicio del arrendamiento, serán de cuenta del arrendatario”.

Lo que quería preguntar es:

1º) ¿Se incluye en el concepto “conservación de la vivienda” y “reparaciones por uso ordinario” la sustitución de un somier que cruje al más mínimo movimiento? Llega a tal extremo que después de haberse levantado de la cama continúa crujiendo a ratos y solo con moverme durmiendo cruje tanto que me despierta a veces. Las láminas se mueven ostensiblemente y hay un adhesivo en el somier de un acontecimiento deportivo de 1992 todo lo cual me hace pensar que no es que yo sea un quejica sino que llevo razón ya que nunca he tenido un somier tan “cantarín” como este. Lo he notificado a la inmobiliaria en la que firmé el contrato de arrendamiento para que lo comuniquen al propietario pero de esto hace ya una semana y no me han respondido aún.

2º) Si las respuestas al punto 1 arriba son afirmativas, ¿implica que corren por cuenta del arrendador esas reparaciones/sustitución puesto que aún estoy en los dos primeros meses de alquiler?

¡Gracias!

#2

Re: Conservación piso alquiler

En el alquiler hay que entender dos tipos de gastos, unos de ellos corren a cargo del arrendatario y otros a cargo del arrendatario.

Aquellos gastos por un uso deficiente o mal uso del inquilino corren a cargo de este.
Los de un uso ordinario corren a cargo del arrendador.

Pero como habeis firmado un contrato, algo abusivo en ese sentido lo que pone en esa clausula, tiene prioridad lo que dice el contrato. Yo entiendo claramente que corresponde claramente al arrendador el pago de un somier que está defectuoso y ello pese a la clausula que ha puesto ya que estás en los dos primeros meses de contrato.

#3

Re: Conservación piso alquiler

Gracias por tu respuesta, Magallanes. Yo lo entiendo así también, pero me huelo que no va a ser tan fácil. En caso de recibir respuesta negativa, ¿alguien sabe dónde podría reclamar?

#4

Re: Conservación piso alquiler

Sin saber si le aplica a este caso porque no soy abogado, hay clausulas del contrato que aunque estén firmadas por ambas partes, son nulas de derecho, porque generan indefensión de alguna de las partes. Me parece que alguna es lo de los 5 años que puede permanecer el inquilino y el incremento anual del alquiler en ese período.
En mi opinión el somier, le correspondería pagarlo al arrendador si está incluido dentro del mobiliario. Si se niega, compra uno, que se lleve el antiguo y al finalizar el alquiler te lo llevas o lo rompes.

#5

Re: Conservación piso alquiler

Mira en el contrato si en caso de discrepancia teneis que acudir a un órgano conciliador.

En determinados alquileres, por ejemplo si se hace a través de la Comunidad Autónoma esta puede mediar.

#6

Re: Conservación piso alquiler

Gracias por las respuestas. Como me imaginaba, "no le viene bien" el gasto según me ha comunicado la chica de la inmobiliaria.

#7

Re: Conservación piso alquiler

No es que sean nulas, es que la normativa, en este caso la LAU del 94 está por encima de lo que pactemos tú y yo. Así lo entiendo yo.

Método, disciplina y tiempo

#8

Re: Conservación piso alquiler

En primer lugar, olvídate de la inmobiliaria. Ellos son meros intermediariso y cuando se alquila el piso acaba su trabajo. Bajo mi punto de vista tu casero debe cambiarte el somier ya que está integrado dentro del inventario de cosas alquiladas y manifiestamente está en mal uso.

Dicho esto, yo me pondría directamente en contacto con el propietario con dos salidas.

a) que vea por las buenas que hay que cambiarlo, que sea una persona sensata y que lo cambie.

b) si esto no funciona, le notificaría mediante burofax que el somier está roto, echaría varias fotos y le daría una semana para cambiarlo. Pasada esa semana compraría yo uno y se lo descontaría del alquiler. Si quiere, que te meta en el juzgado y te ponga una demanda de desahucio por el impago de 100 euros que ya tendrás tiempo de defenderte. Además, si mal no recuero la LAU (buscalo y míralo) permite esa actuación para reparaciones urgentes. ¿qué es urgente?, desde luego algo que te ocasiona no dormir para mi es urgente.

Ponte en tu sitio y defiende tus derechos que los caseros los hay excelentes y los hay que parece que te están haciendo un favor por "dejarte" vivir en su casa.

Recuerda que ambas partes están reguladas por un marco jurídico que es vuestro contrato y la LAU.

Respecto al comentario de "ahora no le viene bien", si eso me lo dicen a mi, arde Roma por los cuatro costados como pasó con Nerón, y me quedo corto.

Suerte.

Método, disciplina y tiempo

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