Anticipo bancario con carencia e IRPF
A lo largo de 2.004 compré sobre plano la que será mi primera vivienda. Se le solicitó al banco un préstamo con carencia por importe de 27.000 euros y se pagó la cifra de 16.139.- € a lo largo del período impositivo. El resto del dinero sigue en la cuenta para los futuros pagos a cuenta. La reserva inicial (1.890.- € la pagamos de nuestro bolsillo)
En el futuro, nuestra idea es unificar este préstamo con la hipoteca a la entrega de llaves.
La cuestión es que pretendíamos desgravar en el IRPF de este año por esos 16.139 euros pagados. Me consta que puedo desgravar por la entrega inicial de 1.890, pero me han comentado que no debería desgravar por el dinero que nos ha dado el banco ya que en futuro lo haremos mediante la cuota única resultante de la amortización del préstamo hipotecario. También nos han comentado que por ahora, y en todo caso, sólo deberíamos indicar en la declaración los intereses cobrados por el banco durante la carencia del préstamo.
¿Es esto así o por el contrario podemos intentar desgravar ahora por la totalidad hasta los 9.015.- € por miembro de la pareja? ¿Alguien se ha visto en una situación similar?
Muchas gracias y espero vuestras respuestas.