SICAV se trata de Sociedades de Inversión de Capital Variable. La gestión de la cartera de una SICAV se encuentra por tanto sometida a la normativa que regula tanto las instituciones de inversión colectiva (IIC) como las sociedades anónimas.
Para formar una SICAV es necesario contar con un capital mínimo de 2.400.000 euros, el cual deberá estar totalmente suscrito y desembolsado en el momento de su constitución. Por otra parte, es necesario un mínimo de 100 accionistas pero no impide que el 95% del capital se encuentre en manos de unos pocos.
En cuanto a sus aportaciones, se realizarán en dinero, valores que se puedan negociar en un mercado secundario oficial, o en activos financieros aptos para la inversión o que cumplan el principio de liquidez.
Las SICAV en el reglamento cuentan con tres opciones para obtener liquidez:
Finalmente, las SICAV han tenido una gran demanda debido a que cuentan con importantes ventajas fiscales, flexibilidad, liquidez y transparencia y supervisión por la CNMV.
SICAV destacadas:
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