Grado de autonomía de un director de sucursal
Quisiera tener un poco de información sobre este tema. La cuestión es la siguiente: se retira una cantidad de un fondo de pensión sin que el titular se persone en la sucursal. Concretamente un hijo aporta una solicitud firmada por la madre. No es hijo único y la señora es mayor, tiene alzeimer y no está incapacitada legalmente. Todo ello es conocido por el director de la sucursal ¿cual es el correcto proceder? La duda me ha asaltado porque en un caso similar hace unos años la mujer mayor interna en una residencia, ahora ya fallecida, necesitaba que su hijo único pudiera cargar en la cuenta el recibo bonificado de la tercera edad de la telefónica de entonces en una libreta de ahorros. La solución fué que un empleado de la sucursal se desplazara a la residencia para que la mujer firmara la autorización en el momento. No sirvió la que se le aportó con el dni original. Gracias