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Embargo cuenta nómina

15 respuestas
Embargo cuenta nómina
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#1

Embargo cuenta nómina

Buenas tardes el més pasado me embargaron una cantidad para pagar la luz y hoy al realizar otro ingreso para pagar el teléfono también me lo han embargado se que son entidades diferentes de embargo pero mi pregunta es me van a embargar todos los meses para realizar pagos?
#2

Re: Embargo cuenta nómina

Mientras tengas la deuda....
#3

Re: Embargo cuenta nómina

Es obvio que si debes un dinero a esas compañías, lo suyo es pagarlo ¿no?

Lo ideal cuando no se pueda hacer frente a las deudas, sería hablar con las compañías para tratar de alcanzar una cuerdo para pagarlo de una forma que te sea posible... y si no se ha hecho eso o no se ha podido llegar a un acuerdo, pues se llegará al embargo, que te descontarán mes a mes sobre lo que excede de importe inembargable que establece la ley.

Míralo por el lado de: "Dinero que te embargan, parte de la deuda que te desaparece", eso sí controla mucho el gasto de teléfono, luz etc... para que lo que baje sea superior a lo que sube...
Dentro de lo posible, y desconociendo obviamente tu caso, hay que tratar de ser lo más responsable posible con las cosas del comer..
#4

Re: Embargo cuenta nómina

Si te parece te lo pagamos nosotros ..
#5

Re: Embargo cuenta nómina

..... No des ideas..... 
#6

Re: Embargo cuenta nómina

Tu eres muy listo y si no digas nada ni insultes ni faltes el respeto ya lo pago yo cuando pueda pero en mi favor diré que cree una empresa que dio de comer y trabajo a mucha gente y si no sabes de qué va el tema te agradezco que no insultes un saludo y que nunca te falte de nada que a mí no me lo vas a pagar ni falta que me hace tu respuesta 
#7

Re: Embargo cuenta nómina

No acepto insultos yo se lo que debo y a quien debo si no aportas bien aparta y deja a la gente en paz menudo asco de comentario 
#8

Re: Embargo cuenta nómina

No veo ningún insulto .. si las finanzas las dominas igual que el léxico normal que te haya ido mal . Un saludo 
#9

Re: Embargo cuenta nómina

Dominó el léxico y las finanzas y si tu eres tan inteligente,y te va muy bien en la vida me alegro por ello pero aquí estaba preguntando no para que me critiquen yo se lo que debo ,y también se lo que pasará pero preguntar aún se puede en este país sin que te lo paguen los demás ? Se puede o no contestame y muchas gracias por tus sabios consejos 
#10

Re: Embargo cuenta nómina

Solo espero que no te veas en ninguna situación complicada y que seas un máster de las finanzas un saludito 
#11

Re: Embargo cuenta nómina

Preguntar es gratis, y responder como uno quiera mientras en este país seudo dictador de izquierdas me lo permitan también 
#12

Re: Embargo cuenta nómina

Seudo dictador?? Te estás retratando,pero no me gusta estás polémicas partidistas,Usted me responderá como guste,y yo podré contestar lo oportuno entiendo sin ser de ningún lado pero no acepto su respuesta de que usted me.lo paga las personas que preguntan están buscando una respuesta y muchas gracias por su aportación y ya se a quien no pedir consejos
#13

Re: Embargo cuenta nómina

Y por supuesto cada intent su casa sabe lo que hay y gracias por sus consejos un saludo enorme 
#14

Re: Embargo cuenta nómina

Correcto, no he sido yo quién se ha ofendido con la respuesta, sino usted. Buenas tardes y como recomendación le daría:
reestructuración, reparación o consolidación de deuda
#15

Re: Embargo cuenta nómina

Para embargarte ambas tiene que existir dos procesos , que yo sepa (no soy abogado) no existen los embargos colectivos o "multiconcepto". Entonces habrá un proceso en tu contra de una compañia eléctrica y otro de una compañia de telecomunicaciones, probablemnte se realizó a través de un proceso monitorio presentado en el juzgado de tu partido judicial, dos procedimientos separados.

En ambos casos el juzgado te notificó, de ello estoy absolutamente convencido, porque precisamente en proceso monitorio o el procedimiento verbal, no avanzan si no se ha notificado a la parte deudora. entonces el juzgado te otorgó 20 días habiles para responder, de ho hacerlo de manera casi automatica el/la juez/a dicta sentencia y comunica a la parte demandante (la electrica, la teleco o quien fuere) que el proceso está finalizado y pueden solicitar la ejecución de la deuda.

Cuando se ejecuta, lo habitual es pedir embargo de cuentas bancarias y no hay que saber siquiera en que banco se tiene cuenta, porque se solicita de los bancos y cajas adhericas al Consejo General del Poder Judicial, es decir abarca todas, salvo que alguna entidad no estuviera adherida ahí, cosa que desconozco si existe.

Si esto no da resultado, se pide el embargo de nóminas, que tiene la limitación del salario mínimo interprofesional inembargable, hoy 1.000 €.

Se puede pedir embargo de cualquier cosa, y no existe un orden establecido, pero para deudas de este tipo lo habitual es ir por lo fácil, primero las cuentas, luego la nómina, el veículo, pero este último tiene un problema, se puede hacer la anotación de embargo en los registros de tráfico, pero si se quiere precintar tiene el problema de que hay que localizarlo, luego llevarlo a un depósito, que no es gratis. 

Habrá sido casualidad, pero ambas compañías habrán pedido embargos casi en las mismas fechas. 

Antes de que preguntes, no, cambiar de cuenta bancaria no te va a solucionar el tema, porque el acreedor volvera a pedir embargo y la nueva cuenta está incluida en los registros. 

Me olvidaba ¿Qué pasa si uno se opone en los 20 días que le han  dado a la parte deudora?  primero no sirve con manifestar, esto ya lo pagué,  que el servicio era muy malo, etc., hay que demostrar eso, si se pagó, aportando al juzgado los comprobantes. Si el servicio era malo, las quejas presentadas, etc., si hubo incumplimentos del servicio, pues lo mismo, presentar documentación. Cuando ocurre esto de que la parte contraria se opone y aporta como mínimo indicios de tal disconfomidad, el tribunal abre juicio verbal para analizar quien lleva razón y sentenciar.