Si fuera mayor de edad:
1) Certificado de fallecimiento.
2) Últimas voluntades si las hubiera
3) Testamento si lo hubiera
4) Liquidación de impuestos o documento que acredite la exención de liquidar el IRPF (recuerda que los fallecidos pagan IRPF hasta la fecha de fallecimiento).
5) Documento privado de los herederos de aceptación de la herencia (diciendo a título individual si aceptan o si renuncian).
Si fuera menor de edad:
Como representante legal, aunque el titular sea el menor, tú operas en su nombre, y por tanto, aunque nunca se me haya dado el caso, dudo que haya que presentar documentación alguna del menor. Cosa distinta sería si fallecen todos los representantes legales.
He trabajado 3 años en banca, así que te hablo de los procedimientos internos que seguía en dicha entidad.