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¿Tienen los bancos la obligación de darte la información fiscal aunque no la pidas?

5 respuestas
¿Tienen los bancos la obligación de darte la información fiscal aunque no la pidas?
¿Tienen los bancos la obligación de darte la información fiscal aunque no la pidas?

CÓDIGO AMIGO

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#1

¿Tienen los bancos la obligación de darte la información fiscal aunque no la pidas?

Lo digo porque Caja Duer* está ahora enviando en sus comunicaciones un papelito en donde dice que

"Ante el inicio de la Campaña Renta 2008 le informamos que si precisa la información fiscal que afecta a su relación financiera con Caja Duer* puede solicitarla en su oficina habitual. Así mismo le recordamos que, para mayor comodidad, también puede descargar esta información a través de Linea Duer* Internet en www.cajaduer*.es.

Los datos que contiene esta información fiscal son los mismos que Caja Duer* le ha facilitado a la Agencia Tributaria, por lo que ya están incluidos en la información que desde allí le envía.

Para más información, puede llamar al teléfono 90237****"

Sé que no pueden negarse a facilitarme esa información si yo se la pido, me bastaría con recurrir a la Ley Orgánica de Protección de Datos y al derecho de acceso a los mismos.

Lo que me solivianta es el descaro con que ningunean al cliente , obligándole a ir a la oficina o a usar internet y tener activado el servicio Linea Duer* Internet, además sin que de ello se derive al menos a corto plazo ningún beneficio real para la Caja, dado que ni siquiera se ahorran el papel.

Yo ya sólo tengo una cuenta con los recibos domiciliados, pero me consta que gente con mucho más dinero que yo, con nómina y tarjeta han recibido la misma carta.

He buscado alguna normativa o jurisprudencia que oblige a una entidad financiera a suministrar al cliente la información financiero-fiscal de cara a poder hacer la declaración de la renta (o a corregir el borrador si hay algún error), pero no he tenido éxito.

¿Alguien sabe algo, tanto sobre su existencia como sobre su inexistencia?
Gracias de antemano .

PS: (Pongo Duer* para despistar a los bots)

#3

Re: ¿Tienen los bancos la obligación de darte la información fiscal aunque no la pidas?

No exageres. Esa misma información la tienes en los datos fiscales o el borrador que te envía hacienda. Al final tendrías el doble de información. ¿Vas a pleitear con ellos porque no te lo han enviado por correo a casa? Y si te lo hubieran enviado y no te llegase... ¿Denunciarias a Correos por apropiación indebida?
¿Tanto te cuesta acercarte a una oficina para que te los den?

#4

Re: ¿Tienen los bancos la obligación de darte la información fiscal aunque no la pidas?

Gracias muchas le sean dadas sr. al.rodrigo , es justo lo que buscaba.

Al sr. Cajero malencarado, La cuestión no es si es de "sentido común" o no ...

qué casualidad que siempre lo aplican los bancos y cajas a su favor ...

Usted (por el banco o caja ) tiene la obligación de facilitarme una información importante ... así que debe usted facilitármela ...

Y si ejerzo mi derecho de acceso de forma fehaciente, es a la entidad bancaria a la que le corresponde demostrar de forma fehaciente que me ha permitido ejercer mi derecho de acceso en los plazos establecidos.

Lo de los gustos personales va a ser que no .. ya ha habido sanciones de la AEPD de más de 100 mil leuros gracias al que suscribe ..

Y de ese dinero no he recibido ni recibiré un leuro ...

#5

Re: ¿Tienen los bancos la obligación de darte la información fiscal aunque no la pidas?

Poca correspondencia bancaria maneja Correos.

La reparte Unipost o alguna otra empresa.

Lo cierto es que las cartas de los bancos ya no llevan la marca de Correos desde hace mucho tiempo (por lo menos donde yo vivo).

http://www.unipost.es/

#6

Re: ¿Tienen los bancos la obligación de darte la información fiscal aunque no la pidas?

Refloto este antiquísimo hilo....

Estoy interesado en conocer la normativa que obliga a las entidades financieras a facilitar a lso contribuyente toda la información tributaria necesaria para cumplir con sus obligaciones fiscales (por ejemplo las operaciones de compra venta de renta variable, etc)
Ya he visto que el art. 108 del Reglamente es muy claro sobre las operaciones que llevan aparejada una retención (por ejemplo intereses, cupones, dividendos etc) pero me interesa sobre el resto que operaciones que no llevan retención (venta de RF, venta de acciones, etc)

Acepto privados.