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¿Qué es un custodio, un subcustodio y la custodia de valores?

¿Qué es un custodio, un subcustodio y la custodia de valores?

Recientemente vimos como algunas entidades informaban a sus clientes que, debido a cambios legislativos, iban a modificar los contratos sobre la administración de valores negociados españoles. Practicamente todas las entidades hacen uso de una cuenta ómnibus, o de segregación general para administrar los valores españoles. Este tipo de cuentas, ya se venían utilizando por algunas entidades, pero por imperativo legal ya practicamente todas lo han aplicado. 

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Esto generó un poco de controversia por las dudas de la seguridad acerca de este tipo de cuentas de segregación generalizada, ya que el hecho de que dejásemos de tener cuentas nominativas, podría afectar a la identificación de nuestros valores negociados en caso que la entidad quebrase. Las entidades nos han informado sobre los distintos riesgos que incluye tener depositadas las acciones en cuentas de segregación generalizada. 

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¿Afecta el cambio de custodio de valores a un particular?

Según indican las entidades el cambio de custodio, no afecta al cliente (inversor) ni durante el proceso, ni una vez se haya producido el cambio. 

Por ejemplo, en el caso del cambio que realizó Self Bank:

Durante todo el proceso de traspaso se podrá seguir operando con total normalidad. Una vez completado el traspaso, tampoco habrá cambios respecto a la operativa con valores de mercado americano a través de Self Bank.

¿Por qué cambian las entidades de custodio de valores? ¿Qué riesgo tienen los custodios y subcustodios?

El cambio de custodio se debe a razones económicas, legales, o por prestación de servicio, pues la entidad debe elegir a un custodio (o subcustodio). Los cambios legislativos pueden provocar que se modifiquen las condiciones contractuales, por ejemplo, de tener cuentas nominativas a pasar a tener cuentas ómnibus. Estos cambios también pueden afectar a la custodia de valores. 

En el caso de Self Bank, el cambio de custodio se debe a una relación de precio/servicios.

Las entidades nos avisaron que podrían utilizar dichas cuentas globales, aunque aseguran que la entidad mantendrá los registros internos necesarios para conocer en todo momento la posición de valores y operaciones en curso de cada cliente. Además nos enumeraron unos riesgos específicos de custodia entre los que encontramos:

Riesgo de insolvencia del titular de la cuenta global (sería el broker o el custodio) 

En el caso de insolvencia, podría existir alguna limitación en los clientes en el reconocimiento como propietarios de los valores y no como meros titulares de derechos de crédito frente al titular de la cuenta global. 

En caso de insolvencia del subcustodio, podrían darse los siguientes casos:

  • Retrasos en la ejecución de las órdene sque comporten unamoviliación de los activos depositados
  • Pérdida parcial de los valores depositados o repercusión de costas en el supuesto de que los activos efectivamente mantenidos por el subcustodio fueran insuficientes para hacer frente a las reclamaciones de los clientes o el subcustodio se viera inmerso en procedimientos concursales.
  • Otro riesgo es el relativo a posibles fraudes o apropiaciones indebidas que pudiera realizar algún intermediario de la cadena de custodia en las diferentes cuentas globales que existieran y que propiciara, debida a dicha actuación, la pérdida parcial o total de los instrumentos financieros registrados en las mismas.

 

¿Qué son los custodios de valores?

Para poder negociar en el mercado de valores, primero debemos abrir una cuenta de valores y firmar un contrato de custodia y administración con una entidad financiera. Dicha entidad financiera administrará nuestra cartera (compras, dividendos, suscripciones...) a través de la cuenta de valores. Esta cuenta de valores tendrá asociadas las salidas y entradas de efectivo según las operaciones sobre activos que haga el cliente. 

Este servicio de custodia y administración de valores sólo lo pueden llevar a cabo entidades autorizadas, que cobrarán comisiones correspondientes a su función y que deberán ser públicas en el folleto de comisiones máximas que estará registrado en la CNMV. 

Según nos informa la CNMV:

La entidad depositaria que realiza la custodia y administración de valores está obligada a tener al día las posiciones del cliente, facilitarle el ejercicio de los derechos derivados de la tenencia de la cartera o informarle de las operaciones que requieran de sus instrucciones.

Los depositarios son quienes eligen a sus custodios, que serán los titulares de las acciones, pero no pueden operar con ellas, sólo administrarlas, custodiarlas o salvaguardarlas. El custodio, una entidad independiente, opera según las directrices que le manda el depositario sobre el cobro y remesa de dividendos, notificaciones, informes sobre contratos a plazos...  informando al depositario. 

Qué es custodio de valores

 

Para entenderlo mejor, vamos a poner el ejemplo de Self Bank

 

Según nos informa Victoria Torre, responsable de producto, contenidos y servicios de Self Bank, en el caso de renta variable nacional, es RBC quien recibe y liquida los derechos económicos (cobro de rendimientos, dividendos...) e imputa a los clientes finales. Para la renta variable internacional Merril Lynch o Credit Suisse reciben y liquidan en las cuentas ómnibus de Self Bank a su nombre (de Self Bank) y Self Bank se encarga de la imputación a los clientes finales. 

 

  • Custodio de valores bolsaEl custodio se asegura que la anotación en cuenta a nombre del custodiado se realice en un depósito de valores (caso de RBC) o en un sub custodio (caso de ML ó Cs).
  • En el caso de España hay un depósito centralizado de valores (Iberclear) que se encarga de prestar el servicio de depósito y anotación en cuenta a los custodias.
  • El custodio además garantiza la liquidación de las operaciones sobre los valores.
  • El custodio también administra los derechos económicos, encargándose de realizar el cobro de rendimientos, dividendos, etc..

 

 

¿Qué es la Custodia de Valores?

Antiguamente las acciones no eran anotaciones en cuenta como en la actualidad, sino que se representaban con cupones impresos en papel. La custodia de valores consiste en la actividad que lleva a cabo la entidad para ejercer el cuidado y la vigilancia de los valores del custodiado. El custodio (quien custodia) se refiere a las siguientes actividades:

 

Salvaguarda de los Activos

  • El objetivo es custodiar el dinero y los valores del custodiado, asegurándose que la anotación en cuenta está a nombre del custodiado y se realiza en un depósito de valores o en un sub custodio, dependiendo de cada caso. La función de los depósitos centralizados de valores, en este caso, son quienes se encargan de prestar el servicio de depósito de valores y anotación en cuenta a los custodios. En el caso de os fondos de inversión colectiva, la actividad de custodia incluye el manejo de las cuentas bancarias de los fondos además de la salvaguarda de los activos.

Cumplimiento y Liquidación de Operaciones

  • Por medio del cual el custodio, de acuerdo con las instrucciones del custodiado o la persona autorizada por éste, realiza las labores necesarias para que se cumplan y liquiden definitivamente las operaciones sobre valores dispuestas por el custodiado. Lo anterior implica la acreditación o débito de dinero o valores de la cuenta del cliente, así como las órdenes necesarias para realizar el pago asociado a la operación correspondiente, y las demás gestiones y trámites a que haya lugar para el cumplimiento de la operación. 

Fuente: Citibank

Administración de Derechos Económicos 

  • El custodio es el encargado de llevar a cabo el cobro de divindendos, rendimientos y del capital asociado a los valores del custodiado (su cliente). 

 

En definitiva de lo que se encarga el custodio es de tomar los valores en depósito, hacer las gestiones referidas a los títulos, tal y como hemos indicado, referentes al cobro de dividendos, gestión de retenciones fiscales, cupones, redenciones...

 

Algunos ejemplos de custodios

  • JP Morgan Chase
  • State Street Bank
  • Chase Nominees

 

¿Qué son los subcustodios de valores?

La diferencia entre los subcustodios y los custodios es que, los subcustodios no tienen en cuenta el desglose de los clientes finales respecto a los globales. Esto es porque usan cuentas de segregación general (ómnibus) y solamente cuando los saldos en un valor concreto superan los percentajes que obliga la ley, informan como participaciones significativas y figuran públicamente en la CNMV. Es por ello que a veces vemos algunas de estas entidades como principales accionistas de algunas empresas españolas. 

Suele ocurrir que un custodio global sobrepase el 5 por ciento, pero, que ninguno de sus clientes lo haga", aseguran fuentes del sector. Son responsables frente a la gestora, el partícipe y los beneficiarios de las acciones que custodian. elEconomista

 

El subcustodio es una entidad de crédito autorizada conforme a su regulación de origen para  prestar el servicio de custodia y administración de valores, sujeto a supervisión prudencial del regulador local. Cumple con los requisitos legales, de solvencia y de recursos propios mínimos establecidos por su regulador. 

El subcustodio cuenta con procedimientos operativos y sistemas de control interno que le permiten garantizar la permanente segregación e identificación de los activos bajo custodia.  Además cuenta con planes de contingencia que aseguran la continuidad del servicio y la recuperación de información. Banco Santander

 

Ejemplos de subcustodios

  • The Bank of New York Mellon
  • Raiffeisen Bank International
  • Allfunds Bank
  • Euroclear Bank
  • Credit Suisse
  • Commerzbank
  • Caceis Bank

Al final en lo que consisten los custodios y subcustodios es de operativizar las órdenes que lanzan los clientes (inversores) a través de su entidad. De esta forma se mantiene la independencia del intermediario (broker) y en caso de insolvencia, se garantizaría que pudiésemos recuperar nuestros activos. Aunque en la letra pequeña de algunos contratos no lo dejan claro y se escusan diciendo que podríamos recuperar total o parcialmente nuestros valores negociables.  El intermediario es quien debe identificar perfectamente qué órdenes tenemos abiertas, qué acciones tenemos y qué operaciones están en curso, así como el saldo de nustra cuenta. A partir de ahí, tanto nuestro dinero, como nuestros valores, estarán en cuentas de segregación generalizada o custodiadas por una entidad independiente respectivamente. 

¿Qué entidades han cambiado de subcustodio ultimamente? Self Bank e ING Direct cambian el custodio

Self Bank informaba a sus clientes sobre los cambios de subcustodio a partir de la primera quincena de septiembre de 2016. Self Bank asugra que tanto durante el proceso de traspaso como tras la finalización del mismo, no habrá cmabios ni problemas en la operativa.

Self Bank ha seleccionado a la entidad financiera BNP Paribas, NY Branch, una de las mayores entidades depositarias a nivel mundial, como nuevo subcustodio para realizar la liquidación y custodia de los valores negociados en el mercado americano, en sustitución de Merrill Lynch Pierce Fenner and Smith, Inc

 

Broker Naranja de ING anunciaba que a partir del 1 de octubre de 2016, Renta 4 Banco asumirá los derechos y obligaciones que hasta ahora ostentaba Renta 4 Sociedad de Valores SA. Según este cambio:

RENTA 4 BANCO SA asume en su condición de subcustodio los valores nacionales depositados en su cuenta Broker NARANJA. Respecto al subcustodio de valores internacionales, se mantendrá a través de RENTA 4 SOCIEDAD DE VALORES, SA.

Asume también la prestación del servicio de intermediación en órdenes de compra y/o venta sobre valores nacionales cotizados en mercados organizados depositados en su cuenta Broker NARANJA. Respecto a los valores internacionales, el servicio de intermediación continuará prestándose a través de RENTA 4 SOCIEDAD DE VALORES, SA.

  1. en respuesta a Antomassol
    -
    Top 100
    #5
    15/02/17 10:12

    Si, el tema de Interdin fue precisamente que Banco Madrid donde tenía 2/3 partes (aprox) de los saldos de los clientes, bloquearon las cuentas de sus clientes (incluído Interdin) y a pesar que Interdin lo tenía todo en regla, no le desbloquearaon sus cuentas y por tanto no pudo hacer frente a los saldos de los clientes y por eso actuó el FOGAIN.

    Interdin no se puede responsabilizar de la mala praxis de un subcustodio, como era Banco Madrid por lo que tuvo que intervenir el FOGAIN. Yo lo entiendo así si no me equivoco.

    Por ahora no se ha dado ningún caso en España de pérdida de saldos por incumplimiento del bróker o custodio/subcustodio.

    Saludos.

  2. en respuesta a Ismael Vargas
    -
    #4
    11/02/17 12:13

    Hay que decir que los valores en cuenta fueron siempre traspasables a otro broker (hasta cierta fecha). El problema principal era que Interdin era un broker de derivados, con alta afectación de vencimientos de los mismos; vamos, que su cuenta de efectivo sacaría chispas.

    Una vez liquidadas todas las posiciones fue cuando tuvo que actuar el FOGAIN pues el FDG solo cubria 100.000 EUR de TODOS los clientes de interdin (error de forma de la cuenta corrient? Esto es lo que creo que se alegó) En todo caso, actuó el FOGAIN porque interdin no pudo hacer frente a lo depositado (ahora en liquidez) de todos sus clientes y se dió por quebrado.

    Lo peligroso es que por ahí (clicktrade, por ejemplo) estipula en su clausulado contractual que no se podrá le responsabilizar de un fallo en el custodio (saxo).

    Aún así, no tengo constancia de que ningun broker ni custodio serio (clicktrade los considero serios) hayan quebrado y se hayan esfumado los titulos. Esto ultimo es el riesgo real.

  3. en respuesta a covain
    -
    Top 100
    #3
    07/09/16 08:35

    En principio si la entidad con la que operas (lo que es el broker) está cubierto por el FOGAIN, debería ser éste mecanismo el que actúe.

    Tenemos el caso de Interdin, en el que quebró su depositario (Banco de Madrid), nada tuvo que ver con una mala gestión de Interdin y el FOGAIN repuso los saldos correspondientes (hasta 100.000€ por titular).

    En este caso fue la entidad depositaria (Banco de Madrid) quien bloqueó las cuenta y por tanto Interdin no podía acceder a los saldos de los clientes.

  4. #2
    06/09/16 19:48

    Es un tema interesante esto de la cadena de custodia, porque en caso de quiebra de un elemento de la cadena, habrá que ver que es lo que pasa y quién es el organismo que puede indemnizarte y hasta que importe.

  5. #1
    06/09/16 09:56

    Estos cambios pueden abaratar la operativa para los clientes, aunque siempre queda la duda del riesgo residual en caso de quiebra.