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Préstamos entre particulares: ¿con o sin contrato?

Préstamos entre particulares: ¿con o sin contrato?

¿Buscas una alternativa a los préstamos bancarios? Los préstamos entre particulares son una opción cada vez más popular que ofrece mayor flexibilidad, mejores intereses y menos trámites.
¿Buscas financiación sin las complicaciones de los bancos? Los préstamos entre particulares son una opción cada vez más atractiva, ofreciendo mayor flexibilidad, mejores intereses y menos trámites.
En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre los préstamos entre particulares.

¿Qué son los préstamos entre particulares?

Un préstamo entre particulares es un acuerdo entre dos personas para prestar dinero, sin la intermediación de una entidad bancaria. Se trata de una opción ideal para obtener financiación de forma rápida y sencilla, especialmente si no cumples con los requisitos de los bancos o buscas intereses más bajos.

¿Por qué elegir un préstamo entre particulares?


  • Intereses más bajos: Puedes negociar un tipo de interés más ventajoso que el que te ofrecería un banco.
  • Flexibilidad: Puedes acordar las condiciones del préstamo a tu medida, como el plazo de devolución, la forma de pago y los intereses.
  • Menos trámites: No necesitas cumplir con tantos requisitos como para obtener un préstamo bancario.
  • Confianza y cercanía: La relación entre prestatario y prestamista se basa en la confianza mutua, lo que puede generar un trato más personalizado. 

¿Cómo formalizar un préstamo entre particulares?

Para que el préstamo sea legal y seguro, es fundamental formalizarlo mediante un contrato. El contrato debe incluir los siguientes datos:
 
  • Fecha y lugar de firma
  • Datos personales del prestatario y prestamista
  • Importe prestado
  • Plazo de devolución
  • Tipo de interés (si se aplica)
  • Forma de pago
  • Cláusulas adicionales (opcional) 

📋Modelo de préstamo entre particulares con intereses 

  
Contrato de préstamo entre particulares con intereses
En ___________, a ____ de _____ de 20__
REUNIDOS
De una parte D._______________, mayor de edad, con domicilio en __________________, calle _______________ nº_____ y con NIF_________________. 
Y de otra, D._______________, mayor de edad, con domicilio en __________________, calle _______________ nº_____ y con NIF_________________. 
Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho. 
Con la capacidad y legimitación para contratar que recíprocamente se reconocen, comparecentes han convenido otorgar contratao de préstamo con intereses, con arreglo a las siguientes 
CLÁUSULAS 
Primera.- D.___________________ ha entregado con anterioridad a este acto en concepto de préstamo a D._______________ que reconoce haber recibido un capital de ________ euros. 
Segunda. - Durante el plazo del préstamo el capital devengará un interés del ___ por ciento en primer año, revisable de común acuerdo al alza o a  la baja cada año a partir del segundo, no siendo nunca inferior al tipo legal del dinero. 
Tercera.-El capital prestado ha de devolverse en un plazo máximo de ___ años. No obstante, el prestatario podrá amortizar de forma anticipada el capital pendiente en cualquier momento. Los intereses se abonarán vencidos al efectuar el pago del capital en cada uno de los plazos. 
Cuarta.- El abono del capital y los intereses se hará en el domicilio del acreedor, el cual extenderá un recibo anual justificado del pago. 
Quinta.- Cualquier gestión que surja entre las partes sobre la interpretación o el cumplimiento del presente contrato será sometida a un arbitraje de equidad con arreglo a las normas que regulan este tipo de procedimiento. 
Y en prueba de conformidad los otorgantes firman por duplicado el presente contrato el lugar y fecha indicados en el encabecimiento. 
 
                    El prestamista                                         El prestatario
 
 

📋Modelo de préstamo entre particulares sin intereses 

  
Contrato de préstamo entre particulares sin intereses
En ___________, a ____ de _____ de 20__
REUNIDOS
De una parte D._______________, mayor de edad, con domicilio en __________________, calle _______________ nº_____ y con NIF_________________. 
Y de otra, D._______________, mayor de edad, con domicilio en __________________, calle _______________ nº_____ y con NIF_________________. 
Ambas partes intervienen en su propio nombre y derecho. 
Con la capacidad y legimitación para contratar que recíprocamente se reconocen, comparecentes han convenido otorgar contratao de préstamo con intereses, con arreglo a las siguientes 
CLÁUSULAS 
Primera.- D.___________________ ha entregado con anterioridad a este acto en concepto de préstamo a D._______________ que reconoce haber recibido un capital de ________ euros. 
Segunda. - Durante el plazo del préstamo el capital no devengará intereses
Tercera.-El capital prestado ha de devolverse en un plazo máximo de ___ años. No obstante, el prestatario podrá amortizar de forma anticipada el capital pendiente en cualquier momento. 
Cuarta.- El abono del capital  se hará en el domicilio del acreedor, el cual extenderá un recibo anual justificado del pago. 
Quinta.- Cualquier gestión que surja entre las partes sobre la interpretación o el cumplimiento del presente contrato será sometida a un arbitraje de equidad con arreglo a las normas que regulan este tipo de procedimiento. 
Y en prueba de conformidad los otorgantes firman por duplicado el presente contrato el lugar y fecha indicados en el encabecimiento. 
 
                    El prestamista                                         El prestatario
 
Además de este contrato sellado por un notario o frente a terceros, es importante guardar todos los justificantes de pago y la presentación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (del que estaremos exentos).

¿Qué pasa si no hay contrato?

Si no hay contrato, el préstamo no tendrá validez legal. Esto significa que, en caso de impago, el prestamista tendrá dificultades para reclamar el dinero. Además, Hacienda podría considerar el préstamo como una donación, lo que implicaría el pago de impuestos

¿Cómo registrar el préstamo en hacienda?

Para evitar problemas con Hacienda, es importante registrar el préstamo en el modelo 600. Este trámite es gratuito y se puede realizar online o en cualquier oficina de hacienda.

¿Qué sucede en caso de fallecimiento?

En caso de fallecimiento del prestatario, la deuda pasará a sus herederos. Si fallece el prestamista, la deuda se convertirá en un derecho de sus herederos.

Preguntas frecuentes (FAQs)


¿Hay algún límite en la cantidad de dinero que puedo prestar o pedir prestado?

No hay un límite legal, pero es importante acordar una cantidad que sea razonable para ambas partes.

¿Qué pasa si no puedo pagar el préstamo?

En caso de impago, el prestamista podrá reclamar el dinero a través de los canales legales. Es importante que el prestatario sea consciente de las consecuencias del impago antes de firmar el contrato.

¿Cómo puedo encontrar un prestamista o prestatario fiable?

Existen plataformas online que ponen en contacto a personas que buscan préstamos entre particulares. También puedes preguntar a amigos, familiares o conocidos si están interesados en prestarte o pedirte prestado dinero.

¿Qué debo tener en cuenta al negociar un préstamo entre particulares?

Es importante que ambas partes sean transparentes y honestas sobre sus condiciones financieras. También es importante acordar un tipo de interés justo y un plazo de devolución razonable.
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  1. Nuevo
    #20
    02/09/16 13:57

    Buenos días,

    Lo primero, muchas gracias por el artículo, es realmente útil.

    Tengo algunas dudas con las que a lo mejor podéis ayudarme:
    - ¿Quién debe presentar en hacienda el modelo 600? ¿El prestamista o el que recibe el dinero?

    - ¿A la hora de presentar el modelo 600 hay que adjuntar copia del contrato?

    Muchas gracias.

  2. en respuesta a Klondike
    -
    #16
    04/06/16 20:37

    Buenas, creo que se está mezclando el P2P lending con la obligación de presentar modelo 600. El modelo 600 es obligatorio presentarlo cuando el préstamo es entre particulares estrictamente. En el P2P lending una parte del contrato es la plataforma como intermediaria. Actualmente plataformas P2P existen tres operativas: Excelend, Zank y Comunitae (P2P derivando a P2B). Lendico ya no opera en EspañaEspaña. Si el préstamo se hace directamente entre amigos o familiares, sí hay que presentar Modelo y Contrato de prestamo en la oficina liquidadora, os recomiendo hacer el papeleo con www.lendyu.com ya que son expertos en esto. Saludos

  3. en respuesta a kastroboy
    -
    #15
    md12345
    02/06/16 09:34

    Buenas Kastroboy,

    el metálico obviamente no deja huella (salvo que la otra persona lo introduzca en el circuito legal).

    Respecto a las cantidades, por debajo de 3.000 euros no suele pasar nada.
    Por encima de ese importe, ahora el Banco está obligado a informar a Hacienda (por blanqueo de capitales) y ahí es donde vienen los problemas.

    Yo recomendaría a cualquier persona que va a hacer un préstamo por encima de esta cantidad, que presente la documentación: no cuesta nada y te quitas muchos y grandes problemas.

    Saludos!

  4. en respuesta a Rizujo
    -
    #14
    md12345
    02/06/16 09:30

    Buenas Rizujo,

    se puede hacer sin intereses. Pero si no pone nada en el contrato, Hacienda siempre considera que en los préstamos hay intereses, y aplica el tipo de interés legal del dinero.

    Solución: Dejar muy claro en el contrato de que se trata de un préstamo sin intereses.

    Saludos!

  5. en respuesta a rasago
    -
    #13
    md12345
    02/06/16 09:26

    Buenas Rasago!

    Ahora por blanqueo de capitales, los Bancos están obligados a informar a Hacienda de cualquier movimiento mayor de 3.000 euros, así que probablemente, hoy en día, te pillarían.

    Saludos.

  6. #10
    03/08/15 11:36

    Interesante, pero cuando dices que los prestamos entre particulares están exentos de tributar supongo que te refieres al AJD, ¿no? porque IRPF sí que tienen que pagar al ser los intereses un ingreso.

    Con respecto a la pregunta de Silvia de donde encontrar alguien que te haga el préstamo, además de familiares y amigos, hay algunas plataformas P2P que permiten contactar particulares. Aquí van dos:

    https://www.comunitae.com/

    https://www.lendico.es/prestamos-entre-particulares-227.html

    Y hay muchas más.

    No he probado personalmente ninguna de las anteriores plataformas, asi que no sé si van bien mal o regular, pero ahí están para el que quiera probar.

  7. en respuesta a Silvia borislavova
    -
    Lorena González Gómez
    #9
    30/07/15 14:59

    Se trata de un préstamo entre particulares, por lo que tendrás que encontrar a algún amigo o familiar que esté dispuesto a dejarte el dinero, con o sin intereses en su devolución.

  8. en respuesta a Lorena González
    -
    Nuevo
    #8
    13/06/15 17:22

    Como puedo pedir el préstamo gracias.

  9. #7
    11/05/15 21:11

    Una matizacion, si lleva intereses supongo que deberas declararlos como rendimientos de capital inmobiliario, e incluso el deudor si el prestamo fue para pagar parte de una vivienda, se los podria desgravar como gastos.

  10. en respuesta a Rlerida
    -
    #6
    08/03/15 15:09

    Eso será en teoría, pero en la práctica... anda que no hay transferencias a menudo entre particulares y ni si paga ningún impuesto ni se avisa. Sé de gente que lleva haciéndolas 20 años y como si nada. Y no te digo ya en metálico, si le presto 500 euros a alguien no se entera ni el Tato.

  11. Nuevo
    #5
    08/03/15 13:42

    Interesante articulo, pero puede inducir a error el pensar que se puede hacer siempre sin intereses, si así se desea.

    Hay que tener en cuenta que salvo casos excepcionales, ej. padres a hijos para compra de primera vivienda, siempre hay que incorporar intereses al menos igual al interés legal del dinero.

    Por otra parte, si no quereis tener problemas de justificación de los movimientos, hacerlos a través de banco e indicar en el contrato los números de cuenta y las fechas de pago

    Saludos

  12. en respuesta a rasago
    -
    #4
    08/03/15 13:24

    Lorena, las donaciones tributan desde el primer euro, no hay cantidad mínima.
    Y rasago, efectivamente, para no tener problemas, es recomendable firmar un contrato de préstamo, que en tu caso sería sin intereses, y para que Hacienda no te aplique el interes legal, lo suyo es hacerlo público, es decir presentar el contrato en la oficina liquidadora que te corresponda de la Comunidad Autónoma, para así evitar que Hacienda nos pueda molestar. Un saludo

  13. en respuesta a Lorena González
    -
    #3
    05/03/15 13:56

    Eran 20.000€ para un coche nuevo (le venía una hija en camino y necesitaban algo decente) que fueron de mi cuenta a la suya, de la suya al conce, luego al vencer su deposito pasó de su cuenta a la mía (en realidad a la mía volvieron 18.500€, los otros 1.500€ me los había dado en mano antes).

    Lo hicimos por banco para que quedara claro era de ida y vuelta (era todo en un mismo año) y no donación.

    Pero ya digo, lo suyo es hacerlo con todo el papeleo como aquí pones, yo sabía que no habría problemas entre nosotros pero con hacienda hay que tener cuidado

  14. en respuesta a rasago
    -
    Lorena González Gómez
    #2
    05/03/15 13:43

    Supongo que depende de la cantidad, habrá una cantidad a partir de la cual es considerado como donación, independientemente de que se haga mediante transferencia.

  15. #1
    05/03/15 13:28

    Muy interesante, creo que la mayoría no lo hacemos y seguramente deberíamos, yo le presté dinero a mi hermano para que no le penalizaran la cancelación del depósito, sin intereses por supuesto, y luego me lo devolvió, lo que si hicimos fue hacerlo por el banco para que constara donde iba y de donde volvía, por si acaso.

    Fue en el 2007 y nadie nos ha preguntado nada a estas alturas pero imagino que podría haber ocurrido

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