Se invertirá un 0%-100% del patrimonio en iic financieras (activo apto), armonizadas o no (máximo 30% en no armonizadas), pertenecientes o no al grupo de la Gestora. Se invertirá indirectamente a través de iic, entre 0-80% de la exposición total en renta variable de cualquier capitalización y sector. No se invertirá directamente en renta variable. El resto de la exposición total, se invertirá directa o indirectamente a través de iic, en activos de renta fija pública y/o privada (incluyendo depósitos e instrumentos del mercado monetario cotizados o no, líquidos), en emisiones con al menos media calidad crediticia (mínimo bbb-), o si fuera inferior, el rating del Reino de España en cada momento. Se podrá invertir hasta un 35% de la exposición total en activos de baja calidad crediticia (rating inferior a bbb-). No existe predeterminación en cuanto a la duración media de la cartera de renta fija.