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¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?

16 respuestas
¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?
¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?
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#1

¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?

Hola a todos.

Una cosa, ya se que tal vez no sea el sitio mas adecuado, pero como tambien sé que en este foro hay gente que sabe mucho....pues lo voy a preguntar (espero que no se moleste nadie).

Mirad. Cuando yo estudiaba me explicaron que hay distititos tipos de leyes en España y que unas "mandan" o prevalencen o son de rango superior sobre otras.

Por ejemplo, creo recordar que estaban: Los "Reales Dectretos", las leyes organicas, los decrtetos.... etc.

Tambien creo recordar que segun la ley que sea, solo la puede "hacer" el estado (ambito nacional) o una determinda comunidad autonomma, y que una ley de rango inferior no puede contradecir a otra de rango superior....

Por favor, ?alguien me podría aclara todo esto o decidme donde lo puedo encontrar?

Muchas gracias.

Trist

#3

Re: ¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?

Vaya veo que se me han adelantado, aquí he encontrado unos apuntes básicos sobre el asunto. Básicamente, la mayoría de las cosas que has comentado son correctas.

http://html.rincondelvago.com/leyes-en-espana.html

Un saludo

#4

Re: ¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?

Dentro de lo que llamamos leyes en general se ha de distinguir entre lo que son estrictamente "leyes", que son las promulgadas por los parlamentos, y los reglamentos, que son aprobados por el poder ejecutivo.

Entre las leyes, en España, se puede distinguir entre "ordinarias" y "orgánicas".

La diferencia entre ambas es que las "orgánicas" solo pueden regular unas determinadas materias reservadas (Art. 81 de la Constitución, como por ejemplo la regulación de derechos y libertades, instituciones básicas del Estado, Estatutos de Autonomía...)

También se diferencian de las "ordinarias" porque requieren una mayoría cualificada para poder ser aprobadas (mayoría absoluta).

Cuando se debatía la Constitución se determinó establecer este tipo de leyes, las orgánicas, para que regulasen en un futuro materias que requerían de un cierto consenso (de aquí que se exija mayoría cualificada) pensando que difícilmente ningún partido, en un futuro, conseguiría tener mayoría absoluta en el parlamento.

La relación entre leyes ordinarias-orgánicas sería de "materia reservada". Es decir, una ley ordinaria no puede regular, por ejemplo, el derecho de huelga, porque este es un derecho fundamental y por lo tanto ha de ser regulado por ley orgánica. Y al contrario, una ley orgánica no puede regular una materia no reservada a ella.

En cuanto a las leyes autonómicas, estas tienen exactamente el mismo rango que una ley de las Cortes Generales. La relación entre ambas es de "competencia". Es decir, una ley de una comunidad autónoma no puede regular una materia reservada al Estado, y una ley de las Cortes no puede invadir competencias de una comunidad. De aquí tantos y tantos problemas que acaban en el Tribunal Constitucional.

Por debajo de las leyes, están los reglamentos: decretos, ordenes ministeriales, ordenanzas.... etc.

Los reglamentos desarrollan las leyes, siempre en el marco que haya establecido la propia ley, y son dictados por el gobierno, los ministerios, direcciones generales, etc...

En un camino intermedio tendrías los Decretos-Leyes. Están regulados en el artículo 86 de la Constitución.

Digo que está a medio camino de las leyes y los reglamentos porqué es una norma dictada por el gobierno (con lo que estaría en el ámbito de los reglamentos) pero que, en determinadas condiciones, puede ser convalidado como ley por las Cortes con un trámite muy sencillo.

Este instrumento es muy utilizado por los gobiernos, sobretodo si tienen mayoría parlamentaria, para legislar por la "vía rápida".

Espero que todo este rollo te haya aclarado alguna duda.

Un saludo

#5

Re: ¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?

Muy buena pregunta, Trist, y buena información la de Baldufa.
s2

#6

Re: ¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?

Buena exposición, Baldufa.
Yo aclararía que los decretos-leyes y decretos legislativos tienen auténtico rango de ley, no son intermedios entre ley y reglamento.
Además habría que hablar del derecho internacional y,sobre todo, del derecho comunitario. En general, creo que simplificando mucho se puede decir que los tratados internacionales válidamente firmados y las normas comunitarias tienen primacía sobre las leyes internas.
De todas formas la pregunta no puede ser más genérica, quizá Trist podrías concretar un poco más lo que te interesa, porque no es tan sencillo como parece.
Saludos

#7

Re: ¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?

Estoy de acuerdo con lo que dices respecto a los Decreto-Ley. Me refería a que están "a medio camino" por su peculiaridad, no en relación a su jerarquía normativa. Puede que la expresión que usé lleve a confusión. Gracias por el matiz.

Un saludo

#8

Re: ¿Que tipo de leyes hay en en España? ¿Hay algun rankiano jurirsta?

“¡Que ellos hagan las leyes y me dejen a mí hacer los reglamentos!”
Esta frase atribuida al conde de Romanones, ha servido tradicionalmente para indicar la poca aplicabilidad directa de las leyes y la capacidad que tienen los gobiernos para desvirtuarlas mediante la elaboración de normas de desarrollo.

S2