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¿Qué pasa con los recibos domiciliados en Banco Madrid?

2 respuestas
¿Qué pasa con los recibos domiciliados en Banco Madrid?
¿Qué pasa con los recibos domiciliados en Banco Madrid?
#1

¿Qué pasa con los recibos domiciliados en Banco Madrid?

¿Alguien me puede decir que ocurre con los recibos domiciliados en una cuenta corriente del Banco Madrid ahora que esta intervenido?
Saludos

#2

Re: ¿Qué pasa con los recibos domiciliados en Banco Madrid?

Me temo que no se paga ....  en el enlace de la letra G, que no lo he leído todo, me parece que se indica que solo se compensa lo cursado antes de la declaración de concurso. 

LEY CONCURSAL:

Disposición adicional segunda Régimen especial aplicable a entidades de crédito, empresas de servicios de inversión y entidades aseguradoras

1. En los concursos de entidades de crédito o entidades legalmente asimiladas a ellas, empresas de servicios de inversión y entidades aseguradoras, así como entidades miembros de mercados oficiales de valores y entidades participantes en los sistemas de compensación y liquidación de valores, se aplicarán las especialidades que para las situaciones concursales se hallen establecidas en su legislación específica, salvo las relativas a composición, nombramiento y funcionamiento de la administración concursal.

2. Se considera legislación especial, a los efectos de la aplicación del apartado 1, la regulada en las siguientes normas:

A)) Artículos 10, 14 y 15 de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario, así como las normas reguladoras de otros valores o instrumentos a los que legalmente se atribuya el mismo régimen de solvencia que el aplicable a las cédulas hipotecarias.

 

  • b) Artículo 16 del Real Decreto Ley 3/1993, de 26 de febrero, sobre medidas urgentes en materias presupuestarias, tributarias, financieras y de empleo.
  • c) Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en lo que respecta al régimen aplicable a los sistemas de compensación y liquidación en ella regulados, y a las entidades participantes en dichos sistemas y, en particular, los artículos 44 bis, 44 ter, 58 y 59.
  • d) La disposición adicional quinta de la Ley 3/1994, de 14 de abril, de adaptación de la legislación española en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación bancaria.
  • e) Ley 13/1994, de 1 junio, de Autonomía del Banco de España, por lo que respecta al régimen aplicable a las garantías constituidas a favor del Banco de España, del Banco Central Europeo o de otros bancos centrales nacionales de la Unión Europea, en el ejercicio de sus funciones.
  • f) La disposición adicional tercera de la Ley 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las entidades de capital-riesgo y de sus sociedades gestoras.
  • g) Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores.   ver artículos 12 y siguientes http://www.boe.es/boe/dias/1999/11/13/pdfs/A39646-39653.pdf
  • h) Los artículos 26 a 37, ambos inclusive, 39 y 59 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y el Texto Refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre.
  • i) El Capítulo II del Título I del Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública.
  • j) Ley 6/2005, de 22 de abril, sobre Saneamiento y Liquidación de las Entidades de Crédito.
  • k) La Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
#3

Re: ¿Qué pasa con los recibos domiciliados en Banco Madrid?

Buenas tardes, 

En una situación normal, pongamos por caso: recibo de la luz. 

Si llega el recibo al banco y no se paga, te llegaría a ti una carta certificada a casa en la que te dice que puedes ir a pagar a una oficina o hacer una transferencia desde otra cuenta en el plazo de 8 días. 

Pasado este plazo, se cobra un interés del 6%. 

En esta situación, no sé exactamente cómo sería.