Esto que dices sería correcto si no se hubieran cobrado las comisiones en la cuenta, pero no es el caso. Las comisiones SÍ que se cobraban y se cargaban, movimiento que venía reflejándose en la cuenta en cada liquidación.
Es tras la reclamación del cliente cuando se hace un apunte contrario a favor del cliente; es lícito pensar que, en la práctica, se presta el servicio de forma gratuita, pero a efectos del Banco de España, ya que nos ponemos legalistas, lo que ha habido es un cobro de comisiones según las tarifas establecidas y de acuerdo al contrato y luego un apunte contable de abono en el que el banco le ingresa un dinero al cliente.
Evidentemente no es que se esté prestando el servicio de forma gratuita, ni que se empiecen a cobrar servicios que antes no se cobraran, sino que el banco, graciosamente, le devolvía dinero al cliente, y ahora ya no lo hace. Pero cobrar, se cobraba tanto antes como ahora.
Se da además una circunstancia curiosa en estas retrocesiones, que no son tales, que juega a favor del banco y que poca gente conoce. El cliente lo que ve es un apunte de, pongamos, Comisión de Mantenimiento -9,50 euros y luego otro contrario de, digamos, Apunte Contable +9,50; y tan contento. Pero en realidad, casi siempre, el -9,50 se corresponde a 10 euros de comisión menos LOS INTERESES A FAVOR DEL CLIENTE, que también se abonan en estas liquidaciones. No es mucho dinero, pero el banco, debido a que en realidad no es una devolución de comisiones sino un ingreso para que el cliente se quede contento, se lo queda. Y granito a granito...