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Abengoa levanta el vuelo

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Abengoa levanta el vuelo
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Re: Abengoa y AbengoaB, forma de aflorar perdidas o hay otra solucion?

Buenos días compañero.

Respecto a tu primera compraventa de 2012 y venta en 2017, entiendo que ya no puedes hacer nada en principio, fiscalmente hablando.
Tuviste pérdidas que ya no puedes compensarte en la declaración de renta. No sé si te quedan más acciones de serie A sin vender, ya que comentas que compraste 500 y luego vendiste 512....
Por lo que se refiere a las acciones compradas en 2015 de 5000 títulos de serie B, no indicas cuando las vendiste y dices que fueron 7060 acciones. Ello es importante, ya que creo que podrías compensarte si las vendiste en los ejercicios 2019 y 2020, antes de que Abengoa fue suspendida de cotización en julio de 2020.

Hacienda permite compensar pérdidas con ganancias durante los cuatro años siguientes a que se produzca. Esto quiere decir que tendrías cuatro ejercicios para ir minorando esas pérdidas.

Por lo que atañe a los warrants, ahí están y pudieran tener un valor, ya que serían canjeables por acciones. Para ello, el gobierno debería compensarnos de la manera que estimase oportuna y que estamos reivindicando los damnificados, sumándonos a la iniciativa del art. 373.

En resumen, si te quedan acciones por vender y/o los warrants, estás en la misma situación de muchos accionistas afectados, que para recuperar lo que nos han descaradamente usurpado, han iniciado acciones legales a través de bufetes de abogados, o se están adhiriendo a nuestra solicitud de aplicación del art. 373 de la ley de sociedades de capital, de la que voy informando asiduamente y te copio enlace:

https://www.change.org/p/gobierno-de-espa%C3%B1a-abengoa-por-la-salvaci%C3%B3n-de-la-empresa-y-sus-trabajadores/u/32191195?recently_edited=true

Asimismo, aquí tienes email informativo donde dirigirte para más información:

[email protected]

Finalmente, te anejo más referencias sobre los warrants, publicadas en la página web de Abengoa hace unos pocos años:

https://www.abengoa.com/web/es/accionistas_y_gobierno_corporativo/proceso-reestructuracion-financiera-plan-viabilidad-abengoa/preguntas-respuestas/atencion-accionistas/#det2_2

 
Como parte del Contrato de Reestructuración se acordó la entrega a los accionistas pre-existentes de Abengoa de un número de warrants igual al número de acciones que tuviera de Abengoa.

  • ¿Quién tiene derecho a recibir los warrants?
    Todos aquellos accionistas de Abengoa que lo fueran el día 27 de marzo de 2017 tienen derecho a recibir estos warrants. Hay que tener en cuenta que las operaciones en mercado de capitales suelen tardar dos días en liquidarse, lo que quiere decir que las compras realizadas por ejemplo el viernes 24 no estaría completada hasta el martes 28 y por tanto no sería accionista registrado el lunes 27 y no tendría derecho a recibir warrants.
    De la misma forma, las ventas realizadas el viernes 24 no estarían completadas hasta el martes 28 y por tanto, sí sería accionista registrado el lunes 27 con derecho a recibir warrants.
  • ¿Qué es un warrant?
    Un warrant es un título que da derecho a comprar una acción en un momento futuro a un precio determinado. A los accionistas con acciones clase A se les han entregado warrants clase A que dan derecho a comprar acciones clase A; mientras que a los accionistas con acciones clase B se les han entregado warrants clase B que dan derecho a comprar acciones clase B.
    El warrant da el derecho a comprar acciones de Abengoa a su importe nominal, independientemente del precio de cotización en el momento del ejercicio. El importe nominal es 0,02 para acciones de clase A y 0,0002 para acciones de clase B.
  • ¿Cuándo puedo ejercitar el warrant?
    El warrant no puede ser ejercitado hasta 96 meses después del fin de la reestructuración el pasado 31 marzo 2017, es decir en 2025. Una vez pasado ese plazo mínimo, y sujeto a que se hayan cumplido ciertas condiciones de repago de deuda, se tendrán hasta 3 meses para ejercitarlo. A partir del mes 99 si no se han ejercitado, los warrants expirarán.
    Durante el periodo de no ejercicio, existe la posibilidad de comprar o vender warrants ya que desde el pasado 31 de marzo 2017 éstos cotizan en el mercado de bloques de la Bolsa de Madrid. Los warrants son títulos independientes de las acciones y se negocian (compran / venden) de manera independiente. Para más información sobre la operativa en el mercado de bloques debe ponerse en contacto con su entidad custodio.

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Cualquier duda, aquí estamos para ayudarnos.

Salud!





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