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¿Nadie le interesan los seguros de vida ahorro?

8 respuestas
¿Nadie le interesan los seguros de vida ahorro?
¿Nadie le interesan los seguros de vida ahorro?
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#1

¿Nadie le interesan los seguros de vida ahorro?

No veo ninguna opinión ni oferta sobre este tipo de productos que de hecho pueden funcionar perfectamente como IPFs. Supongo que es por un poco de desconocimiento o creer sólo es un seguro de vida sin pararse a estudiar la rentabilidad financiera y fiscal que puede tener (Se difiere el pago de impuestos si lo usas como IPF).¿No es atractivo un interés técnico del 6,75% hasta fin de año?

#2

Re: ¿Nadie le interesan los seguros de vida ahorro?

¿Puedes indicar algún ejemplo donde podamos ver la rentabilidad financiera y financiero fiscal? Gracias.

Intenta no volverte un hombre de éxito, sino un hombre de valor. @rafasanjose

#3

Re: ¿Nadie le interesan los seguros de vida ahorro?

Vaya, me pillas sin los trastos de faena.

Recuerdo que para un interés técnico del 6,75 se queda en una TAE del 6,40%.

No recuerdo los tramos, pero creo recordar que para un menor de 40 años el tributo fiscal está en el 10,algo% en vez del 18% del ahorro. Para un mayor de 70 años en 1,algo% en vez del 18%.

Siento no poder ser más preciso.

#4

Que fiscalidad más rara.

Desde la entrada en vigor de la Ley 35/2006 se acabó lo de rentabilidad financiero-fiscal para los seguros y los planes de pensiones.

En un seguro de ahorro tributa al tipo del 18% la totalidad del rendimiento (capital del rescate o vencimiento menos primas pagadas). Sólo los seguros contratados antes del 20.01.2006 pueden tener derecho a una compensación fiscal, pero uno contratado ahora, hasta por lo menos la próxima reforma fiscal (¿en esta legislatura?), no tiene ninguna ventaja fiscal (salvo que sólo pagas al final de todo).

Saludos.

#5

Que fiscalidad más rara.

Desde la entrada en vigor de la Ley 35/2006 se acabó lo de rentabilidad financiero-fiscal para los seguros y los planes de pensiones.

En un seguro de ahorro tributa al tipo del 18% la totalidad del rendimiento (capital del rescate o vencimiento menos primas pagadas). Sólo los seguros contratados antes del 20.01.2006 pueden tener derecho a una compensación fiscal, pero uno contratado ahora, hasta por lo menos la próxima reforma fiscal (¿en esta legislatura?), no tiene ninguna ventaja fiscal (salvo que sólo pagas al final de todo).

Saludos.

#6

Re: Que fiscalidad más rara.

Por lo que yo sé y que me han contado sobre estos productos:

Si el asegurado fallece ha estado disfrutando de una menor fiscalidad mientras ha cobrado las rentas. La prima del seguro la recibirá el/los herederos.

Si el asegurado rescata el seguro tendrá que abonar a Hacienda lo que no ha tributado SIN PENALIZACION. Pero esto, yo entiendo, que es DIFERIR el pago de impuestos. Las rentas que no tributaron entonces al 18% lo harán ahora, pero uno ha estado disfrutando durante la vigencia del seguro de esas rentas exentas.

Yo entiendo que esto es una ventaja fiscal. ¿Quieres decir que esto no es posible?

#7

Re: Que fiscalidad más rara.

En mi opinión estás mezclando.

Una cosa son los seguros de ahorro, en los que vas pagando periódicamente unas primas y al final obtienes un capital y otra cosa bien distinta son los seguros de rentas, en los que aportas un capital y periódicamente te pagan una renta.

Antes hablaba de la fiscalidad de los seguros de ahorro. Si hablo de fiscalidad de seguros de renta tengo que empezar diciendo que personalmente no me gusta nada. Nuestros legisladores se han olvidado de la matemática financiera y lo que hacen es presuponer que un porcentaje de las rentas que se perciben es rendimiento. Ese porcentaje depende de la edad del rentista si es una renta vitalicia o de la duración de la renta si es una renta temporal.

No suelen ofrecerse, me parece a mí, buenas rentabilidades y esto hace que incluso cuando percibes los pagos estés tributando por el dinero que en su día pusiste.

Pero es mi opinión.

Saludos.

#8

Importancia del tipo de pago

Gracias por la diferenciación entre esos 2 tipos de seguro. Creía que este seguro también se clasificaba como Vida Ahorro.

Veo que es primordial el tipo de interés al que se paguen las rentas para decantarse por este seguro. Por eso debe ser importante que tenga posibilidad de rescate si no están conforme por el tipo propuesto.

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