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Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

49 respuestas
Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.
2 suscriptores
Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.
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#16

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Una pregunta Nachocar. ¿Si accedes a la página de contratación, sigue manteniendo la oferta de 300 € o cambia a 150 €?

Gracias por adelantado.
#17

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

No, no sirven transferencias tipo nómina del mismo titular. En las condiciones lo refleja claramente. Ha de existir una relación laboral. dicen que lo comprueban cada 2 meses.

Salu2.
#18

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Está vigente la oferta de los 300€, pero para Asturias (desconozco si existe en alguna otra comunidad la misma oferta, en las bases pone que solo para residentes en Asturias). Hay que recordar que Abanca trató de comprar Liberbank (antigua Caja de Asturias -la que más peso tiene- + otras cajas) y no le salió bien. Ahora creemos que trata de quitarle clientes con esta promoción para tratar nuevamente el asalto.
 https://www.abanca.com/es/promo/domiciliacion-nomina-bases-300/ 
#19

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Ok. Gracias por ampliar la información.
#20

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Donde has visto esas condiciones?
Las que ponen en el enlace son cuatro palabras.
#21

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Entrando por abanca.com/madrid sigue saliendo lo de los 300 euros. Aquí indica que es hasta el 30 de Junio: https://www.abanca.com/es/promo/domiciliacion-nomina-bases-300-madrid/

Cuando lo hice hace unas semanas, no aparecía nada más de los 300 euros hasta que te llega el contrato para firmar. En ese momento puedes bajar el PDF y en uno de ellos está la promo de la nómina, que aceptas explícitamente y donde viene. Estos son los detalles que aparecen:

CONDICIONES PARTICULARES
Plazo duración compromiso: 24 meses
Importe mínimo mensual: 600,00 euros
Concepto comprometido: nómina/pensión
Contraprestación:
- ASTUR/MADRID-NOM/PEN-EFECTIVO 300 a entregar tras la recepción de la 1a nómina/pensión
Tratamiento fiscal:
- Retención: 70,37 euros
- TAE: 3,846 %

CONDICIONES GENERALES
PRIMERA.- OBJETO. El presente anexo tiene por objeto regular el Compromiso que la ENTIDAD y el CLIENTE adquieren como consecuencia de la
adhesión por parte de éste a la campaña "Domiciliación de nómina o pensión" promovida por la ENTIDAD.
SEGUNDA.- COMPROMISO DEL CLIENTE: El CLIENTE se compromete a domiciliar su nómina o pensión en la cuenta de la ENTIDAD consignada en el
recuadro PRODUCTO ASOCIADO, en las condiciones previstas en la condición general TERCERA, y a no modificar dicha domiciliación durante el plazo
mínimo establecido en las condiciones particulares a contar desde la recepción en la cuenta de la primera nómina o pensión y a mantener en dicha cuenta
un saldo medio trimestral acreedor.
A los efectos del presente COMPROMISO se considerará "nómina", las domiciliaciones del ingreso de cantidades que perciban con regularidad periódica
los trabajadores por cuenta ajena en concepto de haberes o rentas del trabajo con causa en una relación laboral o funcionarial, de importe mensual igual
o superior a la cantidad especificada en las condiciones particulares.
Asimismo y a los efectos de este COMPROMISO, tendrá la consideración de "pensión", la domiciliación del ingreso de cantidades que se perciban con
regularidad periódica por sus beneficiarios, bien en concepto de prestaciones previstas en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social
pública, bien en concepto de prestaciones mediante las que se materialice la ejecución de contratos de naturaleza privada, y que sean de importe mensual
igual o superior a la cantidad especificada en las condiciones particulares.
En todo caso, deberá tratarse de una nueva alta de domiciliación de nómina o pensión, quedando por tanto excluidas de la presente campaña las que ya
estuviesen domiciliadas en la ENTIDAD con anterioridad a la firma del presente COMPROMISO.
No tendrán la consideración de nómina o pensión las transferencias realizadas por el propio CLIENTE o los ingresos en efectivo o en cheques.
El CLIENTE comunica en este acto a la ENTIDAD las características y particularidades de los ingresos que va a percibir en concepto de nómina o pensión,
a fin de que éstos puedan ser identificados correctamente por la aplicación informática. El CLIENTE se compromete a que el importe de la nómina o
pensión domiciliado, se mantenga durante el plazo especificado en las condiciones particulares.
TERCERA.- COMPROMISO DE LA ENTIDAD: La ENTIDAD, por su parte, se compromete a entregar y beneficiar al CLIENTE con la contraprestación
indicada en las condiciones particulares consistente en:
i) La entrega de un producto o en un ingreso en efectivo en la cuenta indicada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO, en el plazo máximo de un mes
a contar desde que se reciba en la Cuenta la primera nómina o pensión por el importe mínimo indicado en las condiciones particulares. En caso de que
la contraprestación consistiese en la entrega de un producto, y durante el transcurso de la campaña se agotara, la ENTIDAD entregará otro de similares
características y calidad.
CUARTA.- IMPUTACIÓN FISCAL: La entrega del producto o el ingreso en efectivo por parte del la ENTIDAD al CLIENTE tendrá la consideración de
rendimiento de capital mobiliario, dinerario o en especie, para su perceptor, rendimiento que está sometido al correspondiente sistema de retenciones e
ingresos a cuenta de su imposición personal, conforme a la normativa tributaria vigente.
A estos efectos y de acuerdo con la citada normativa, corresponderá a la ENTIDAD la práctica de la retención correspondiente en caso de que se trate
de un rendimiento dinerario. Asimismo, en caso de que se trate de una retribución en especie, el valor de mercado será el consignado en las condiciones
particulares y corresponderá a la ENTIDAD la práctica del ingreso a cuenta indicado en las condiciones particulares aplicable, en su caso, cuya cuantía
será asumida por la ENTIDAD como mayor importe de la retribución.
QUINTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: Serán causas de resolución del presente COMPROMISO las siguientes:
1) Si no se recibe la primera nómina o pensión en la cuenta indicada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO en el plazo de 2 meses a contar desde la
fecha especificada en el recuadro LUGAR Y FECHA, o se recibe la nómina o pensión por un importe inferior al indicado en las condiciones particulares.
2) El cese de la domiciliación de la nómina o pensión en la cuenta consignada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO o que el importe recibido por dichos
conceptos durante dos meses consecutivos sea inferior al indicado en las condiciones particulares.
SEXTA.- RESOLUCIÓN DEL COMPROMISO.
6.1.- PENALIZACIÓN: En caso de resolución del presente COMPROMISO por alguna de las causas consignadas en la condición general QUINTA, la
ENTIDAD se lo comunicará al CLIENTE en el domicilio que en cada momento tenga comunicado a la ENTIDAD, viniendo éste obligado al pago, en
concepto de penalización, de un importe igual al valor residual de la contraprestación. Dicho valor residual será el resultado de multiplicar el VALOR
RESIDUAL MENSUAL DE LA CONTRAPRESTACIÓN por el TIEMPO RESTANTE DE COMPROMISO, que se definen de la siguiente forma:
1) VALOR RESIDUAL MENSUAL DE LA CONTRAPRESTACIÓN: la cantidad que resulte de sumar, (i) en caso de ingreso en efectivo, el importe de la
contraprestación indicado en las condiciones particulares y la retención indicada en las condiciones particulares, y (ii) en caso de entrega de un producto,
los importes correspondientes al ingreso a cuenta y coste de adquisición consignados en las condiciones particulares; y de dividir el correspondiente
resultado entre el plazo total de duración del COMPROMISO indicado en las condiciones particulares.
2) TIEMPO RESTANTE DE COMPROMISO: Número de meses completos que restan, a contar desde el momento en que se produzca el incumplimiento,
hasta el final del plazo del COMPROMISO.
En el caso de que se produzca la resolución del COMPROMISO el CLIENTE autoriza irrevocable y expresamente a la ENTIDAD a adeudar en la cuenta
especificada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO la citada cantidad o, de no haber saldo en dicha cuenta, en cualquier otra de la que sea titular.
SÉPTIMA.- TASA ANUAL EQUIVALENTE: A efectos meramente informativos se hace constar que el tipo de interés efectivo anual pospagable (TAE),
correspondiente al presente Compromiso, es el tanto por ciento especificado en las condiciones particulares. La TAE se ha calculado tomando como
valor de la remuneración el resultante de sumar el valor de la contraprestación y el ingreso a cuenta o retención, según corresponda, indicados en las
condiciones particulares, así como las comisiones devengadas por el mantenimiento de las Cuenta y bajo la hipótesis de que en la Cuenta se mantiene
un saldo medio mensual de 200 €, durante todo el plazo de duración del Compromiso, indicado en las condiciones particulares.
#22

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

La promoción está activa en Asturias y Madrid. 
#23

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Haz un amago de contratación y te aparecen las condiciones de la cuenta con domiciliación de nómina en PDF. De todas formas, no pierdes nada por tratar de hacerlo como tú quieres: lo único que tengas que devolver los 300€ que te pagan, ya que la cuenta es gratuita aunque no domicilies.
Eso sí, tened en cuenta que meten una tarjeta con gastos a partir del primer año...  tampoco supone mayor problema porque es cancelable, no es obligatorio mantenerla.

¡Ah! Y una cosa más, son 300€ limpios... es decir, te ingresan los 300€ + la retención (370,37€). Me he acogido varias veces a este tipo de promoción (o con regalos en especie) y siempre, siempre, había que descontar del "regalo" la retención. Aquí no es el caso.

Salu2.
#24

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

CONDICIONES GENERALES
PRIMERA.- OBJETO. El presente anexo tiene por objeto regular el Compromiso que la ENTIDAD y el CLIENTE adquieren como consecuencia de la adhesión por parte de éste a la campaña "Domiciliación de nómina o pensión" promovida por la ENTIDAD.
SEGUNDA.- COMPROMISO DEL CLIENTE: El CLIENTE se compromete a domiciliar su nómina o pensión en la cuenta de la ENTIDAD consignada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO, en las condiciones previstas en la condición general TERCERA, y a no modificar dicha domiciliación durante el plazo mínimo establecido en las condiciones particulares a contar desde la recepción en la cuenta de la primera nómina o pensión y a mantener en dicha cuenta un saldo medio trimestral acreedor.
A los efectos del presente COMPROMISO se considerará "nómina", las domiciliaciones del ingreso de cantidades que perciban con regularidad periódica los trabajadores por cuenta ajena en concepto de haberes o rentas del trabajo con causa en una relación laboral o funcionarial, de importe mensual igual o superior a la cantidad especificada en las condiciones particulares.
Asimismo y a los efectos de este COMPROMISO, tendrá la consideración de "pensión", la domiciliación del ingreso de cantidades que se perciban con regularidad periódica por sus beneficiarios, bien en concepto de prestaciones previstas en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social pública, bien en concepto de prestaciones mediante las que se materialice la ejecución de contratos de naturaleza privada, y que sean de importe mensual igual o superior a la cantidad especificada en las condiciones particulares.
En todo caso, deberá tratarse de una nueva alta de domiciliación de nómina o pensión, quedando por tanto excluidas de la presente campaña las que ya estuviesen domiciliadas en la ENTIDAD con anterioridad a la firma del presente COMPROMISO.
No tendrán la consideración de nómina o pensión las transferencias realizadas por el propio CLIENTE o los ingresos en efectivo o en cheques.
El CLIENTE comunica en este acto a la ENTIDAD las características y particularidades de los ingresos que va a percibir en concepto de nómina o pensión, a fin de que éstos puedan ser identificados correctamente por la aplicación informática. El CLIENTE se compromete a que el importe de la nómina o pensión domiciliado, se mantenga durante el plazo especificado en las condiciones particulares.
TERCERA.- COMPROMISO DE LA ENTIDAD: La ENTIDAD, por su parte, se compromete a entregar y beneficiar al CLIENTE con la contraprestación indicada en las condiciones particulares consistente en:
i) La entrega de un producto o en un ingreso en efectivo en la cuenta indicada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO, en el plazo máximo de un mes a contar desde que se reciba en la Cuenta la primera nómina o pensión por el importe mínimo indicado en las condiciones particulares. En caso de que la contraprestación consistiese en la entrega de un producto, y durante el transcurso de la campaña se agotara, la ENTIDAD entregará otro de similares características y calidad.
CUARTA.- IMPUTACIÓN FISCAL: La entrega del producto o el ingreso en efectivo por parte del la ENTIDAD al CLIENTE tendrá la consideración de rendimiento de capital mobiliario, dinerario o en especie, para su perceptor, rendimiento que está sometido al correspondiente sistema de retenciones e ingresos a cuenta de su imposición personal, conforme a la normativa tributaria vigente.
A estos efectos y de acuerdo con la citada normativa, corresponderá a la ENTIDAD la práctica de la retención correspondiente en caso de que se trate de un rendimiento dinerario. Asimismo, en caso de que se trate de una retribución en especie, el valor de mercado será el consignado en las condiciones particulares y corresponderá a la ENTIDAD la práctica del ingreso a cuenta indicado en las condiciones particulares aplicable, en su caso, cuya cuantía será asumida por la ENTIDAD como mayor importe de la retribución.
QUINTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO: Serán causas de resolución del presente COMPROMISO las siguientes:
1) Si no se recibe la primera nómina o pensión en la cuenta indicada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO en el plazo de 2 meses a contar desde la fecha especificada en el recuadro LUGAR Y FECHA, o se recibe la nómina o pensión por un importe inferior al indicado en las condiciones particulares.
2) El cese de la domiciliación de la nómina o pensión en la cuenta consignada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO o que el importe recibido por dichos conceptos durante dos meses consecutivos sea inferior al indicado en las condiciones particulares.
SEXTA.- RESOLUCIÓN DEL COMPROMISO.
6.1.- PENALIZACIÓN: En caso de resolución del presente COMPROMISO por alguna de las causas consignadas en la condición general QUINTA, la ENTIDAD se lo comunicará al CLIENTE en el domicilio que en cada momento tenga comunicado a la ENTIDAD, viniendo éste obligado al pago, en concepto de penalización, de un importe igual al valor residual de la contraprestación. Dicho valor residual será el resultado de multiplicar el VALOR RESIDUAL MENSUAL DE LA CONTRAPRESTACIÓN por el TIEMPO RESTANTE DE COMPROMISO, que se definen de la siguiente forma:
1) VALOR RESIDUAL MENSUAL DE LA CONTRAPRESTACIÓN: la cantidad que resulte de sumar, (i) en caso de ingreso en efectivo, el importe de la contraprestación indicado en las condiciones particulares y la retención indicada en las condiciones particulares, y (ii) en caso de entrega de un producto, los importes correspondientes al ingreso a cuenta y coste de adquisición consignados en las condiciones particulares; y de dividir el correspondiente resultado entre el plazo total de duración del COMPROMISO indicado en las condiciones particulares.
2) TIEMPO RESTANTE DE COMPROMISO: Número de meses completos que restan, a contar desde el momento en que se produzca el incumplimiento, hasta el final del plazo del COMPROMISO.
En el caso de que se produzca la resolución del COMPROMISO el CLIENTE autoriza irrevocable y expresamente a la ENTIDAD a adeudar en la cuenta especificada en el recuadro PRODUCTO ASOCIADO la citada cantidad o, de no haber saldo en dicha cuenta, en cualquier otra de la que sea titular.
SÉPTIMA.- TASA ANUAL EQUIVALENTE: A efectos meramente informativos se hace constar que el tipo de interés efectivo anual pospagable (TAE), correspondiente al presente Compromiso, es el tanto por ciento especificado en las condiciones particulares. La TAE se ha calculado tomando como valor de la remuneración el resultante de sumar el valor de la contraprestación y el ingreso a cuenta o retención, según corresponda, indicados en las condiciones particulares, así como las comisiones devengadas por el mantenimiento de las Cuenta y bajo la hipótesis de que en la Cuenta se mantiene un saldo medio mensual de 200 €, durante todo el plazo de duración del Compromiso, indicado en las condiciones particulares.
#25

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Efectivamente la tarjeta de crédito yo la cancelé en el momento de la contratación en la oficina, simplemente la rechacé y nunca llegué a tenerla. La cuenta clara se puede abrir y es igualmente gratis, lo que pasa que si quieres acogerte a la promo de los 300 € por la nómina te tienes que adherir a dicha promoción y firmar entonces la permanencia de los 24 meses, luego si cierras la cuenta antes de los 24 meses tendrás que pagar la parte proporcional que corresponda de los 300 € en función del tiempo transcurrido. 
#26

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Pues tras leer lo que se ha puesto antes de las condiciones particulares, creo que optaré por abrirla próximamente, una vez que me acabe la remuneración de Bankinter, y siendo residente en Madrid.

También tras compararla con la combinación de Nómina+Bienvenida de Openbank creo que la de Abanca merece más la pena (y por poder sacar 5 veces al mes gratis en cualquier cajero de la red Euro6000).

Deduzco, y dados los tiempos que corren, que se admiten prestaciones por desempleo como ingreso cuando se refiere a "bien en concepto de prestaciones previstas en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social pública".

Por otro lado, y en mi caso por tener menos de 35 años, tendría la Cuenta Clara Joven con tarjeta gratuita de débito y crédito hasta cumplir los 35...

No obstante, le echaré un vistazo muy detenidamente a sus condiciones generales y particulares.

Gracias a @Majareta y @Martinz por compartir anteriormente las condiciones.

 
#27

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

No veo por ninguna parte eso de que comprobarán la nómina cada dos meses como dices.
Creo que te estas equivocando.
#28

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Realmente lo había escrito de memoria, pero mira la condición QUINTA. Si dejas de cumplir las condiciones durante 2 meses... (no recibes la nómina, la recibes por importes inferiores a los pactados...). Igual deduje de ahí que comprobaban si la recibías fruto de una relación laboral o funcionarial, como dicen en la condición SEGUNDA (no sé si es erróneo o no, lo desconozco con exactitud al 100%, imagino que como todos).

Salu2.
#30

Re: Abanca 300€ al domiciliar la nómina en Asturias.

Entiendo que sólo es para nuevos clientes? Yo fui cliente hace años y no creo que me pueda acoger a esta promoción? Gracias.