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Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar

6 respuestas
Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar
Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar
#1

Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar

Esta es lo más absurdo que he oído desde hace tiempo, será que no me asombro por lo que no entiendo. El pasado viernes 9 de marzo fui a mi oficina de Cajamar para anular mis participaciones y mi cuenta corriente, por motivos que pueden llevar a otro tema.
En primer lugar me negaron una parte de las participaciones diciendo que no les constaba en la base de datos, y que debía buscar los justificantes en casa para confirmarla. Eso era fácil, les pedí un extracto de la fecha en la que tube movientos. Pero me dijeron que no podían sacarla porque ya habían apagado, estando yo allí. Así empezó el tormento.

Con el trabajo que cuesta a una persona tan desordenada como yo, conseguí hacerme con todos los datos, y el lunes siguente me propuse cancelarlo todo. Pero tampoco fue posible porque "el Consejo Rector debe reunirse para determinar si procedía mi cancelación" .He tenido esa cuenta desde que existe el nombre de Cajamar, y para cancelarla ahora deben preguntar a un Consejo.

Días más tarde pedí sacar todo mi dinero, pero se quedaron con 9 euros, en concepto de cancelación. Se adelantaron a la decisión del Consejo, según me dijeron.

He pedido la hoja de reclamaciones, por primera vez en mi vida, pero no sé si servirá para algo.
¿ Qué se puede hacer contra estos.....?

#2

Re: Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar

Como sabras Cajamar es una coopperativa de credito y como tal la rigen las normas de la cooperativas por lo tanto lo del consejo rector es mas que entendible.

Ahora lo de los nueve euriosa es harina de otro costal.

#3

Re: Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar

Yo no creo que sea tan absurdo, sobre lo de las cooperativas escribió el forero macroymicroblogguer en su blog bitácora de crisis https://www.rankia.com/blog/macroymicroblog/1693121-finanzas-cooperativas , yo la verdad entiendo poco de cooperatativas, pero según se desprende de su artículo, de alguna forma las participaciones en una cooperativa, sea agraria, industrial o como en este caso de crédito, tus aportaciones forman parte del capital de la empresa, eres socio de dicha cooperativa, de la misma forma que uno que tenga acciones del Banco Santander es socio del banco, es dueño del banco (junto a todos los demás accionistas) .... en las cooperativas el capital está formado por dichas aportaciones sociales. Otra cosa es que en su momento te las pudieran vender como una cosa que no son, depósitos, que repito ni por asomo, entonces como la devolución de tu dinero, es como amortizar capital de la caja, deberá ser supongo el consejo rector, equivalente al consejo de administración de una sociedad anónima, que debe tomar la decisión.

La diferencia o en este caso la ventaja en una cooperativa es que existe esta posibilidad, por el contrario en una sociedad anónima si tienes acciones o te las quedas o las vendes, caso de que exista comprador, o si es cotizada (bolsa) te la compre otro ... la posibilidad de amortizar capital para un solo socio no existe, si la empresa decide en junta general de accionistas, reducir su capital no puede beneficiar a un solo socio, si amortiza por ejemplo el 5% del mismo, el producto de dicha amortización no será para uno o dos accionistas, debería repartirse en proporción a todos y cada uno de dichos accionistas. Por lo que parece se desprende de tu comentario en una cooperativa si existe esta posibilidad.

Intento mandar "una llamada" a macroymicro... a ver si me ayuda en la respuesta.

Si mi comentario es acertado, cosa que no sé, solo podrías reclamar en base a una defectuosa comercialización del producto, al estilo de los hilos de participaciones preferentes.

#4

Re: Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar

Buenas, Martillo, respondo a la llamada de W.Petersen...

Por lo que se ve tenías participaciones en la cooperativa, salvo que te hayan cascado algún producto extraño eras socio de la misma. Como en cualquier cooperativa, los socios pueden entrar y salir libremente de ella y al causar baja tienen derecho a recuperar sus aportaciones. Como es lógico, el órgano de administración (en este caso el Consejo Rector) tiene que aprobar tanto las entradas como las salidas de socios pero no te pueden negar la devolución de tu dinero. Me imagino que esos 9 euros serán en concepto de comisión por cancelación o algo similar y poco podrás reclamar en ese sentido, pero no está de más que eches un vistazo a las comisiones que puede hacer la entidad, que estarán publicadas. Si de verdad se trata de aportaciones, no tiene mucho sentido que se adelanten a las decisiones del consejo rector, pero puede ser que el procedimiento sea mucho más sencillo en las cooperativas de crédito que en otras tipologías.

Ya nos contarás el final del culebrón, un saludo

#5

Re: Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar

Gracias, Petersen y Blogger,

He de decir que en la misma entidad hay discrepancia, pero cada vez que voy me toca con el peor en cada problema, parece que el espíritu de superación lo han encaminado mal.
Si el primer día que fuí me hubieran dicho que debía pagar 9 euros por cancelar la cuenta, los habría dado sin preguntar. Pero el problema es la dificultad que presentan a una persona que hace tiempo tuvo motivos para darse de baja. Quién puede permitirse hacer cola tres días para no tener la certeza de que tu cuenta no te generará más problemas.

Para mí lo del consejo rector es como decir: danos tiempo a ver en qué te podemos engañar

#6

Re: Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar

https://www.cajamar.es/es/pdf/informacion-corporativa/responsabilidad-social-corporativa/memoria-social-2011.pdf

A ver si a través de esta documentación que te enlazo puedes localizar la política de la caja en esto de las entradas y salidas de socios, son muchas páginas, lo siento .... a ver si localizo algo mas para ver si es posible quitarse la impresión de esto del "danos tiempo ..."

#7

Re: Cancelación sujeta al Consejo Regulador de Cajamar

Las aportaciones a capital social de las cooperativas de crédito ,tanto las voluntarias como las obligatorias, no tienen fecha de vencimiento, por lo tanto solo se pueden cancelar si las compra otro socio.

Las obligatorias, son las que tienen unos derechos políticos ...poder acudir a las juntas preparatorias.

Las voluntarias, no tienen derechos políticos, y en muchos casos se han comercializado como si fuesen una especie de depósito.

El tipo de interés no se puede ni garantizar, ni preestablecer, ya que se paga en función de lo que diga el consejo rector en cada asamblea.

La CNMV, no lo controla ya que al ser una figura que no esta tipificada dentro de la ley de productos financieros, y tampoco se tiene que acoger a la normativa MIFID.

Si quieres venderlas, necesita la autorización del Consejo Rector.