Buenos días jvillagrant,
Este año se ha eliminado la compensación fiscal por deducción en adquisición de la vivienda habitual (véase Inconstitucionalidad de la eliminación de la compensación por compra de vivienda).
En cuanto al seguro del hogar, podrás deducirlo junto a la cuota de amortización de la hipoteca y los intereses, en caso de que resultara obligatorio para la contratación de la hipoteca.
Saludos.
Por lo que comentas, podrás modificar el importe en el mismo borrador. Un saludo.
Buenos días Agustin1,
Te recomiendo este artículo sobre la Fiscalidad de los CFDs en el que puedes ver que para tributar por las ganancias y pérdidas patrimoniales con CFDs deberás integrar en la base del ahorro por la cantidad total anual, junto con otras ganancias y pérdidas realizadas en ventas de elementos patrimoniales; en las casillas 360 - 367 del programa PADRE 2012.
Un saludo.
Buenos días Monchito76,
La compensación por las pérdidas obtenidas se debe especificar en el apartado de la imagen que te adjunto.
Te recomiendo también que leas el siguiente artículo que explica la compensación de pérdidas:
Compensación de pérdidas: Declaración de la renta
Saludos.
Bienvenido a Rankia,
Creo que lo más conveniente es que acudas a un asesor fiscal, ya que la misma Agencia Tributaria no te soluciona la duda. Según los límites que se establecen en el artículo 8 de la Ley del IRPF, estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta cuando obtenga rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto por los tres conceptos de 1.000 euros brutos anuales.
En vuestro caso, percibe unas rentas superiores a este importe, por lo que estará obligado a realizarla. De todos modos, al tener un grado de discapacidad superior al 65% y por los rendimientos que comentas, el resultado será beneficioso. Un saludo.
Buenos días,
Deberás hacer una Declaración complementaria del año correspondiente, que entiendo que es el año 2011, tributando por los rendimientos del trabajo percibidos y por los salarios de tramitación correspondientes al año 2011; los del 2012 los deberás incluir en los rendimientos del trabajo de este año. Lógicamente, al hacer una Declaración Complementaria te sale una cantidad a devolver a la Agencia Tributaria ya que estás incluyendo perceptores que, debiendo haber sido incluidos en otra Declaración de la Renta de un ejercicio anterior, han sido completamente omitidos en la misma.
Te dejo este artículo que será de tu ayuda: Declaración complementaria: cómo hacerla
Un saludo.
Buenos días,
La venta del inmueble supone una ganancia patrimonial a tributar en la Declaración de la Renta 2012, donde tendréis que imputar cada uno su parte proporcional donde el valor de adquisición que hay que tener en cuenta para el cálculo de la ganancia es el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones; y por tanto no se tiene en cuenta ni el valor catastral del inmueble ni el de adquisición del momento de la compra.
¿Se descuenta la deuda pendiente del valor de adquisición?
Debes de tener en cuenta que serán gastos deducibles:
Un saludo.
El resultado final de la Declaración de la Renta será el mismo, ya que el error ha sido en el apartado de domicilio habitual si no me equivoco. De todos modos, y para evitar futuros errores con la Administración Tributaria, te recomiendo que presentes una nueva Declaración de la Renta 2012, con los datos correctos ya que la Agencia Tributaria tendrá en cuenta la que tiene última fecha de presentación.
Un saludo.
Buenos días,
La bonificación por el traspaso del fondo de inversión tributa como rendimiento del capital mobiliario en la casilla 24 con la clave 2 del programa PADRE 2012.
Respecto a los dividendos, en este artículo puedes encontrar toda la información necesaria: ¿Cómo tributan los dividendos en la Declaración de la Renta? Un saludo.
Buenas tardes, mi caso es el siguiente:
Tengo un hermano incapacitado judicialmente del cual soy tutora legal, tiene una discapacidad de + del 65%. Sus ingresos son: Rentas de trabajo exentas ( pensión de orfandad), intereses bancarios por un importe bruto de 400 euros. y un alquiler de vivienda por el cual cobra al año 2400 euros.
Mi duda es, primero: Tiene él obligación de declarar? porque ni la Ley ni el manual de renta aclaran el punto de no obligación de declarar por la obtención de menos de 1000 euros anuales procedentes de la suma del rendimiento del capital inmobiliario, mobiliario, actividades económicas, etc... en cuanto que no especifica si debemos rendimientos netos, íntegros, rentas obtenidas o qué, si llamas al 901335533 unas veces me dicen que no tiene obligación porque se entienden rendimientos netos del arrendamiento y demás y otras veces me comentan que hay que considerar los rendimientos brutos o integros obtenidos, si cobra 2400 euros de alquiler al año estaría sujeto.
Tengo que aclarar que su rendimiento neto del capital inmobiliario es de menos de 500 euros una vez descontados todos los gastos deducibles.
En mi caso como tutora del incapacitado me afecta de lleno, ya que en caso de tener obligación de presentar declaración mi hermano, yo ya no podría imputarme el mínimo por descendientes, por lo que me causa un gran pérdida económica. Y digo yo que absurdo que tenga mi hermano obligación de efectuar renta por un alquiler cuyo rendimiento como os comento es mínimo y además si la hace le va a salir a devolver pq tiene unos 20 eros de retenciones del capital mobiliario.
Por otro lado me gustaría saber a cuánto asciende la multa de hacienda por no presentar la declaración , mi hermano no ha hecho nunca en su vida declaración de Renta, ya que en ejercicios anteriores no tenía este alquiler y no tenía obligación.
Gracias y saludos.
Buenas tardes,estoy parado desde abril del 2011,hice la renta en 2012 y me devolvieron lo que trabaje en 2011 y este año tendría que hacer la de 2012,el caso es que he ganado el juicio a la empresa y mi incorporación es inmediata y me tienen que pagar los salarios de tramitación de 2 años,aun no he hecho la declaración del 2012 pero tengo el borrador y me devuelven 56€ de un trabajo que hice,tengo que hacer una complementaria este año de los 2 años anteriores?,he leído que si hago una complementaria de trabajo suele salir a pagar,es cierto?.Gracias
hola yo hago varias operaciones a la demana con cfd tengo una duda
si la semana 5 del año compro 100 acciones inditex a 100 y la vendo al dia siguiente por 104 ahi gano 4 € por accion que son 400€. si la siguiente semana hago la misma compro inditex 100 acc a 100€ y las vendo en 2 dias a 96€. pierdo 400€. ahi podria compensar perdidas.
si hago muchas operaciones con una accion al cabo del año puedo poner la suma total de todas en la casilla o he de poner una a una.?
gracias un saludo
Buenas tardes:
No se como aplicar la deducción por alquiler en Andalucía para la renta 2012. Explico mi caso:
Soy interino de educación y el año pasado estube trabajando desde enero a finales de junio fuera de mi domicilio y alquilando. Tengo para demostrarlo contrato de alquiler y facturas de luz y agua, pero no me empadroné en el municipio. Tras el verano, me pasa lo mismo. Estoy trabajando otra vez fuera de mi municipio, incluso de mi provincia y otra vez tengo contrato de alquiler, aunque esta vez no tengo facturas ni de luz ni de agua y tampoco me he empadronado en el municipio.
Resumen:
- De enero a finales de junio de 2012 tengo 1 contrato de alquiler + facturas (sin empadronamiento)
- De septiembre a finales de diciembre de 2012 tengo otro contrato de alquiler sin facturas y sin empadronamiento.
¿Donde y como cambio y especifico que esos han sido mis domicilios habituales para desgravarme el alquiler en andalucia?
Gracias por anticipado y un saludo.
Hola buenas tardes.
A tenor de lo que he podido leer por aquí creo tener más o menos claro que,en mi caso, un trienio correspondiente a 2011 pero pagado en enero de 2012 lo podría incluir en la declaración del presente año.Pero tengo aun dudas porque el certificado de retenciones aparece en una casilla a parte y se indica que se hará declaración complementaria...El importe del atraso es 71,98 y la retención aplicable 10,80.
Mi pregunta es si, tal y como creo, puedo incluir esa cantidad en éste año pero ¿lo puedo hacer modificando en el borrador las cantidades afectadas (sumando importe y retención) o debo hacerlo necesariamente con el programa padre.
Muchas gracias por adelantado.
Hola recientemente he cambiado mi domicilio fiscal pero no puedo modificar mi borrador ya que me solicita el d.n.i del titular de la vivienda en la que ahora resido,estoy viviendo en casa de una amiga y estoy en una habitacion y carezco entonces de contrato de alquiler,el contrato lo tiene mi amiga yo solo he podido sacar la referencia catastral pero tamben me piden el d.n.i del dueño de la casa y los dosse niegan a darme ese dato,que hago?nunca me han dado este problema..
Hola, en los datos fiscales del año 2012 en el apartado de "VENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOS" me informan que tengo un rendimiento negativo de 500€ por la "venta" de un bono de deuda pública griega que fue intercambiado por la nueva serie de 20 bonos griegos en el proceso de restructuracion de la deuda griega. ¿Tengo que ponerlo en alguna casilla del IRPF? ¿En cual? ¿Puede compensar parte de los rendimientos de capital mobiliario obtenidos por otros activos?
Gracias
Buenos días.
El año pasado, el mes de Octubre vendimos una casa heredada de una tía mía y la hemos repartido entre los tres hermanos que somos.
La herencia fué aceptada hace más de cinco años, pero la venta tuvo lugar en Octubre de 2012
¿Como se imputa en el IRPF esta cantidad?
Muchas gracias.
Hola, tengo una duda a ver si me la pueden aclarar, resulta que vivo con mis padres y al hacer la declaración de la renta a la hora de confirmarla , me decía que tenia que hacer una modificación obligatoria con respecto a la vivienda habitual puesto que tenia que poner si dicha vivienda era de "usufructo" o de "otras situaciones", y el valor catastral, y yo creo que me equivoque y puse de "usufructo en lugar de "otras situaciones", creo, si es así como afectaría a la devolucon de mi declaración ya confirmada, gracias por la respuesta.
Buenos días, en esto te puedo decir casi con total seguridad que no puedes compensar ganancias de capital mobiliario con incremento o disminución de patrimonio, para compensar las pérdidas de acciones deberías haber ganado dinero en acciones o fondos de inversión, espero haberte ayudado, quizás otro rankiano te pueda aclarar algo más,adeu.