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¿Qué es y cómo rellenar el modelo D6?

AVISO IMPORTANTE: El modelo D-6 ha sido modificado y ya no es una exigencia para inversores en brokers internacionales. Solo debes tener presente que si tienes más de 50.000€ si deberás presentar el modelo 720

Ahora solo está en vigor para españoles que tengan más del 10% de una empresa cotizada extranjera.

Dejamos el resto del artículo por si en algún momento vuelve a estar en vigor

 

 

¿Qué fue el modelo D6?

El modelo D-6 es una declaración anual del Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el extranjero en empresas que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizado, es decir, cuando los valores se depositen en una entidad domiciliada en el extranjero o permanezcan bajo la custodia del titular de la inversión.

El modelo D-6 no sustituye al Modelo 720 de Hacienda pero es complementario al mismo.

¿Cuándo presentar el modelo D6?

El modelo debes presentarlo antes del 31 de enero de cada año, aunque pasado el plazo también se puede presentar de forma extempóranea. 

Este modelo podrá utilizarse tanto para la declaración de operaciones (flujos) como para la declaración de depósitos. Estas instrucciones especifican el modo de cumplimentación, según los casos, cuando existan diferencias. EN NINGÚN CASO SE PRESENTARÁN EN UN MISMO MODELO INFORMACIONES SOBRE FLUJOS Y SOBRE DEPÓSITOS.

  • Declaración de depósitos: la declaración de depósitos en el exterior se presentará en el mes de enero de cada año y estará referida al 31 de diciembre del año inmediato anterior. 
  • Declaración de operaciones (flujos): deberá efectuarse una declaración de flujos por cada inversión o liquidación que se realice en sociedades no residentes en las que el inversor tenga una participación de, al menos, el 10% del capital o forme parte de su órgano de administración o cuando la inversión supere 1.502.530,26 Euros. El plazo para la presentación de esta declaración será de un mes a contar desde la fecha de realización de la operación.

Los productos como los CFD, las divisas o las opciones no hay que incluirlos ya que no se trata de valores negociados.

¿Se puede presentar el modelo D6 fuera de plazo?

Sí, aunque ello conlleva una sanción de entre 150 a 300 euros si se presenta antes de los seis meses, y de hasta 600 euros si se presenta más de medio año después.

¿Es obligatorio presentar el modelo D6?

El modelo D-6 depende del Ministerio de Economía y es de obligatorio cumplimiento para todas las personas que tienen más del 10% de una empresa cotizada extranjera. El Ministerio puede establecer una sanción de hasta el 25% del importe no declarado con un mínimo de 3.000 euros.

No se tendrá que presentar el 720 ni el D-6 con Clicktrade, ING y Self Bank, ni con la mayoría de entidades españolas “tradicionales”.

¿Cómo cumplimentar el modelo D-6?

Rellenar el Modelo D-6 es muy sencillo. Antes de empezar es necesario recabar la documentación que hace falta y que se puede pedir al bróker extranjero con el que tengamos los valores: un informe con fecha del 31 de diciembre, en el que aparecen las posiciones abiertas con nuestro bróker.

Aforix es el programa oficial para la cumplimentación de Formularios de Inversiones Exteriores que utiliza el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad por medio de su sede electrónica de Secretaria de Estado de Comercio.

Para descargar el programa de ayuda de Comercio denominado Aforix e instalarlo en el ordenador (está disponible para Windows, MacOS y Linux) tenemos el siguiente enlace.

¿Qué documentos adicionales debes presentar junto con el modelo D6?

Documentación adicional obligatoria para la presentación del modelo D-6:

  1. Fotocopia del DNI del titular, de su tarjeta de residencia o de un documento administrativo en el que conste el NIF o NIE del titular de la inversión española en el exterior, para la primera inversión exterior que declare.
  2. Fotocopia de los extractos de la cuenta o cuentas de valores en el exterior a 31 de Diciembre, para todas las declaraciones. Este modelo consta de dos tipos de hoja: hoja D6 (1) y D6 (2).

Claves para entender el modelo D6

Modelo D-6 Declaración anual del Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el extranjero 
Obligatorio Si, es sencillo
Lugar Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Fecha de Presentación Declaración de depósitos: en enero, referido a 31 de diciembre del ejercicio anterior
Declaración de operaciones(flujos): 1 mes después de la operación 
Formas de Presentar Correo, registro en administración o telemática

Pasos a seguir para rellenar el modelo D-6

Una vez tengamos el programa de aforix instalado, tan solo tenemos que iniciarlo y seguir los siguientes pasos: 

  • Formulario>Nuevo>D-6 Inversión Española en valores negociables

Cuando tengamos en pantalla el siguiente documento ya podemos empezar a rellenar el modelo: 

modelo d-6

 

Primero de todo, nos da la opción de qué declaración vamos a presentar, en la mayoría de casos estaremos ante una Declaración de Depósitos, así que cuidado en no marcar la casilla incorrecta.

1. Datos del Inversor

En este apartado tan sólo tenemos que rellenar nuestros datos personales, tal como solemos hacer en casi todos los formularios.

2. Relación de valores depositados u operaciones realizadas

En este apartado debemos declarar todos valores que tengamos en cartera a fecha de 31 de diciembre del año anterior. Tened en cuanta que brokers como Degiro hay que declarar incluso el efectivo debido a que éste lo deposita en un fondo monetario. Tomaremos el ejemplo de la declaración de liquidez en DEGIRO y os lo explicaremos a continuación paso a paso: 

Los puntos 2 y 3 no hacen falta rellenarse si estamos ante una Declaración de Depósito. 

  • Punto 4: Tenemos que indicar si nuestra participación supera el 10% del capital 
  • Punto 5: Código ISIN del producto financiero a declarar. En el caso de la liquidez de Degiro, sería la LU1959429272  (Morgan Stanley Fund) en donde Degiro deposita nuestra liquidez.
  • Punto 6: Nombre del Producto financiero. En nuestro ejemplo Euro Liquidity Fund. 
  • Punto 7: Elegir la opción correspondiente, en nuestro caso la opción 300. 
  • Punto 8: Elegir la tipología del producto, para nosotros sería el código 03. 
  • Punto 9: País en donde se encuentra depositados los valores por el brókers. En el caso de DEGIRO sería Holanda, para Interactive con la migración Irlanda o Luxemburgo; para eToro Israel. 
  • Punto 10: Moneda en que cotiza nuestro valor. Para nosotros sería en Euros. 
  • Punto 11: Indicar el número de títulos. En nuestro caso lo hemos dejado en blanco. 
  • Punto 12: Valor nominal de nuestro producto, se puede dejar en blanco si se desconoce. 
  • Punto 13: Valor total de nuestro producto. Se indica con la misma moneda que indicamos en el punto 10. 

Por cierto, si tenemos más de 3 productos financieros que declarar, no os preocupéis. Cuando tengamos todas las casillas rellenadas, arriba hay una opción de "Hoja 2" que nos permite abrir una nueva hoja con más espacios para declarar nuestros productos restantes.

3. Diligencias

En este apartado simplemente debemos dejar nuestros datos personas y no hay mayor misterio.

¿Cómo presentar el modelo D6?

Ya cumplimentado el modelo D6 habrá que presentarlo en fecha y forma, para ello Hacienda ofrece 3 alternativas:

  1. Correo ordinario: sólo pueden acceder los inversores particulares. Tendrán que imprimir el documento a través del programa de ayuda, firmarlo y enviarlo junto con el DNI y un extracto del bróker a 31 de diciembre a la siguiente dirección y poniendo como remitente 
    1. Att: Secretaría General de Comercio Internacional de Servicios e Inversiones”.Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

      Registro General

      Pº Castellana, 162, 28046 Madrid

      Teléfono: 91 349 24 31

      Email: [email protected]

  2. Registro General de la Administración: dirigirse a cualquier oficina de registro de la administración central para completar el trámite.
  3. Telemática: Para presentar este modelo online habrá que contar con un certificado digital, que servirá para firmar el documento. Una vez realiza la operación, el programa guardará el documento. A continuación nos dirigirá a otra página disponible en este enlace en la que habrá que indicar el formulario que hemos firmado, adjuntar una copia del DNI escaneado (también serviría una fotografía) y el certificado del Broker. Al finalizar el programa ofrecerá la opción de descargar el documento para tener una copia sellada. Con esto quedaría presentado el modelo.

En caso de que haya documentación adicional que presentar, esta puede enviarse por correo ordinario.

La dirección es la siguiente dirección:

  •  Ministerio de Economía y Competitividad. Subdirección General de Inversiones Exteriores Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
  •   Paseo de la Castellana nº 62, planta 11, despacho 36. Código postal 28046, MADRID

 

Presentación Modelo D-6 paso a paso

  • Paso 1: Presentación telemática de AFORIX

Presentación telemática modelo d6

  • Paso 2: Selección del documento a presentar: Con el botón de seleccionar se abre una ventana de exploración para elegir el documento firmado que se va a presentar.
    Tenga en cuenta que solamente pueden seleccionarse documentos firmados electrónicamente (con la extensión .aforixd).

Seleccionar

  • Paso 3Iniciar el proceso de presentación telemática: Una vez haya seleccionado el documento firmado que va a remitir, pulsando sobre este botón se accederá a la
    funcionalidad determinada por el documento enviado.

siguiente

  • Paso 4: Confirmación de la entrega del modelo D-6: Se debe comprobar que el documento es válido y no ha sido presentado previamente. Si todo es correcto aparecerá la ventana de confirmación.

Resumen de la declaración a presentar modelo d6

  • Paso 5Resumen del documento recibido: se muestra un resúmen de la información contenida en el documento de declaración aportado. Hay que comprobar si es el documento que quieres presentar.

 

  • Paso 6: Identificación del Fedatario : además de la firma electrónica del declarante el documento deberá incluir la contrafirma del Fedatario público que intervenga. En esta parte del resumen se mostrará la información relativa a la identificación del Fedatario que ha contrafirmado el documento. Si observa que el documento presentado no incluye la contrafirma del Fedatario CANCELE LA PRESENTACIÓN, y vuelva a presentar el documento corregido. Hay que tener mucho cuidado ya que UNA VEZ PRESENTADO UN DOCUMENTO NO SE PUEDE VOLVER A PRESENTAR.

 

  • Paso 7: Zona donde Adjuntar la documentación adicional: Si requiere de la aportación de documentación adicional, en esta zona se pueden incorporar los documentos necesarios, exclusivamente en formato PDF. Pulsando en el botón de "Agregar archivos" o arrastrando el documento desde el explorador de archivos a la zona en
    gris se añaden los documentos.

Adjuntar documentación

  • Paso 8: Confirmar o Cancelar la entrega: una vez realizados los pasos anteriores se puede confirmar la entrega. En otro caso puede cancelar la entrega para realizar las correcciones necesarias.

confirmar o cancelar

 

  • Paso 9: Resultado de presentación: es el último paso de la presentación telemática donde aparecerá la declaración registrada correctamente.

Resultado presentación modelo d6

Una vez completado el proceso de presentación telemática, si pulsa en el botón de inicio se le mostrará nuevamente la página inicial del procedimiento, pudiendo realizar una nueva presentación, recuperar un justificante o adjuntar documentación adicional a posteriori.

 

Si no desea realizar ninguna otra acción puede cerrar directamente la página de su navegador. Al final de todo el proceso obtenemos el Justificante de presentación que es un documento PDF, el cual contiene una copia de la declaración presentada a la que se ha incorporado el sello con los datos del Registro de Entrada en la Administración así como el número de declaración asignado.

 

PASOS CONCEPTO
Presentación telemática de AFORIX
Selección del documento a presentar
Iniciar el proceso de presentación telemática
Confirmación de la entrega del modelo D-6
Resumen del documento recibido
Identificación del Fedatario
Zona donde adjuntar la documentación adicional
Confirmar o Cancelar la entrega
Resultado de presentación

 

Espero que os haya servido este artículo. Cualquier duda pueden consultar los comentarios y publicaciones en el hilo de seguimiento de este modelo

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  1. en respuesta a Estebana05
    -
    Luis Ángel Hernández
    #100
    16/01/20 11:02

    En el caso de fracciones de acciones pondría el decimal. Puede que el modelo te de error entonces redondea. El modelo D_6 es informativo y la verdad muchas veces va bastante atrasado con respecto a las novedades en el mercado como son las fracciones de acciones.

  2. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #99
    15/01/20 16:25

    Hola, 
    Entiendo que el número de títulos es la cantidad de acciones, pero en caso de tener solo una fracción de acción, ¿cómo se indica?

    Muchísimas gracias. 

  3. en respuesta a Chartis
    -
    Luis Ángel Hernández
    #98
    15/01/20 09:50

    Hola
    Tendrías que declarar las acciones que tienes en ambos brókers más el saldo en liquidez que tienes en Degiro. De las opciones no tienes que declarar nada.

    Saludos

  4. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Top 100
    #97
    14/01/20 17:30

    En mi caso tengo pocas acciones de dos valores en Degiro. En Int.Brokers tengo 3 valores y sobre todo opciones.
    Supongo q tengo q anotar el saldo de los 5 valores a cierre del 31.
    De las posiciones abiertas en opciones en ese mismo momento,hay que informar o no es necesario?

  5. en respuesta a Manuel Enrique
    -
    Luis Ángel Hernández
    #96
    14/01/20 16:49

    Tienes que declarar ambas cosas, las acciones y el fondo monetario.

  6. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #95
    14/01/20 16:44

    Buenas tardes D. Luis. Estoy rellenando el modelo D6. Tengo valores en De Giro de Abengoa Sabadell y Santander además del fondo de Morgan Stanley. Mi pregunta es si tengo que rellenarlo consignando cada uno de los valores o solo el fondo. Gracias por toda la información que estás dando

  7. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #94
    14/01/20 16:27

    Buenas,¿alguien que tenga use Interactive Brokers puede decirme si la liquidez esta invertida en algun instrumento financiero?. Ando como loco buscando y no encuentro nada, me he puesto en contacto con ellos y cuando pido el reporte solo me aparecen las posiciones abiertas pero no la liquidez ( en DeGiro me aparecen ambas ), quizas como dice Luis Angel Hernandez no estan invertidas en ningun sitio. Gracias

  8. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #93
    14/01/20 09:38

    Muchas gracias.

  9. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Top 100
    #92
    14/01/20 09:33

    Gracias por tu respuesta. Al final, contacté con el Ministerio de Hacienda para averiguar dónde se puede entregar físicamente los modelos D6 y extractos de cuenta. Su respuesta es la siguiente:
    "Puede utilizar cualquier registro general de la administración publica para remitir el modelo mencionado en su escrito a la Secretaria de Estado de Comercio. Le facilitamos la dirección de la Delegación Especial de Economía y Hacienda de Valencia C/. Roger de Lauria, 26"
    Salu2

  10. en respuesta a williamfdc
    -
    Luis Ángel Hernández
    #91
    13/01/20 18:27

    He estado mirando pero la delegación del Ministerio de Comercio e Inversión no tiene oficinas en Valencia. Diría que en alguna Subdelegación del Ministerio de Economía en su registro se podría entregar aunque evidentemente te dicen que es un trámite telemático

  11. en respuesta a Torless
    -
    Luis Ángel Hernández
    #90
    13/01/20 17:32

    Si a 31 de diciembre tenías todo el dinero en liquidez no tendrías que presentar el modelo D-6. Solo asegurate que el dinero de la liquidez no está invertido en ningún instrumento.

    Saludos

  12. #89
    13/01/20 17:16

    Hola:
    En Navidad quise probar el bróker de Revolut que lanzaron el pasado año. Entiendo que si se opera con este bróker sí se tiene que presentar el modelo D6, ¿no? Igualmente, mi principal duda es la siguiente: ingresé 50 euros en el bróker para probar, pero no llegué a compra ninguna acción, simplemente dejé el efectivo. Si el bróker solo custodia dinero y no tengo ningún título, ¿tengo que presentar el modelo D6?
    ¡Gracias!

  13. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Top 100
    #88
    12/01/20 19:30

    Hola! Sabes en qué organismo se puede entregar el D6 físicamente en Valencia? Creo que hacerlo telemático es beneficioso para su control...
    Salu2

  14. en respuesta a Edu1944
    -
    Luis Ángel Hernández
    #87
    12/01/20 16:52

    Es una buena pregunta. Tienes que tener en cuenta que los modelos informativos han sido creados por el Ministerio de Economía y que en su redacción no ha sido muy claros.

    En casi todos los casos que conozco estas inversiones han quedado fuera del ámbito de aplicación del modelo. Pero traslado tu pregunta al foro de fondos de inversión para ver que opinan.

    Saludos

  15. #86
    12/01/20 11:36

    Hola a todos!
    me gustaría consultaros una duda que no aclaro por más que consulto normativa y el foro.

    Recientemente abrí una cuenta de valores en mi banco (de España) para empezar en el mundo de los fondos de inversión. Suscribí, a través de la plataforma web del banco, varios fondos (SICAV) con ISIN LUXXXXXXXXXXX extranjeros, que aparecen con domicilio en Luxemburgo, por importe conjunto menor a 50.000.

    Por lo que os pregunto, si esos fondos se consideran inversiones en paraíso fiscal, y si estoy obligado a la presentación de algún modelo (especialmente el DP-3, D5,y D6?

    La cuestión es que por un lado mi banco me dice que no tengo que hacer ninguna gestión, puesto que éste está bajo la supervision de la CNMV, y el producto que me venden no es "extranjero" al estar contratado en España. Sin embargo, leyendo la "Resolución de 27 de julio de 2016, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos de declaración de inversiones exteriores", entiendo lo contrario... Además, me comentan que el depositario es extranjero, no son ellos.

    Siendo este mi primera consulta en el foro, os agradezco de antemano vuestra ayuda.

    Un abrazote a todos.

  16. en respuesta a Geronicbox
    -
    Luis Ángel Hernández
    #85
    11/01/20 22:06

    No, ya que ING usa bancos depositarios en España

  17. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #84
    11/01/20 18:51

    Buenas tardes

    Los clientes de ING debemos presentar alguno de los modelos?
    Muchas gracias

  18. en respuesta a Asmith
    -
    Luis Ángel Hernández
    #83
    09/01/20 20:57

    No tienes que hacer caso para el D-6 esa cuestión del fedatario.

  19. #82
    09/01/20 12:50

    Hola, en el ejemplo de la liquidez pone:

    Punto 11: Indicar el número de títulos. En nuestro caso lo hemos dejado en blanco.

    Si se deja en blanco, aforix da un error. Yo he puesto 1, como si tuviera una participación de la liquidez de ese fondo. Pero en blanco, creo que no se puede dejar. Saludos

  20. #81
    09/01/20 08:37

    Hola, primero gracias por este fantástico artículo.
    Estoy mirando la documentación oficial de la guía para presentar el Modelo D-6 por Aforix, y estoy en la parte de "Identificación del Fedatario". Esto no se muy bien que es, pero en la guía oficial pone que solo se debe tener en cuenta para los modelos D-1A D-1B D-2A D-2B. Esto es correcto? o para el modelo D-6 hay que hacer algo relacionado con el tema del Fedatario?

    Muchas gracias.