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Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?

6 respuestas
Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?
Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?
#1

Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?

Buenos días ante todo.

Al hilo de una operación fraccionada que comenté anteriormente de Telefónica, cara a la declaración, aquí a continuación la expongo a ver si os parece correcta:

29/04/10 Compro 20 ac. a 16.68 + 6.17 por 339.77€
14/05/10 Compro 15 ac. a 15.445 + 4.74 por 236.415€
16/06/10 vendo 15 ac. a 16.12 - 4.74 por 237.06€ Aquí era donde yo creía que vendía las últimas 15 y no de las 20 primeras.
05/07/10 compro 80 ac. a 15.20 + 6.44 por 1222.44€ Siguiendo los consejos de comprar paquetes más amplios.
08/07/10 vendo las 100 ac. a 16.18 - 6.54 por 1611.46€

Valor de las tres compras: 1798.625€
Valor de las dos ventas : 1848.52€
Resultado total: 49.895 €

Esto sería así cara a la renta?? Gracias por vuestra paciencia.
Aviso que ahora que se algo más hago un poco mejor las cosas
Por ejemplo de Prisa tenía 200 + 200 ac. y cuando pude vendí las 400 juntas pa no liame tanto.

Saludos.

#2

Re: Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?

En realidad si nos ponemos puristas tendrias que declarar las perdidas y las ganancias por separado y las acciones que vendes son siempre las primeras que has comprado. La comision no la cuentas en esto. Me explico:

- Perdidas: 15 acciones (29/04/10) compradas a 16.68 y vendidas a 16.12 (16/06/10). resultado: -8.4 euros.

- Ganancias: 5 acciones (29/04/10) compradas a 16.68 + 15 acciones compradas a 15.445 + 80 acciones compradas a 15.20 = 1531,075. Vendidas a 16.18. Ganancia total: 86.925.

Ganancia patrimonial total: 78.525 euros.

Las comisiones, en principio puedes incluir una parte de ellas en el apartado de gastos necesarios para el mantenimiento de las inversiones, esto tambien reduce impuestos. La verdad, no recuerdo si te reduce la base imponible o es una deduccion y no tengo aqui acceso al programa.

De todas formas, tampoco creo que si pones el resultado total de ganancias y perdidas vayas a tener ningun problema. A lo mejor es que yo soy un poco neura para esto, siendo en el mismo ejercicio si declaras una ganancia total de 78.525 euros no creo que vayas a tener ningun problema, a mi me parece mas bien una cuestion burocratica. La normativa, de todas formas, deja claro que se considera que se venden antes las que se han comprado antes (especialmente importante cuando llevas acciones de un ejercicio a otro).

Saludos

#3

Re: Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?

Hola, gracias por contestar.
Veo que las operaciones las haces sin ningún tipo de comisión; a mi me contáronme por el foro que cara a hacienda la compra era el valor de la acción más la comisión total, y el precio de venta era el valor de la venta menos las comisiones totales. Me imagino que de hay la diferencia entre los 48.89€ que me salen a mí y los 78.525€ que te salen a tí. ¿Cúal es la correcta?
Respecto a esa parte que mencionas de las comisiones supongo que es porque tu en principio no las cuentas, ¿Qué % sueles incluir, de las de compra, venta, o del total? Queiro decir que si al tum tum. Todo esto hablando siempre de hacer bien las cosas, los truquitos que estén al borde de lo legal prefiero ignorarlos.
Si es como tu dices que las comisiones no se cuentan va trabajo que tengo, porque en la tabla de excel que tuve una tarde entera apuntando todes les operaciones hicelas todas como te explico arriba.

Gracias por tu ayuda.

#4

Re: Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?

Te voy a contestar lo que yo he entendido siempre y te explico los motivos, aunque si esto lo preguntas en el foro de fiscal estoy segura de que habrá gente mucho más experta que yo en estos temas. De todas formas, si te quedan dudas, lo mejor es preguntar en la Agencia Tributaria, que te van a atender encantados y van a resolver tus dudas.

Casilla 030 de la declaración: Gastos de administración y custodia de valores. Aquí es donde van las comisiones.

Corto y pego del manual de renta 2009:

En su caso, se consignará en la casilla 030 el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendi- mientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro, que serán, exclusivamente, los gastos de administración y depósito de valores nego- ciables de los cuales procedan los rendimientos ínte- gros computados.
A estos efectos, se considerarán como gastos de administración y depósito aquellos importes que repercutan las empresas de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras que, de acuerdo con la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, tengan por finalidad retribuir la prestación derivada de la realización por cuenta de sus titulares del servicio de depósito de valores repre- sentados en forma de títulos o de la administración de valores representados en anotaciones en cuenta.
No serán deducibles las cuantías que supongan la contraprestación de una gestión discrecional e indivi- dualizada de carteras de inversión, en donde se pro- duzca una disposición de las inversiones efectuadas por cuenta de los titulares con arreglo a los mandatos conferidos por éstos.

Si te fijas, las comisiones te las restan DIRECTAMENTE e INTEGRAMENTE de los rendimientos al hacer la declaración, es decir, el resultado final es que tributas unicamente por las ganancias totales, con lo cual al final en tu caso sólo pagas impuestos por los 48,89 euros, pero eso es por incluir los casi 30 euros de comisiones en la casilla 030, no haciéndolo directamente en los apartados de las acciones. Esto es porque el resultado neto se calcula con la suma de los beneficios menos la casilla 030. Esto es importante porque a mí, por ejemplo, me incluyeron comisiones que había pagado en los datos fiscales que me envió Hacienda, esto tiene sentido porque una parte de las comisiones las cobra el Estado, así que ellos tenían esos datos, pero tuve que poner los resultados de las acciones yo solita. Si incluyes los resultados de las acciones restando la comisión directamente estás deduciéndote la comisión dos veces y esto es probable que a Hacienda no le guste demasiado.

Al final el resultado es el mismo, pero las casillas en las que tienes que ponerlo son diferentes y van por separado. Vamos, que tú vas a tributar sólo por los 48,89 euros, pero tienes que declarar por un lado las ganancias de 78,525 y por otro las comisiones de 29,635.

Por cierto, ¿tu banco/caja/broker no te envía toda esa información a final de año? Es que a mí me incluyen incluso las comisiones fiscalmente deducibles en un bonito apartado por separado, y la verdad es que no es un sitio especialmente "moderno"

Saludos

#5

Re: Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?

Vamos a ver si aclaramos algo, porque se están revolviendo conceptos de comisiones a la hora de tibutar a Hacienda:
En la casilla 30 irán las COMISIONES DE ADMINISTRACIÓN Y CUSTODIA DE VALORES, es decir lo que el banco cobra por la custodia y por el cobro de dividendos, ésto se reflejará perfectamente en la información fiscal del banco y... Estos gastos se descuentan de los RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBLIARIO apTDO 30 , PAG 3 DE LA RENTA.

Otra cosa bien distinta son las comisiones por la compra y venta de acciones, que éstas ,de cara a Hacienda hay que sumarlas a la compra (como mayor valor de compra) y restarlas a la venta(como menor valor de venta) . Y ésto se refleja en la Declaración en un apartado bien distinto: esto va en GANANCIAS Y PÉRDIDAS DE PATRIMONIO DERIVADAS POR LA TRANSMISION DE ACCIONES O PARTICIPACIONES NEGOCIADAS EN MERCADOS OFICIALES.. PAG 9 APTDO G2 (estoy mirando renta del 2008 por tenerla más a mano, pero esto no cambia nunca)
No tienen que ver nada unas comisiones con las otras...
De todas formas te remito a un post anterior donde te puse un ejemplo de cómo tributan la venta de acciones...
Espero haber aclarado algo.. y Tranquilo, Ptatu.. que cuando venga la información fiscal del año que viene.. es todo más sencillo de lo que te parece actualmente (sobre todo si solicitas la información fiscal a Hacienda)
Saludos a ambos

#6

Re: Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?

Muchas gracias por la aclaración. Al final resulta que la que hecho mal la declaración (a favor de Hacienda, por desgracia) este año he sido yo... En fin, mucho leer la información de la Agencia Tributaria y al final... Pido disculpas.

#7

Re: Operación fraccionada cerrada, ¿Podéis supervisarla?

Gracias a ambos, como este es el primer año, todavía no se que es lo que me va a mandar la caja Rural de Asturias y lo que no me va a mandar. Y claro que en principio toy un poco neura ya que hasta ahora mi declaración era muy simple y me la hacía el chico de la caja, y tengo miedo que este próximo año le quede grande y no sepa o no quiera hacérmela, ya que esta última, solo con lo que cambio el programa padre tuvo un montón de problemas para hacerla. En lo que dice Pelos yo hablo de las comisiones de compra-venta, ya que hasta ahora por custodia no me han pasado nada.
Gracias de nuevo.