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Nueva sentencia que anula la compra de obligaciones subordinadas del Banco Popular

El pasado mes de diciembre informaba de que había obtenido la primera sentencia que anulaba la compra de obligaciones subordinadas del Banco Popular, estimando una demanda presentada tras la intervención de dicho Banco que dio lugar a la pérdida de las cantidades invertidas en acciones y en estas obligaciones subordinadas. Esa sentencia ya es firme.

Y ya he obtenido una segunda sentencia, de 23 de febrero de 2018, del mismo Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Oviedo, en el mismo sentido.

Esta sentencia además deja claro que no se ha producido la caducidad de la acción de nulidad, como pretendía el Banco, ya que el plazo para ejercitarla comienza precisamente con la intervención del Banco en junio de 2017.

Conviene aclarar que, en contra de lo que algunos han entendido, la intervención del Banco con la consiguiente amortización de las obligaciones subordinadas no impide reclamar la nulidad de la compra sino todo lo contrario: es el evento que pone de manifiesto el error en la contratación (lo que se vendió como un producto seguro, de renta fija, sin ningún riesgo, en realidad era un producto de capital con riesgo de perder la inversión si el Banco entraba en crisis, riesgo muy elevado porque se encontraba en pésima situación financiera y los inversores institucionales no le financiaban) y, por ello, es el hecho que hace nacer la acción de nulidad por error: mientras no se conoce el error no se puede denunciar.

Hay que tener en cuenta que la nulidad por error respecto a los riesgos de las obligaciones subordinadas procede cuando los clientes ignoraban tales riesgos y no tenían por qué conocerlos, como ocurría con los demandantes que obtuvieron las dos sentencias. Para quienes compraron las obligaciones subordinadas conociendo qué eran, sobre todo si compraron en el mercado secundario con rebaja sobre su nominal, queda la posibilidad de reclamar la nulidad por error o la indemnización del perjuicio sufrido si se demuestra que en el momento en que realizaron la compra el Banco engañaba en cuanto a su situación financiera. Esto ya está probado respecto al año 2016, para períodos anteriores es preciso obtener más información que permita defender esa falsedad de las cuentas, que parece bastante probable que la hubo al menos desde el año 2012.

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