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Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas - ICAC-

25 respuestas
Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas - ICAC-
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#9

Re: Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas - ICAC-

Las consultas al ICAC. son eso, simples consultas cuyas respuestas no tienen carácter vinculante.

La única vinculación a la que estaba sometida la contabilización de las operaciones realizadas por éstas empresas, era la dispuesta por la Ley 35/2003 de instituciones de inversión colectiva.

Si el Gobierno hubiera deseado que dichas operaciones hubieran sido calificadas como financieras, lo tenían muy sencillo. Mediante una disposición adicional a ésta Ley, y concediendo una plazo razonable a las empresas para su adecuación.

"El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas ejerce, en relación con la actividad de Normalización Contable, las siguientes competencias:
Realizar los trabajos necesarios referidos a la elaboración y propuesta del Plan General de Contabilidad adaptado al Derecho comunitario derivado; Directivas contables y Reglamentos de la Comisión Europea por los que se adoptan las normas internacionales de contabilidad.
Adaptación del Plan General de Contabilidad a los distintos sectores de la actividad económica.
Análisis y propuesta de la normativa en la que se establezcan principios contables, así como el impulso y desarrollo de la aplicación de éstos y la propuesta de resolución a las consultas que se efectúen sobre normalización contable.
Coordinación y cooperación internacional con otras Instituciones emisoras de pronunciamientos contables.
Informes sobre las disposiciones que de alguna forma afecten al desarrollo de la contabilidad de la Empresa o al contenido y estructura de las cuentas anuales y, en general, todos los trabajos dirigidos a la actualización y perfeccionamiento de la normalización contable.

En particular, el Consejo de Contabilidad es el órgano competente, una vez oído el Comité Consultivo de Contabilidad, para valorar la idoneidad y adecuación de cualquier propuesta normativa o de interpretación de interés general en materia contable con el Marco Conceptual de la Contabilidad regulado en el Código de Comercio. A tal efecto, informa a los órganos y organismos competentes antes de la aprobación de las normas de contabilidad, y sus interpretaciones, emitiendo el correspondiente informe no vinculante"
http://www.icac.meh.es/seccion.aspx?hid=34

#10

Re: Obligaciones contables de Afinsa-

¿Te sirve de respuesta? Abre el enlace y hablamos.

http://www.elmundo.es/mundodinero/2006/05/11/economia/1147299865.html

Y, te confundes: los responsables de una ontabilidad manifiestamente ilegal, es el contable -la empresa- ya que los Auditores, sólo analizan y dan dictámenes. Así que, de "últimos responsables", nada de nada.

#11

Re: Obligaciones contables de Afinsa-

Salvo error u omisión, creo que el que se confunde es Vd.
La responsabilidad de una empresa auditora, no se limita a la simple posibilidad de ser sancionada por llebar a cabo una actuación deficiente. Si con sus negligentes actos han perjudicado a terceros, el tema se les complica.

Como muestra, valga éste botón :

http://www.elpais.com/articulo/economia/Supremo/condena/Ernst/26/Young/pagar/millar/afectados/PSV/elpepuespmad/20110216elpepueco_18/Tes

#12

Re: Obligaciones contables de Afinsa-

Por cierto, Sr. o Sra. "Lola mento" .

¿Sabía Vd. que los actuales administradores concursales designados por el juzgado mercantil para el caso Afinsa, durante su andadura llevando la contabilidad de ésta empresa, no han presentado las cuentas anuales debidamente auditadas, como es de rigor?

Otro incumplimiento a añadir al cajón con subsodicho nombre.

#13

Re: Obligaciones contables de Afinsa-

Para que comprenda Vd. el alcance que llega a tener una auditoría, En Alemania ( por ejemplo ), cuando un auditor plasma su firma dando el visto bueno a la contabilidad de una empresa, éste acto es considerado como medio de prueba lo suficientemente fehaciente. Es decir, que los servicios de inspección de la Agencia Tributaria de ese País automáticamente consideran que dicha contabilidad está en toda regla.

#14

Re: Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas - ICAC-

¿Que las respuestas no tienen caracter vinculante? ¡Bingo! Pueden existir consultas de forma que sólo son aclaratorias, pero las normas de adaptación de la contabilidad al PGC, son tan de obligado cumplimiento que el obviarlas, conlleva de falta grave a delito, en función de la cuantía y el fondo de la omisión.

Te recuerdo que los libros de -en sus diferentes formas- Contabilidad, "son prueba en juicio".

He leido todo tu escrito y, a pesar de que has tratado de informarte, cosa digna de alabanza, no interpretas ni la autoridad ni el magisterio en aspectos contables, exigidos por el Ministerio de Economía.

Yo, de chino o de griego, no intento pontificar, pues aunque pudiera buscar información por internet, reconozco que no tengo ni idea. Y desgraciadamente para mí, tengo otras muchas "lagunas" además del chino y el griego...

#15

Re: Obligaciones contables de Afinsa-

Espero que este enlace aclare un poco tu criterio. Has copiado literalmente aspecto de la Ley, pero intento recordarte que hay gran diferencia entre una Ley y un reglamento, que supongo conoces. En Alemania, como en España, las Auditorias son "actos de fe" respecto a la contabilidad auditada, pero si se descubre un "gazapo" -como se ha visto y se ve en este enlace que te adjunto, tienen gran responsabilidad. Un auditor, no da visto bueno: CERTIFICA, que tiene otra connotación.

http://www.elmundo.es/mundodinero/2006/05/11/economia/1147299865.html

Saludos

#16

Re: Obligaciones contables de Afinsa-

!Que no se puede auditar al Corte Ingles con los mismos preceptos contables con los que se auditaria al BBVA!,¿PERO ES TAN DIFICIL ENTENDER ESTO?