Re: El efecto retroactivo en las leyes del IRPF
Yo ya había leído el post que citas y esperaba que al.rodrigo confirmara lo que en esa ocasión dijo. Pero ahora no parece opinar lo mismo, o yo no lo entiendo.
Las cuentas de ahorro fiscal suscritas durante el año 2006 (hasta la entrada en vigor de la ley 35/2006) se acogían a un beneficio fiscal en sus intereses por una ley legalmente en vigor. A la hora de ir a recibir esos beneficios, no aparecen ni en la retención del banco ni en el borrador. Mi caso es de los de tipo de gravamen mínimo. Hacienda debío de fijar como fecha de corte la de la entrada en vigor de la ley (finales de 2006) y no la del 20-1-2006. Se ahorró diez meses de lo prometido a costa de todos nosotros. Si eso lo hace un particular habría que acusarlo de fraude, pero si es un político, pues no pasa nada.