Acceder

¿Hasta cuánto te pueden embargar?

25 respuestas
¿Hasta cuánto te pueden embargar?
¿Hasta cuánto te pueden embargar?
Página
3 / 4
#17

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

No sabría decirte a que se refiere el director del banco, ya que no es lo mismo “liquidar” que “ceder” o “dar”. Puedes estar seguro que, sea lo que sea, la propuesta que te haga sólo estará enfocada en beneficio del banco, cosa lógica por otro lado. De todas maneras no será malo escuchar lo que puede ofrecerte. En cuanto al tema de la subasta: En la escritura ha de figurar expresamente un precio de tasación de la finca en caso de subasta. Este precio acostumbra a coincidir con la tasación que se realizó para la compra del piso y será el valor de salida de la finca en una hipotética subasta. En el caso que la subasta quedase desierta (no hubiera ningún postor), y en última instancia, el banco puede adjudicarse la finca por el 50% del valor de esa tasación. Artículo 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por el 50 % de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos.
Para cualquier duda sobre el proceso de subasta puedes dirigirte al maestro en estos temas: Tristán el Subastero. En todo caso te deseo suerte en este problema. Un saludo
#18

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Pero estas ordenes pueden ser también a futuro para todos aquellos saldos que figuren en una cuenta, hasta cubrir la deuda declarada.

#19

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Las ordenes de embargo sobre una cuenta solo pueden ser sobre el saldo existente en el momento de la traba.

Es como si te embargan el coche, solo pueden embargarte ese coche. Si te compras otro, y sigues debiendo dinero, se necesitará nueva orden de embargo para volver a trabar el nuevo vehículo.

Un matiz sobre una respuesta anterior (post 16 de este hilo). El embargo sobre una cuenta no tiene en consideración, a priori, el origen de los saldos. Es decir, no tiene en cuenta si el dinero proviene de nómina o pensión, con lo que se puede embargar la totalidad que corresponda al titular deudor.

Ahora bien si el deudor acredita que dichos saldos provienen exclusivamente de su salario, o pensión, se tendrán que respetar los mismos criterios, los mismos límites, que para el embargo de nómina (hay jurisprudencia menor de tribunales superiores de justicia que así lo avalan y también es una recomendación del Banco de España hacia las entidades bancarias). Eso si, la carga de la prueba recaerá siempre en el deudor.

Un saludo

#20

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Hola, Tengo una pregunta en la que tal vez puedan ayudarme u orientarme.
Tengo dos productos en el banco, una cuenta y un préstamo de coche. La cuenta la tengo en negativo cerca de 150 días por un importe de 1700€. El préstamo por el contrario, lo tengo al día, pago las cuotas puntualmente. El tema es que no puedo pagar los 1700€ que adeudo en la cuenta en un solo pago. Vengo haciendo pagos parciales de 100, 200, 700€ (inicialmente debía 2600€, he logrado bajarla a 1700€), pero sin embargo me llama la empresa de cobranza todas las semanas y me dicen que si no pago todo el importe el banco me abrirá un expediente judicial y me cobrará el importe total de la cuenta más lo del préstamo (cerca de 5000€). Yo he tratado de hablar con el director del banco pero nunca he logrado hacerlo por diversos motivos (vacaciones del director, viajes de trabajo por mi parte, festivos, etc.). Mi pregunta es: es cierto que el banco puede abrirme un expediente judicial y cobrarme la totalidad de la deuda, a pesar de mi voluntad de pago? Que puedo hacer en este caso?

Muchas gracias por su respuesta.

Un saludo.

#21

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Hola solo quería hacer un inciso sobre que los extranjeros se van y dejan y dejan aquí las deudas,pero es que no de otra al quedarse sin trabajo,los bancos se quedan con sus propiedades y con eso tendría que bastar para cancelar la deuda,pero ya no solo para los extranjeros si no para los foráneos,banco es sinónimo de robo,usureros,por tanto no empecemos a echar culpas a un colectivo que lo único que hizo fue ayudar a que este país estuviera fuera prospero y rico,por un tiempo.

#22

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Estoy a punto de ser embargado por una deuda de 11000 euros... Tras dos años sin empleo voy a trabajar en reino unido pero necesito abrir una cuenta bancaria alli para el tema de la nomina... podria tener algun problema para abrir una cuenta bancaria alli? y si la abro podrian embargarmela facilmente??

#23

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Hola.

Yo estoy pensando lo mismo y no sale a cuenta"las entidades financieras son unos delincuentes que llevan siglos robando y lo tienen todo mas que estudiado". No puedes salir del sistema porque vives en el"como un pez dentro del agua y fuera de el morirás
"Si no pagas debes de por vida y da igual el camino que elijas todo esta arreglado que seas un esclavo y no tengas ninguna propiedad. Ni tu ni los hijos de tus hijos.

Para salir del sistema tienes que salir de él,porque sino te has dado cuenta estas dentro de el te guste o no. Trabajarás toda tu vida y nunca tendras nada, pero no te preocupes ellos no te quieren muerto"aprietan pero no ahogan porque ellos quieren un esclavo no un muerto"y por supuesto cuando mas sumiso seas y respetes las normas mejor te tratarán. Si te pones rebelde y intentas algo como vender droga o hacer a puestas o cualquier tipo de negocio del que ellos no saquen beneficio,te meterán en las cárcel. ¡Qué es lo que les pasa a los gitanos!

#24

Re: ¿Hasta cuánto te pueden embargar?

Hola.tengo la pension embargada por una deuda con una reducción por cargas familiares.No tengo bienes y mi pensión es el único ingreso.Ahora me ha llegado otro embrago por una entidad que ha comprado una deuda de un descubierto de la tarjeta del año 2000.En todos estos años nadie me ha reclamado la deuda.Ahora a pesar de tener la pensión embargada,me embargan el poco saldo que tengo en la cuenta del banco que procede de la pensión.Tenía entendido que hasta que no termine un embargo no puede empezar otro ya que los límites que marca la ley se cumplen.
Saludos